La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 10 de febrero de 1999, reguló la figura de Creador de Mercado de Deuda Pública del Reino de España. En la Resolución de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera de 20 de febrero de 2002, se establecieron los derechos y obligaciones de los Creadores de Mercado y los criterios para el acceso y pérdida de dicha condición.
Asimismo, en la mencionada Resolución se establece, en su artículo segundo, que la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, previo informe del Banco de España, hará pública su decisión sobre la adquisición de la condición de Creador de Mercado.
En virtud de lo anterior he dispuesto:
Conceder la condición de Creador de Mercado de Deuda Pública del Reino de España a Credit Agricole Indosuez.
Retirar la condición de Creador de Mercado de Deuda Pública del Reino de España a Credit Agricole Indosuez (sucursal en España), por renuncia propia.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de diciembre de 2002.‒La Directora general, Gloria Hernández García.
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