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Documento BOE-A-2003-8571

Acuerdo de 8 de abril de 2003, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se resuelven solicitudes sobre reconocimiento del mérito preferente del conocimiento del Idioma y del Derecho Civil Especial o Foral propio de determinadas Comunidades Autónomas.

Publicado en:
«BOE» núm. 99, de 25 de abril de 2003, páginas 16147 a 16147 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2003-8571

TEXTO ORIGINAL

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión del día 8 de abril de 2003, adoptó el acuerdo siguiente:

Primero.

Aprobar las propuestas de la Comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial en relación con las solicitudes presentadas por miembros de la Carrera Judicial, en las que interesan que se les reconozca el mérito preferente del conocimiento oral y escrito del idioma oficial propio de determinadas Comunidades Autónomas, a los efectos previstos en los artículos 341.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, y 108 y siguientes del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109.4 del Reglamento antes citado, notificar el texto íntegro del acuerdo a los interesados con indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación al interesado, y publicar en el Boletín Oficial del Estado los solicitantes que seguidamente se expresan, a los cuales ha sido reconocido este mérito:

Apellidos y nombre Idioma
Alastruey Gracia, Raquel. Catalán.
Boronat Tormo, M.a Mercedes. Valenciano.
Hay Alba, Jorge. Gallego.
Marca Matute, Javier. Catalán.
Martín Castañeda, Gustavo Adolfo. Gallego.
Pinsach Estañol, Santiago. Valenciano y catalán.
Segundo.

Aprobar las propuestas de la Comisión de Calificación del Consejo General del Poder Judicial en relación con las solicitudes presentadas por miembros de la Carrera Judicial, en las que interesan que se les reconozca el mérito preferente del conocimiento del Derecho Civil Especial o Foral propio de determinadas Comunidades Autónomas, a los efectos previstos en los artículos 341.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial y 108 y siguientes del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 111.4 del Reglamento antes citado, notificar el texto íntegro del acuerdo a los interesados con indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar su notificación al interesado, y publicar en el Boletín Oficial del Estado los solicitantes que seguidamente se expresan, a los cuales ha sido reconocido este mérito:

Apellidos y nombre Derecho
Alcacer Mateu, Raquel. D.o valenciano.
Alastruey Gracia, Raquel. D.o catalán.
García Jover, Rosa María. D.o valenciano.
García Marrero, Javier Jesús. D.o valenciano.
Navarro Abolafio, Natividad. D.o valenciano.
Martín Castañeda, Gustavo Adolfo. D.o gallego.
Nuño de la Rosa Amores, Antonio Pascual. D.o catalán.
Romero Cervero, María Carmen. D.o valenciano.

Madrid, ocho de abril de dos mil tres.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,

HERNANDO SANTIAGO

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