Por Orden de 27 de julio de 1998 (BOE 6 de agosto de 1998) se resolvió el concurso para la provisión de puestos de trabajo en la Administración de la Seguridad Social, convocado por Orden de 10 de diciembre de 1997.
Disconforme con la misma D. Fernando Gómez González, interpuso Recurso Contencioso Administrativo, número 1628/1998. Con fecha 12 de noviembre de 2001, comunicada a esta Subsecretaría con fecha 30 de enero y entrada el 12 de febrero de 2002, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Sexta, dictó sentencia estimando el recurso, interpuesto por D. Fernando Gómez González.
Por orden de 4 de noviembre de 2002, se dispuso el cumplimiento de la citada sentencia para lo cual se convocó nuevamente a la Comisión de Valoración del concurso.
En consecuencia de lo expuesto y a la vista de la propuesta de la citada Comisión de Valoración en su reunión de fecha 24 de enero de 2003.
Este Departamento, en virtud de las facultades que tiene conferidas dispone:
Dejar sin efecto la adjudicación del puesto de Jefe de Área de Recaudación en Período Voluntario, en la Administración de la Seguridad Social N.º 1, de Burgos, número de orden 108, de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Burgos, del que decae Dña. María Caridad González Gaitero.
En su lugar adjudicar el puesto de trabajo de Jefe de Área de Área de Recaudación en Período Voluntario, de la Administración n.º 1 de Burgos, (Burgos), de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Burgos a D. Fernando Gómez González, con número de Registro Central de Personal 13078461046A1610, con efectos económicos y administrativos a partir de día siguiente la publicación de la Orden de 27 de julio de 1998, (BOE 6 de agosto) mediante la que se resolvía el concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo. La interesada deberá tomar posesión según lo establecido en las bases de la convocatoria, orden de 10 de diciembre de 1997, por la que convocaba el concurso,
Contra la presente orden que pone fin a la Vía Administrativa se podrá interponer recurso Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado ante el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, 29/1998 o potestativamente con carácter previo Recurso de Reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, (arts. 116 y 117 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 11 de abril de 2003.‒El Ministro, P. D. (O.M. 21 de mayo de 1996, BOE del 27), el Subsecretario, José Mari Olano.
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