A la vista del Acuerdo de la Comisión de Reclamaciones de esta Universidad, de fecha 30 de septiembre de 2002, sobre la reclamación presentada por don Juan Carlos Medem Roesicke, contra la propuesta de la Comisión nombrada para juzgar el Concurso de la plaza de Catedrático de Escuela Universitaria, área de conocimiento «Análisis Matemático-129», convocado por resolución del día 15 de marzo de 2001 (B.O.E. 5 de abril) y la resolución rectoral de fecha 6 de marzo de 2003, por la que se levanta la suspensión del nombramiento del candidato impugnado Dr. don José María Soriano Arbizu;
De conformidad con lo previsto en la Disposición transitoria octava, apartado 2, de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (B.O.E. 24 de diciembre), y de acuerdo con lo que establece la Ley 11/1983, de 25 de agosto, y el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio;
Considerando que se han observado los procedimientos y cumplidos los requisitos establecidos en la legislación vigente,
Este Rectorado ha resuelto nombrar al Dr. don José María Soriano Arbizu, Catedrático de Escuela Universitaria de esta Universidad, del área de conocimiento de «Análisis Matemático», adscrita al Departamento de Análisis Matemático.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 14.4 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, y el art. 57.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dado que el Acta de Propuesta de Provisión de plaza es de fecha 5 de abril de 2002, los efectos del presente nombramiento se retrotraen, a solicitud del interesado, al día 5 de junio de 2002, fecha en que hubiera correspondido resolver a la Comisión de Reclamaciones, de acuerdo con los plazos establecidos.
Los efectos de la toma de posesión se retrotraerán, en consonancia con la fecha del nombramiento, al 5 de julio de 2002, previa acreditación de los requisitos establecidos.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 4/99 de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los arts. 116 de la Ley 4/99, antes citada y 46.1 y 8.3 de la Ley 29/28, de 13 de julio (B.O.E. de 14 de julio) de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 9 de abril de 2003.‒El Rector, Miguel Florencio Lora.
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