A la vista del Acuerdo de la Comisión de Reclamaciones de
esta Universidad, de fecha 30 de septiembre de 2002, sobre la
reclamación presentada por don Juan Carlos Medem Roesicke,
contra la propuesta de la Comisión nombrada para juzgar el
Concurso de la plaza de Catedrático de Escuela Universitaria, área
de conocimiento "Análisis Matemático-129", convocado por
resolución del día 15 de marzo de 2001 (B.O.E. 5 de abril) y la
resolución rectoral de fecha 6 de marzo de 2003, por la que se levanta
la suspensión del nombramiento del candidato impugnado Dr.
don José María Soriano Arbizu;
De conformidad con lo previsto en la Disposición transitoria
octava, apartado 2, de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades (B.O.E. 24 de diciembre), y de acuerdo con lo
que establece la Ley 11/1983, de 25 de agosto, y el Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real
Decreto 1427/1986, de 13 de junio;
Considerando que se han observado los procedimientos y
cumplidos los requisitos establecidos en la legislación vigente,
Este Rectorado ha resuelto nombrar al Dr. don José María
Soriano Arbizu, Catedrático de Escuela Universitaria de esta
Universidad, del área de conocimiento de "Análisis Matemático",
adscrita al Departamento de Análisis Matemático.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 14.4 del Real
Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado por el Real
Decreto 1427/1986, de 13 de junio, y el art. 57.3 de la Ley 30/1992,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y dado que el Acta de
Propuesta de Provisión de plaza es de fecha 5 de abril de 2002,
los efectos del presente nombramiento se retrotraen, a solicitud
del interesado, al día 5 de junio de 2002, fecha en que hubiera
correspondido resolver a la Comisión de Reclamaciones, de
acuerdo con los plazos establecidos.
Los efectos de la toma de posesión se retrotraerán, en
consonancia con la fecha del nombramiento, al 5 de julio de 2002,
previa acreditación de los requisitos establecidos.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa,
podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante este
mismo órgano en el plazo de un mes, de conformidad con el
artículo 116 de la Ley 4/99 de modificación de la Ley 30/92, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso
Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados
a partir del día siguiente al de la notificación, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, según disponen los
arts. 116 de la Ley 4/99, antes citada y 46.1 y 8.3 de la
Ley 29/28, de 13 de julio (B.O.E. de 14 de julio) de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 9 de abril de 2003.-El Rector, Miguel Florencio Lora.
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