En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad aprobados por Real Decreto 861/1985, de 24 de abril (Boletín Oficial del Estado de 11 de junio) modificados por el Real Decreto 1555/1991, de 11 de octubre (Boletín Oficial del Estado de 4 de noviembre) por el que se aprueba la reforma de los Estatutos de la Universidad Complutense de Madrid y se dispone la publicación completa de los mismos y con el fin de atender a las necesidades del Personal de Administración y Servicios.
Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.º e), de la misma norma, así como de los Estatutos de esta Universidad, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Complutense de Madrid, con sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas Generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 45 plazas por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso libre.
1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de promoción interna asciende a 39 plazas.
1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema general de acceso libre asciende a 6 plazas.
1.1.3 De acuerdo con la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, se reservan 2 plazas para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre que se cumplan los requisitos que en dichas normas se establecen, que se acumulará a las del turno libre en la medida en que quede sin cubrir. Las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes, sin perjuicio de las adaptaciones, para las personas que lo soliciten de tiempo y medios, conforme a lo dispuesto en el artículo 19.3 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
1.1.4 Las plazas sin cubrir de las reservadas al cupo de promoción interna, se acumularán a las del sistema general de acceso libre.
En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción interna, finalizará antes que la correspondiente al sistema general de acceso libre. El Presidente del Tribunal coordinará ambos procesos con esta finalidad.
1.1.5 Los aspirantes que ingresen por el sistema de promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado del 10 de abril), tendrán en todo caso preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general de acceso libre, para cubrir las vacantes correspondientes.
Asimismo, podrán solicitar que se les adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando.
En caso de que la Universidad accediera a lo solicitado, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destino, por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo.
1.1.6 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos sistemas.
1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre (B.O.E. del 24), sobre el acceso a determinados sectores de la función pública de nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus Organismo públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, los Estatutos de la Universidad Complutense y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará, para acceso libre, de una fase de oposición, y para promoción interna, de una fase de concurso y una fase de oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.1.5 de esta convocatoria.
1.6 Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:
1.6.1 Fase de Concurso: la lista que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de Concurso se hará pública mediante Resolución del Rectorado de la Universidad, para aquellos aspirantes que hayan superado el primer ejercicio.
A efectos de esta valoración, el Servicio de Personal de Administración expedirá de oficio a los aspirantes que hayan superado el primer ejercicio certificación según modelo que figura como Anexo VI a esta convocatoria, y que les será remitida con anterioridad a la publicación del listado provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha Resolución, para alegar las rectificaciones pertinentes respecto a la valoración provisional de méritos de la fase de concurso.
Por la misma autoridad se dictará Resolución que contenga la relación de las puntuaciones definitivas en fase de concurso, que se publicará simultáneamente a las calificaciones del segundo ejercicio.
1.6.2 Fase de Oposición: el primer ejercicio de la oposición se iniciará a partir de la segunda quincena del mes de mayo del 2003.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia.
También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad, y no haber alcanzado la edad de jubilación legalmente establecida.
2.1.3 Estar en posesión del Título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto técnico, o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984 de 2 de agosto, se considera equivalente al título de Diplomado Universitario, el haber superado tres cursos completos de licenciatura.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.1.6 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal de discapacitado de grado igual o superior al 33 por ciento.
2.2 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno de promoción interna deberán estar en situación de activo y reunir además de los requisitos enunciados en el apartado anterior los siguientes:
2.2.1 Pertenecer el día de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» a la Escala Administrativa de la U.C.M., o a otros Cuerpos o Escalas Administrativas (Grupo C) y tener destino actual en la Universidad Complutense de Madrid.
2.2.2 Poseer una antigüedad de, al menos, de dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, en alguno de los Cuerpos o Escalas anteriormente citados, serán computables a efectos de antigüedad, para participar por promoción interna en estas pruebas selectivas.
2.3 Todos los requisitos enumerados en las bases 2.1 y 2.2 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar exclusivamente en el modelo de solicitud de Admisión a Pruebas Selectivas para Personal Funcionario de la U.C.M., que les será facilitado gratuitamente, en los Servicios de Información y Registro General de la Universidad Complutense de Madrid, (Rectorado - Avda. Séneca, 2, Madrid), y que figura asimismo en la pagina Web http://www.ucm.es/informa/empleo/ funcionario.htm. A la instancia se acompañarán dos fotocopias legibles del documento nacional de identidad o del pasaporte.
Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán, además, presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente comunitario o familiar de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo en vigor.
Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia del visado y, en su caso, del resguardo de haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del español o del nacional de la Unión Europea, de Noruega o de Islandia con el que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1 «Ejemplar para el órgano convocante» del modelo de solicitud) se hará en el Registro General del Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid, citado en el apartado 3.1, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y se dirigirán al Magnífico y Excelentísimo Señor Rector de la Universidad Complutense de Madrid.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente al organismo competente.
El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen, salvo que justifique el ingreso de tales derechos mediante la cumplimentación y sellado por la entidad bancaria de la parte inferior de la solicitud destinada a tal efecto.
Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas siguiendo el procedimiento señalado en la base 3.2 se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad Complutense de Madrid.
3.3 Los aspirantes por el sistema general de acceso libre, con grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, que deseen participar en las pruebas selectivas por el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el recuadro 22 de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, utilizando para ello el recuadro 23.
3.4 En el recuadro relativo a «Datos a consignar según las bases de la convocatoria» apartado A) se deberá consignar el idioma francés, inglés y/o alemán, que los aspirantes eligen para el tercer ejercicio en sistema de promoción interna y cuarto ejercicio en el sistema general de acceso libre, optativo y de mérito.
3.5 Los derechos de examen serán de 21.00 € y se ingresarán en la Entidad Caja Madrid (2038), Oficina 1526 (Avda. Complutense c/v Arquitecto López Otero), DC 92, C/C 6000036590, bajo el nombre «Universidad Complutense de Madrid Derechos de Examen».
De conformidad con lo establecido en el apartado cinco del artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, modificado por el artículo 17 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre (B.O.E. del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, estarán exentas del pago de la tasa:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos de un mes anterior a la fecha de publicación en el BOE de la presente convocatoria de pruebas selectivas de acceso a la Escala de Gestión de la U.C.M. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La condición de demandante de empleo, deberá acreditarse mediante certificación que solicitará en la correspondiente oficina del Instituto Nacional de Empleo, debiendo figurar en ella, todos y cada uno de los requisitos citados anteriormente.
En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará con una declaración jurada o promesa escrita del solicitante, para lo que se podrá utilizar el modelo Anexo VII. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.
c) Asimismo los derechos de examen de los opositores que participen por el turno de promoción interna serán de 10,50 €, de acuerdo con lo establecido en el apartado seis del mencionado artículo.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en el número de cuenta anteriormente citada, acreditativo del pago de los derechos y cuya falta determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago en la mencionada entidad, supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.
3.7 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.2 para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza, salvo causa excepcional sobrevenida, justificada y discrecionalmente apreciada por el Tribunal.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias el Rector de la Universidad Complutense de Madrid, dictará Resolución, que se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado de la U.C.M. (Avda, de Séneca, 2 Madrid), y en la página web http://www.ucm.es/informa/empleo/funcionario.htm y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar, fecha y hora de celebración del primer ejercicio, así como la relación de los aspirantes excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En la relación deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número del DNI.
La relación de admitidos y excluidos aprobada en dicha Resolución, se publicará en los tablones de anuncios del Rectorado (Avenida de Séneca, 2, Madrid).
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino, además, que sus nombres constan en la pertinente relación de admitidos.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión, o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión, justificando su derecho a estar incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Los aspirantes que, habiendo concurrido por el turno de promoción interna, no cumplan alguno de los requisitos exigidos para el acceso a las plazas de dicho turno serán incluidos de oficio en la relación definitiva de aspirantes admitidos por el turno libre, siempre que se cumplan todos los requisitos necesarios para ello.
4.3 De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
5. Tribunal
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo III en esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran circunstancias previstas en la presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará en el tablón de anuncios del Rectorado de la UCM, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con asistencia del Presidente el Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.
5.6 Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad Complutense.
5.8 El Tribunal Calificador, adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con minusvalías, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los Órganos Técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los Órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
Si en la realización de los ejercicios se suscitaran dudas al Tribunal, respecto de la capacidad de un aspirante por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad, para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del Cuerpo o Escala a que se opta, podrá recabar el correspondiente dictamen de los Órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de la oposición, que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del entonces Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 (Boletín Oficial del Estado del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyos ejercicios figuren nombres, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Complutense de Madrid (Avda, de Séneca, 2 teléfonos: 914520400 y 913943340).
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas, tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Real Decreto 426/2002, de 24 de mayo (Boletín Oficial del Estado del 30).
5.12 En ningún caso, el Tribunal podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra X, de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 («Boletín Oficial del Estado» del 14 de marzo), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 10 de marzo.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo en todo caso, excluidos de la oposición quienes no comparezcan al mismo, dado el carácter de unidad de acto de la convocatoria.
6.4 Concluido cada uno de los ejercicios, los aspirantes podrán llevarse los cuestionarios de examen correspondientes, y el Tribunal procederá a publicar en los locales a que se refiere el párrafo siguiente el cuestionario de examen y la plantilla de respuestas, correspondientes al primer ejercicio, en un plazo máximo de 48 horas a contar desde la fecha de realización de los mismos.
6.5 La publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio y los posteriores, se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero o anteriores ejercicios, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera otros medios si se juzga conveniente para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación del mismo. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.
6.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad convocante, comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su Documento Nacional de Identidad.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista de aprobados al Rector de la Universidad, y al Servicio de Personal de Administración para su conocimiento, especificando igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se hicieron públicas las listas de aprobados en el lugar o lugares de examen, los opositores aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal de Administración de la Universidad Complutense de Madrid los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada en el Registro General del Rectorado de la UCM, del título exigido en la base 2.1.3 o, en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título, o de haber superado tres cursos completos de licenciatura universitaria. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se aportará fotocopia de la credencial que acredite su homologación.
B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como Anexo IV a esta convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que figura como Anexo V a esta convocatoria.
C) Los aspirantes con minusvalía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 deberán acreditar tal condición, si obtuvieran plaza, mediante certificación de los Órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, o en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.
8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo del que dependiesen para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios así como la fecha de su cumplimiento.
8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán ser nombrados funcionarios, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.4 La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados, deberá realizarse por orden de puntuación ante el Rectorado de la Universidad, previa oferta de los mismos, de acuerdo con lo establecido en el punto 1.5 de esta convocatoria.
8.5 Por la autoridad convocante y a propuesta del Tribunal calificador se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
La propuesta de nombramiento deberá acompañarse de fotocopia del Documento Nacional de Identidad de los aspirantes aprobados, del ejemplar de la solicitud de participación en las pruebas selectivas enviado a la Universidad convocante, así como del certificado a que se refiere la base 1.6.1.
8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Asimismo, la Universidad podrá en su caso proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal Calificador de las pruebas, conforme a lo establecido en la citada Ley 30/1992.
Madrid, 27 de marzo de 2003.–El Rector, Rafael Puyol Antolín.
1. Ejercicios
1.1 El procedimiento de selección por el sistema de promoción interna, constará de las siguientes fases: concurso y oposición.
1.1.1 En la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, se valorarán, conforme al punto 2.1.1 de este Anexo, los servicios efectivos prestados o reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» de 10 de enero de 1979), hasta la fecha de publicación de esta convocatoria en alguno de los Cuerpos, Escalas o plazas señaladas en la base 2.2 de esta convocatoria, así como el grado personal consolidado y el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se tenga en propiedad en esa misma fecha.
1.1.2 La fase de oposición estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo eliminatorios los dos primeros:
Primer ejercicio: consistirá en contestar un cuestionario de 100 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas a que hace referencia el Anexo II, exceptuando las materias comprendidas en el grupo I. «Organización del Estado y de la Administración Pública» (temas 1 al 14, ambos inclusive). Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.
Segundo ejercicio: el Tribunal presentará, desglosados en preguntas, cuatro supuestos de carácter práctico, uno de cada grupo de materias del Programa: Derecho Administrativo, Gestión de Personal, Gestión Financiera y Gestión Universitaria.
Los aspirantes optarán por dos de los cuatro supuestos prácticos presentados.
Para su resolución los aspirantes deberán desarrollar por escrito las diferentes preguntas que se planteen en cada uno de los supuestos prácticos.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión pública ante el Tribunal. Se valorará especialmente la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas.
Tercer ejercicio (Voluntario y de méritos): consistirá en una traducción directa, sin diccionario.
Los idiomas sobre los que versará dicha traducción serán francés, inglés y/o alemán, a elección del aspirante.
Para la realización de este ejercicio se dispondrá de un tiempo máximo de una hora para cada idioma.
1.2 El procedimiento de selección de los aspirantes por el sistema general de acceso libre será el de oposición.
1.2.1 La fase de oposición, estará formada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo eliminatorios los tres primeros:
Primer ejercicio: consistirá en contestar un cuestionario de 125 preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido del programa de estas pruebas a que hace referencia el Anexo II.
Las contestaciones erróneas se valorarán negativamente.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.
Segundo ejercicio: el Tribunal presentará, desglosados en preguntas, cuatro supuestos de carácter práctico, uno de cada grupo de materias del programa: Derecho Administrativo, Gestión de Personal, Gestión Financiera y Gestión Universitaria.
Para su resolución los aspirantes deberán desarrollar por escrito las diferentes preguntas que se planteen en cada uno de los cuatro supuestos prácticos propuestos.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.
Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión pública ante el Tribunal. Se valorará especialmente la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas.
Tercer ejercicio: los aspirantes, en un tiempo máximo de tres horas, deberán desarrollar por escrito cuatro epígrafes de entre cinco propuestos, según el procedimiento que se indica en el siguiente párrafo.
En el mismo acto del ejercicio, se procederá a elegir mediante sorteo, cinco temas, uno de cada uno de los siguientes grupos de materias del programa: organización del Estado y de la Administración Pública, Derecho Administrativo, Gestión de Personal, Gestión Financiera y Gestión Universitaria. De cada uno de los temas resultantes, el Tribunal propondrá un epígrafe relacionado con el tema en cuestión, sin que tengan que coincidir literalmente con los contenidos en el Programa.
Este ejercicio deberá ser leído por los opositores en sesión pública ante el Tribunal. Se valorará especialmente la formación y los conocimientos generales, la claridad y orden de ideas.
Cuarto ejercicio (Voluntario y de méritos): consistirá en una traducción directa, sin diccionario.
Los idiomas sobre los que versará la traducción serán francés, inglés y/o alemán, a elección del aspirante.
Para la realización de este ejercicio se dispondrá de un tiempo máximo de una hora para cada idioma.
2. Valoración de méritos y calificación de los ejercicios
2.1 Sistema de promoción interna:
2.1.1 Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados en el apartado 1.1.1 de este Anexo, se realizará de la forma siguiente:
a) Antigüedad: la antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas del grupo C incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), a que se refiere la base 2.2, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicio efectivo una puntuación de 0,20 hasta un máximo de 5 puntos.
b) Grado personal consolidado: según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el grado 16: 4,75 puntos, y por cada unidad de grado que exceda de 16, 0,25 puntos, hasta un máximo de 6,25 puntos.
c) Trabajo desarrollado: según el nivel de complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se tenga en propiedad el día de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:
Nivel 18: 7,00 puntos, y por cada unidad de nivel que exceda de 18, 0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
La valoración efectuada de este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel, con independencia de los efectos económicos de los mismos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Esos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
2.1.2 Fase de oposición: los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos. Para superar el ejercicio será preciso obtener un mínimo de cinco puntos.
Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los supuestos prácticos, siendo necesario para superarlo y pasar al siguiente, obtener un mínimo total de 10 puntos y no haber obtenido 0 puntos en ninguno de los supuestos.
Tercer ejercicio: se calificará de 0 a 3 puntos cada uno de los idiomas.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.
2.1.3 La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio, y si esto no fuera suficiente en el segundo.
2.2 Aspirantes por el sistema general de acceso libre:
2.2.1 Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos. Siendo necesario para superarlo y pasar al ejercicio siguiente, obtener un mínimo de 5 puntos.
Segundo ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los supuestos prácticos, siendo necesario para superarlo y pasar al ejercicio siguiente, obtener un mínimo total de 20 puntos, sin haber obtenido 0 puntos en ninguno de los supuestos.
Tercer ejercicio: se calificará de 0 a 10 puntos cada uno de los epígrafes, siendo necesario para superarlo y pasar al siguiente, obtener un mínimo total de 20 puntos, y no haber obtenido 0 puntos en ninguno de los epígrafes.
Cuarto ejercicio: se calificará de 0 a 3 puntos cada uno de los idiomas.
El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.
2.2.2 La calificación final de las pruebas, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio y si esto no fuera suficiente en el segundo o tercero, por este orden.
I. Organización del Estado y de la Administración Pública
Tema 1. La Constitución Española de 1.978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de la Constitución.
Tema 2. La Jefatura del Estado: la Corona. Funciones constitucionales del Rey. Sucesión y regencia. El refrendo.
Tema 3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
Tema 4. El Gobierno y las Administraciones. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación, duración y responsabilidad del Gobierno.
Tema 5. El Poder Judicial. El principio de unidad jurisdiccional. El Consejo General del Poder Judicial. El Tribunal Supremo. El Ministerio Fiscal. La Organización judicial española.
Tema 6. La Administración Central del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno. Los Ministros. Secretarios de Estado. Subsecretarios. Secretarios Generales y Directores Generales. Otros Órganos de la Administración Central. La Administración Periférica del Estado.
Tema 7. La Administración Institucional: concepto y clasificación de los entes públicos no territoriales. Los Organismos autónomos. La Administración consultiva. El Consejo de Estado.
Tema 8. El Estado y las Comunidades Autónomas. Distribución de competencias. La coordinación entre las diferentes Administraciones Públicas.
Tema 9. Organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas: constitución, competencias. Estatutos de Autonomía. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas.
Tema 10. Organización territorial del Estado. La Administración Local: la provincia y el municipio. Otras entidades de la Administración Local.
Tema 11. La Comunidad de Madrid. El Estatuto de Autonomía: estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea Legislativa: composición, funciones y potestades.
Tema 12. Nacimiento y objetivos de las Comunidades Europeas. Tratados originarios y modificativos.
Tema 13. Las Instituciones de la Unión Europea. Consejo. Parlamento y Tribunal de Justicia. Otras Instituciones.
Tema 14. El Derecho Comunitario. Sus fuentes. Relaciones entre el Derecho Comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Adecuación del ordenamiento jurídico español al Derecho Comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho Comunitario.
II. Derecho Administrativo
Tema 1. Fuentes del Derecho Administrativo: concepto. El papel de la costumbre. Los principios generales del derecho.
Tema 2. La Constitución como norma jurídica. La Ley: concepto y reserva de ley. Leyes orgánicas y Leyes ordinarias. Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de ley: Decretos-leyes y Decretos legislativos.
Tema 3. El Reglamento: concepto, naturaleza y clases. Límites de la potestad reglamentaria: formales y sustanciales. Reglamentos ilegales: sanción, medios técnicos de reacción y remedios activos. La inderogabilidad singular de los Reglamentos.
Tema 4. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo: sujeto, causa, fin y forma.
Tema 5. El acto administrativo: motivación. Notificación. Publicación. El silencio administrativo.
Tema 6. El acto administrativo. Efectos: eficacia demorada y eficacia retroactiva. Procedimientos de ejecución.
Tema 7. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: objeto y ámbito de aplicación. Principios generales.
Tema 8. Los interesados en el procedimiento administrativo. Los derechos de los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia.
Tema 9. El procedimiento administrativo: iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización.
Tema 10. Los recursos administrativos: principios generales. Recurso de alzada. Recurso potestativo de reposición. Recurso extraordinario de revisión. Reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.
Tema 11. La jurisdicción contencioso-administrativa: naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las partes en el proceso contencioso-administrativo. Objeto del recurso contencioso-administrativo.
Tema 12. La Ley de Contratos de las Administraciones Públicas: ámbito de aplicación. Disposiciones comunes a los contratos de las Administraciones Públicas. El contratista: requisitos para contratar.
Tema 13. Los pliegos de cláusulas y de prescripciones. Las garantías en los contratos. El expediente de contratación. La adjudicación de los contratos. Perfección y formalización del contrato.
Tema 14. La ejecución de los contratos. La modificación de los contratos. La revisión de precios. La extinción de los contratos.
Tema 15. El contrato de obras.
Tema 16. El contrato de gestión de servicios públicos.
Tema 17. El contrato de suministro.
Tema 18. El contrato de consultoría y asistencia. El contrato de servicios.
Tema 19. La responsabilidad patrimonial de la Administración. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.
III. Gestión de personal
Tema 1. Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública: ámbito de aplicación. Órganos superiores de la Función Pública. Registros de personal.
Tema 2. Planificación de Recursos Humanos. Relaciones de puestos de trabajo.
Tema 3. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos y deberes de los funcionarios.
Tema 4. Ingreso en Cuerpos o Escalas de funcionarios: normas generales. Oferta de empleo público. Órganos de selección. Convocatorias y procedimiento selectivo.
Tema 5. Provisión de puestos de trabajo: disposiciones generales. Concurso. Libre designación. Otras formas de provisión.
Tema 6. Carrera profesional: grado personal. Intervalo de niveles y garantía del puesto de trabajo. La promoción interna.
Tema 7. Situaciones administrativas: supuestos y efectos de cada una de ellas.
Tema 8. Sistema de retribuciones de los funcionarios: conceptos retributivos y determinación de la cuantía de los conceptos retributivos. Retribuciones de los funcionarios en prácticas. Retribuciones de los funcionarios destinados en el extranjero. Indemnizaciones por razón del servicio.
Tema 9. Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas: principios generales y ámbito de aplicación. Actividades públicas. Actividades privadas. Disposiciones comunes.
Tema 10. El régimen disciplinario de los funcionarios: personas responsables. Faltas y sanciones disciplinarias. Procedimiento para la sanción de las faltas disciplinarias.
Tema 11. Los órganos de representación de los funcionarios públicos. La negociación colectiva y la participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los funcionarios públicos. El derecho de reunión.
Tema 12. El contrato de trabajo: clases, forma, validez y capacidad para contratar. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes derivados del contrato. Período de prueba.
Tema 13. Vicisitudes del contrato de trabajo: movilidad y modificación. Causas de suspensión del contrato. La extinción del contrato de trabajo: causas y efectos.
Tema 14. La libertad sindical. Órganos de representación: delegados de personal y comités de empresa.
Tema 15. Los convenios colectivos: naturaleza y efectos. Legitimación. Tramitación, aplicación e interpretación. Adhesión y extensión. Los conflictos colectivos.
Tema 16. Régimen General de la Seguridad Social: acción protectora. Afiliación, altas, bajas y cotización. Incapacidad Temporal. Maternidad. Incapacidad Permanente. Jubilación. Muerte y Supervivencia.
Tema 17. Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE). El sistema de derechos pasivos.
IV. Gestión financiera
Tema 1. El presupuesto: concepto y clases. El presupuesto por programas: objetivos, programas y su evaluación. Presupuesto en base cero: objetivos, unidades y paquetes de decisión y asignación de prioridades.
Tema 2. Los Presupuestos Generales del Estado: principios y estructura. El ciclo presupuestario. Créditos presupuestarios. Gastos plurianuales.
Tema 3. Modificaciones de los créditos: transferencias de crédito. Créditos extraordinarios. Suplementos de créditos. Ampliaciones de créditos. Incorporación de créditos. Generaciones de crédito. Desglose de aplicaciones presupuestarias.
Tema 4. Los ingresos: concepto. Impuestos directos: concepto y clasificación. Impuestos indirectos: concepto y clasificación. Tasas y precios públicos.
Tema 5. Los gastos: concepto. Gastos de personal. Gastos para la compra de bienes y servicios. Transferencias corrientes y de capital. Gastos de inversión.
Tema 6. Los pagos: concepto. Pagos por obligaciones presupuestarias. Pagos por ejercicios cerrados. Anticipos de caja fija. Pagos «a justificar». Justificación de libramientos.
Tema 7. El procedimiento de ejecución presupuestaria: fases del procedimiento. Documentos contables. Disposición de fondos del Tesoro Público.
Tema 8. El control presupuestario: concepto y ámbito de aplicación. Control interno: la Intervención General del Estado. El control externo: el Tribunal de Cuentas. Especial referencia al control de legalidad.
Tema 9. La contabilidad pública: el Plan General de Contabilidad Pública. La Cuenta General del Estado.
V. Gestión universitaria
Tema 1. La autonomía universitaria: reconocimiento constitucional, contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades. Los Estatutos de las Universidades. El Consejo de Coordinación Universitaria. Competencias educativas y órganos gestores a nivel universitario de la Comunidad Autónoma de Madrid.
Tema 2. Universidad Complutense de Madrid: naturaleza, fines y competencia. Organización académica: Departamentos, Facultades y Escuelas Universitarias.
Tema 3. Universidad Complutense de Madrid. Organización académica: Institutos universitarios e Institutos propios. Centros de Enseñanza Superior. Escuelas de especialización profesional. Colegios Mayores. Hospitales universitarios y hospitales asociados. Restantes centros.
Tema 4. Universidad Complutense de Madrid. Órganos de gobierno y administración colegiados: Consejo Social. Consejo de Gobierno Claustro Universitario. Junta Consultiva. Juntas de Facultad y Escuela. Consejos de Departamento y de Institutos Universitarios.
Tema 5. La Universidad Complutense de Madrid. Órganos de gobierno y administración unipersonales: Rector. Vicerrectores. Secretario general. Gerente. Decanos, Vicedecanos y Secretarios de Facultades. Directores, Subdirectores y Secretarios de Escuelas Universitarias. Directores de Departamentos e Institutos y Secretarios de Departamento.
Tema 6. La Universidad Complutense de Madrid. Profesorado: clases y régimen jurídico. Retribuciones.
Tema 7. Convenio colectivo para el Personal Laboral de las Universidades Públicas de Madrid: ámbito de aplicación. Grupos profesionales, niveles retributivos y condiciones económicas. Estabilidad en el empleo e incompatibilidades. Provisión de puestos de trabajo. Jornada, vacaciones, permisos y licencias. Excedencias. Régimen disciplinario. Comisión paritaria.
Tema 8. Universidad Complutense de Madrid: introducción al Estatuto del Estudiante y a la Delegación de estudiantes. Ingreso en la Universidad Complutense de Madrid. Acceso. Admisión. Ingreso de alumnos con estudios extranjeros.
Tema 9. Normas de matrícula e ingreso en la Universidad Complutense de Madrid. Convocatorias y permanencia. Traslados de expediente. Convalidación de estudios. Simultaneidad de estudios. Becas y ayudas al estudio. Títulos académicos universitarios.
Tema 10. Planes de estudio. La regulación de los estudios de tercer ciclo. Titulaciones propias de la Universidad Complutense de Madrid.
Tema 11. Universidad Complutense de Madrid: investigación: proyección investigadora, científica y cultural. Participación en programas de la Unión Europea. Los contratos del artículo 83 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
Titulares:
Presidente: D. Víctor Jiménez Vega, de la Escala de Técnicos de Gestión de la U.C.M., por delegación del Mgfco, y Excmo. Sr. Rector.
Vocal: D.ª M.ª Teresa Aramburu Villar, del Cuerpo General de Gestión de la Administración Central del Estado.
Vocal: en representación de la Junta de Personal. Pendiente de designar.
Vocal: D.ª M.ª Esperanza Alvarez del Valle Lucas, de la Escala de Gestión Universitaria de la UCM, funcionaria elegida por sorteo de entre los pertenecientes a los grupos A y B.
Vocal: Patricia Salcedo Mc. Crory, de la Escala de Gestión Universitaria de la UCM, esta última vocal actuará como Secretaria.
Suplentes:
Presidente D. Francisco Otero Ferrero, de la Escala de Técnicos de Gestión de la U.C.M., por delegación del Mgfco, y Excmo. Sr. Rector.
Vocal: D. Eugenio García Moirón, de la Escala de Gestión Universitaria de la U.C.M.
Vocal: en representación de la Junta de Personal. Pendiente de designar.
Vocal: D.ª Ana M.ª Martín Miguel, de la Escala de Gestión Universitaria de la U.C.M., funcionaria elegida por sorteo de entre los pertenecientes a los Grupos A y B.
Vocal: D.ª Paloma Martín Medel, de la Escala de Técnicos de Gestión de la U.C.M., esta última vocal actuará como Secretaria.
Don/ña ..................................................... con domicilio .................................................. y con documento nacional de identidad número................. declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de Gestión Universitaria de la UCM, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
En .................................. a ...... de ......................... 2003.
Don/ña ..................................................... con domicilio en ............................................... y documento de identidad o pasaporte .......................... declara bajo promesa o juramento, a efectos de ser nombrado funcionario de la Escala de Gestión Universitaria de la UCM, que no ha sido sometido a sanción disciplinaria o condena que impida en mi Estado, el acceso a la función pública.
En (país y localidad) .................................. a ...... de ......................... 2003.
Don/ña .....................................................
CARGO ........................................................
CERTIFICO: Que de los antecedentes obrantes en este Centro, relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes extremos:
DATOS DEL OPOSITOR
Apellidos y nombre ..........................................
Cuerpo o Escala a la que pertenece .............................
D.N.I. ......................... N.R.P..........................
PROMOCIÓN INTERNA
1. Destino actual ...........................................
2. Total de servicios reconocidos en el Cuerpo o Escala de pertenencia:
años .............. meses .............. días ..............
2.1 Antigüedad en el Cuerpo o Escala como funcionario de carrera hasta el día de publicación de la convocatoria:
.............. años.............. meses .............. días
2.2 Servicios previos reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 (Base 2.2 de la convocatoria)
.............. años .............. meses .............. días
3. Grado consolidado en la fecha de publicación de la Convocatoria .....................
4. Nivel de complemento de destino del puesto de trabajo que se tenga en propiedad, en la fecha de publicación de esta Convocatoria .....................
Y para que conste expido la presente certificación en Madrid, a ......................................................
Don/ña ..................................................... con domicilio en ............................................... y con documento nacional de identidad número .................... declara bajo juramento o promete, a efectos de la exención de tasa por derechos de examen de las pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de la Universidad Complutense de Madrid, que carece de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
En Madrid, a ...... de ......................... 2003.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid