De conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Real
Decreto 429/1988, de 29 de Abril, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales, esta
Secretaría de Estado ha acordado anunciar a concurso de traslado la
provisión de las plazas vacantes de la Categoría Tercera del
indicado Cuerpo, que figuran en el Anexo.
El concurso se ajustará a las siguientes Normas:
Primera.-Podrán tomar parte en este concurso los Secretarios
que pertenezcan a la Categoría Tercera del Cuerpo de Secretarios
Judiciales.
Segunda.-No podrán concursar:
a) Los Secretarios Judiciales electos.
b) Los que hubieren obtenido destino a su instancia en
concurso, antes de transcurrir dos años desde la fecha en que tomaron
posesión en dicha plaza.
c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que
transcurran dos años; o cinco, para obtener destino en la misma
localidad en que se les impuso la sanción.
d) Los suspensos.
Tercera.-El nombramiento de Secretarios para las plazas
vacantes recaerá en el solicitante con mejor puesto escalafonal.
Cuarta.-Se concede un plazo de diez días naturales a partir
del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado, para que los interesados puedan
formular sus peticiones con sujeción a los aludidos preceptos,
mediante instancia que deberá ser dirigida a la Dirección General
de Relaciones con la Administración de Justicia (C/ San Bernardo,
n.o 21, 28015 Madrid), sin que puedan tomarse en consideración
las instancias que hayan tenido entrada en el Registro General
del expresado Ministerio transcurrido aquel plazo, a menos que
hubieran sido presentadas en la forma y con los requisitos
establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y en ellas se indicarán las
vacantes a que aspiren, numerándolas correlativamente por orden
de preferencia, con indicación de la fecha de posesión del último
destino. Si venciere en día inhábil se entenderá prorrogado el
vencimiento al primer día hábil siguiente. Los que residan fuera
de la Península podrán formular su solicitud por telégrafo, sin
perjuicio de ratificarla mediante la oportuna instancia. En tanto
no se produzca el desarrollo de la citada Ley, las solicitudes se
podrán presentar también a través de las Oficinas de Correos,
en cuyo caso deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y
selladas por el funcionario de Correos antes de ser certificadas.
Quinta.-Ningún participante podrá anular o modificar su
instancia una vez terminado el plazo de presentación de las mismas.
Sexta.-Los que resulten nombrados para el desempeño de las
plazas anunciadas en este concurso no podrán participar en otro
de traslado hasta transcurridos dos años desde la fecha de la toma
de posesión de las mismas.
Contra esta Resolución cabe interponer recurso
contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dentro
del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de
la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del
Estado.
Madrid, 14 de Abril de 2003.-El Secretario de Estado,
P.D. (Orden de 29 de Octubre de 1996, BOE 6 de noviembre),
el Director General de Relaciones con la Administración de
Justicia, Carlos Lesmes Serrano.
Ilma. Sra. Subdirectora General de Medios Personales al Servicio
de la Administración de Justicia.
ANEXO
Vacantes ofertadas de Categoría
Arcos de la Frontera Prim. Inst. e Instrucción n.o 2 (Cádiz).
Baena Prim. Inst. e Instrucción (Córdoba).
Estepa Prim. Inst. e Instrucción n.o 1 (Sevilla).
Lebrija Prim. Inst. e Instrucción n.o 1 (Sevilla).
Quart de Poblet Prim. Inst. e Instrucción n.o 1 (Valencia).
Villacarrillo Prim. Inst. e Instrucción n.o 1 (Jaén).
Villaviciosa Prim. Inst. e Instrucción (Asturias).
Villena Prim. Inst. e Instrucción n.o 1 (Alicante).
Total plazas: 9.
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