En cumplimiento de lo previsto en el párrafo segundo de la norma sexta de la Instrucción de esta Junta Electoral Central de 13 de septiembre de 1999, en desarrollo del artículo 66 de la LOREG, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de anuncio por el que se hace pública la adopción del acuerdo de distribución de espacios gratuitos de propaganda electoral en los medios de comunicación de titularidad pública en favor de las entidades políticas concurrentes al proceso electoral convocado, con el fin de que las entidades políticas que se consideren afectadas puedan, en el plazo de un día siguiente a la publicación de este anuncio, examinar en las dependencias de la Junta Electoral Central el acuerdo adoptado y los antecedentes del mismo y formular, dentro del mismo plazo preclusivo de puesta de manifiesto, los recursos que estimen pertinentes en defensa de su derecho.
Palacio del Congreso de los Diputados, 7 de mayo de 2003.–El Presidente, Enrique Cancer Lalanne.
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