El Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, crea en la
Secretaría de Estado de Hacienda y adscrito al Secretario de Estado
el Consejo para la Defensa del Contribuyente, para la mejor
defensa de los derechos y garantías del ciudadano en sus relaciones
con la Administración Tributaria del Estado.
La composición del Consejo se determina en el artículo cuarto
de dicho Real Decreto, disponiendo que los Vocales serán
nombrados por el Ministro de Hacienda mediante la correspondiente
Orden ministerial.
En su virtud, siendo procedente modificar las Órdenes por las
que se nombraron los Vocales miembros del Consejo para la
Defensa del Contribuyente, dispongo:
Primero.-Agradeciéndoles los servicios prestados, dejan de
formar parte como Vocales miembros del Consejo para la Defensa
del Contribuyente:
D. Ramón Palacín Ribé.
D. Gerardo Pérez Rodilla.
Segundo.-A propuesta del Secretario de Estado de Hacienda
y oído el Director General de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, de acuerdo con el apartado 1.b) 1.o del artículo cuarto
del Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, se nombran
Vocales miembros del Consejo para la Defensa del Contribuyente a:
D. Carlos Lamoca Pérez.
D. Arturo Tuero Fernández.
Lo que comunico para su conocimiento, el de los interesados
y demás efectos.
Madrid, 8 de mayo de 2003.
MONTORO ROMERO
Excmo. Sr. Secretario de Estado de Hacienda.
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