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Documento BOE-A-2003-976

Orden ECO/3443/2002, de 12 de diciembre, de autorización de la cesión de la totalidad de la cartera de seguros del ramo de enfermedad, riesgo de asistencia sanitaria, de la entidad "Unmequi Universal Médico Quirúrgica, Sociedad Anónima", a la entidad "Salus, Asistencia Sanitaria, Sociedad Anónima de Seguros" y de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de enfermedad a la entidad "Unmequi Universal Médico Quirúrgica, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2003, páginas 1988 a 1989 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2003-976

TEXTO ORIGINAL

La entidad «Unmequi Universal Médico Quirúrgica, Sociedad Anónima» ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización a la operación consistente en la cesión de la totalidad de la cartera de seguros del ramo de enfermedad, riesgo de asistencia sanitaria, a la entidad «Salus, Asistencia Sanitaria, Sociedad Anónima de Seguros».

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 22 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y 70 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar la cesión de la totalidad de la cartera de seguros del ramo de enfermedad, riesgo de asistencia sanitaria, de la entidad «Unmequi Universal Médico Quirúrgica, Sociedad Anónima», a la entidad «Salus, Asistencia Sanitaria, Sociedad Anónima de Seguros».

Segundo.

Revocar la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de enfermedad a la entidad «Unmequi Universal Médico Quirúrgica, Sociedad Anónima».

Contra la presente Orden ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1, a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 12 de diciembre de 2002.–El Ministro, P. D. (Orden ECO/2489/2002, de 3 de octubre, «Boletín Oficial del Estado» del 10), el Secretario de Estado de Economía, Luis de Guindos Jurado.

lima. Sra. Directora General de Seguros y Fondos de Pensiones.

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