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Documento BOE-A-2003-9932

Orden FOM/1199/2003, de 29 de abril, por la que se convocan pruebas selectivas para acceso, por promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos.

Publicado en:
«BOE» núm. 117, de 16 de mayo de 2003, páginas 18901 a 18908 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-2003-9932

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003,

de 21 de febrero (BOE del 22), por el que se aprueba la oferta

de empleo público para el año 2003, y con el fin de atender las

necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para acceso,

por promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos

Aeronáuticos con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas del

Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos (Código 1419) por

el sistema de promoción interna.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

concurso-oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones

que se especifican en el Anexo I e incluirá la superación de un

curso selectivo.

Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que

hayan superado las fases de concurso-oposición serán nombrados

funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

del mes de agosto de 2003. La duración máxima de la fase de

oposición será de seis meses, contados a partir de la fecha de

realización del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera en el Cuerpo

objeto de la convocatoria mediante resolución de la Secretaría

de Estado para la Administración Pública, que se publicará en

el "Boletín Oficial del Estado", con indicación del destino

adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Edad: no haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Pertenencia a Cuerpo: pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación, adscritos al Grupo C. Los funcionarios de los Cuerpos

o Escalas Postales y de Telecomunicación deberán estar además

destinados en la Administración General del Estado.

2.1.3 Antigüedad: tener una antigüedad de, al menos dos

años en Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito

de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos

al Grupo C.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26

de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Grupo C, incluidos en

el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, serán

computables a efectos de la antigüedad referida en el apartado

anterior.

2.1.4 Titulación: estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Ingeniero Técnico Aeronáutico. En el caso de

titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión

de la credencial que acredite su homologación.

2.1.5 Capacidad: no padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.1.6 Habilitación: no haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Fomento o en la forma establecida en

el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales

contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de

esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán

al Subsecretario del Ministerio de Fomento. La no presentación

de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del

aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará

gratuitamente en el Ministerio de Fomento, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la

Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y

Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones

diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de

Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del

Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un

mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En

dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del

Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de

las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento

nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez

días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la

publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se

encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y

el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, P.o de la

Castellana, n.o 67, Madrid, teléfonos (91) 5978787. Dirección

de Internet http://www.mfom.es/empleopublico

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido

en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración

Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín Oficial del Estado del 14).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Lista de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Concluida, la valoración de méritos de la fase de

concurso, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración

del último ejercicio y en aquellos que estime oportunos, la relación

con las puntuaciones obtenidas por los aspirantes en las fases

de oposición y de concurso, con indicación del número del

documento de identidad.

7.3 Finalizadas las fases de concurso-oposición, el Presidente

del Tribunal elevará a la autoridad convocante la relación definitiva

de aspirantes que han superado dichas fases por orden de

puntuación. Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado", disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte

días naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.4 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

7.5 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos

que se ofrezcan.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo, la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor

Ministro de Fomento en el plazo de un mes desde su publicación

o bien recurso contencioso - administrativo, en el plazo de dos

meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer

recurso de reposición, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o

se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 29 de abril de 2003.-P.D. (O. 25-9-00, BOE 5-10-00),

el Director general de Organización, Procedimiento y Control, José

Antonio Sánchez Velayos.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Fomento y Presidente

del Tribunal Calificador.

ANEXO I

Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos

Descripción del proceso selectivo

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

1. Oposición.

2. Concurso.

3. Curso selectivo.

1. Oposición. La fase de oposición constará de tres ejercicios

obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de

preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación

con las materias del programa que figura en el Anexo II de esta

convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 55

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de

una hora y quince minutos.

La calificación máxima del ejercicio será de 20 puntos, siendo

necesario obtener 10 puntos, para tener acceso al ejercicio siguiente.

Segundo ejercicio.

Este ejercicio de carácter práctico consistirá en desarrollar por

escrito un supuesto práctico extraído al azar por el Tribunal, en

presencia de los aspirantes, de entre un total de tres elaborados

por dicho Tribunal, que versarán sobre las materias del programa

que figuran en el Anexo II de esta convocatoria.

Cada uno de los supuestos prácticos deberá comprender

diversos apartados o preguntas, siendo necesario que al menos uno

de ellos verse sobre la normativa a aplicar en el correspondiente

supuesto.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas.

El ejercicio se realizará en papel autocopiativo. Una vez

finalizado el tiempo de realización del ejercicio y antes de entregar

el mismo, el opositor separará el original de la copia, numerando

cada una de las hojas del ejercicio tanto de la copia como del

original y una vez ordenado depositará ambas partes (original y

copia) en sobres separados, cerrados y suficientemente

identificados. En posterior sesión pública cada opositor abrirá los sobres,

entregando la copia al Tribunal y procediendo a la lectura del

original.

Al terminar el opositor la lectura, el Tribunal durante un tiempo

máximo de 15 minutos formulará preguntas sobre el tema

desarrollado u otros que tengan relación con el mismo.

La calificación máxima del segundo ejercicio será de 40 puntos,

siendo necesario obtener 20 puntos para superar el mismo.

Tercer ejercicio.

Idioma inglés.

Este ejercicio constará de dos partes:

A) Parte escrita: consistirá en la realización de dos

traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa sobre

dos textos redactados en lengua inglesa y española

respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias

contenidas en el Anexo II de esta convocatoria.

La duración máxima de esta parte del ejercicio será de una

hora.

B) Parte oral: consistirá en mantener una conversación en

idioma inglés con el Tribunal, durante el tiempo máximo de quince

minutos.

La calificación máxima del tercer ejercicio será de 10 puntos.

Será necesario obtener en este ejercicio un mínimo de 5 puntos

para superar el mismo

El Tribunal podrá ser asistido por especialistas en idioma Inglés,

con preferencia de Profesores de la Escuela Oficial de Idiomas.

2. Concurso. En la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, se valorará la antigüedad del funcionario en el Cuerpo

o Escala a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos

los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de

la presente convocatoria.

Asimismo, se valorará su grado personal, el trabajo

desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados

en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros

Centros Oficiales de formación de funcionarios.

En el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al

que se haga pública la lista de aprobados del último ejercicio

de la fase de oposición, los aspirantes que lo hayan superado

deberán presentar en el Registro General del Ministerio de

Fomento, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una

certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios

u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus

servicios, según modelo que figura como Anexo V.

La no presentación de la certificación en el plazo señalado

supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

La lista que contenga la valoración provisional de méritos se

hará pública, mediante resolución de la autoridad convocante,

a propuesta del Tribunal calificador. Los aspirantes dispondrán

de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la

publicación de dicha resolución, para efectuar las alegaciones

pertinentes.

Por la misma autoridad se publicará resolución que contenga

la relación definitiva de la fase de concurso.

En esta resolución se indicará el recurso que proceda contra

la misma.

3. Curso selectivo. Como condición previa e indispensable

para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los

funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un

curso selectivo, que constará de una parte teórica y otra práctica,

organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos

del Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en

el Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto (BOE del 30).

El curso se iniciará en el plazo máximo de dos meses desde

la finalización del plazo de presentación de documentación de

los aspirantes aprobados y tendrá una duración máxima de tres

meses y medio.

La parte teórica tendrá una duración máxima de dos meses

y medio y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran

en el Anexo VI de esta convocatoria.

La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar

o reorganizar las materias que figuran en el Anexo VI, así como

incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras

actividades formativas complementarias, relacionadas con las

actividades propias de los funcionarios del Cuerpo de Ingenieros

Técnicos Aeronáuticos.

La parte práctica tendrá una duración máxima de un mes y

consistirá en la rotación de los funcionarios en prácticas por

distintas Unidades Administrativas de la Dirección General de

Aviación Civil. Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios

en prácticas tendrán asignados tutores académicos.

En el plazo de 10 días desde la finalización de las prácticas

reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la

Comisión de Valoración prevista en este Anexo un informe de las

actividades desarrolladas, con los comentarios o sugerencias que

crean oportuno formular.

La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo

los aspirantes dependerán directamente de la Subdirección

General de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones que, en

materia de selección y formación, le atribuye a éste órgano el

Real Decreto 1475/2000, de 4 de agosto.

Sistema de calificación

Fase de oposición. Los ejercicios de la fase de oposición se

calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el

apartado 1 de este Anexo.

Fase de concurso. La valoración de los méritos señalados en

el apartado 2 de este Anexo se realizará de la forma siguiente:

A. Antigüedad.-Se otorgará a cada aspirante, por cada año

completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo

de 12 puntos.

B. Grado Personal.-Se otorgará a cada aspirante por la

posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta un

máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:

Grado personal igual al 22: 4 puntos.

Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 3 puntos.

Grado personal igual al 19: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 18: 2 puntos.

Grado personal igual al 17: 1,75 puntos.

Grado personal igual al 16: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 15: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 14: 1 punto.

Grado personal igual al 13: 0,75 puntos.

Grado personal igual al 12: 0,5 puntos.

Grado personal igual al 11: 0,25 puntos.

C. Trabajo desarrollado.-Se otorgará a cada aspirante por

el desempeño de puestos de análoga naturaleza o con funciones

similares, a juicio del Tribunal, a las del Cuerpo objeto de esta

convocatoria, 1 punto por cada año completo, hasta un máximo

de 4 puntos.

D. Cursos de formación y perfeccionamiento realizados.-Se

otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de 4

puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento realizado,

siempre que se refiera, a juicio del Tribunal, a materias

relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta

convocatoria.

Curso selectivo.-La Comisión de Valoración nombrada por la

Subsecretaría del Departamento, estará integrada, en la parte

teórica, por los coordinadores de los Módulos II y IV; la Subdirectora

General de Recursos Humanos; la Jefe del Área de Selección y

Formación y el Jefe del Servicio de Formación. En la parte práctica

estará integrada por los tutores de los aspirantes; la Subdirectora

General de Recursos Humanos y la Jefe del Área de Selección

y Formación. En las dos partes del curso selectivo, la Subdirectora

General de Recursos Humanos ejercerá de Presidenta y la Jefe

del Área de Selección y Formación de Secretaria.

La Comisión de Valoración propondrá a la Subdirección

General de Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo,

quien la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.

La calificación máxima del curso selectivo será de 100 puntos,

correspondiendo a cada una de las dos partes 50 puntos; siendo

necesario obtener 25 puntos en cada una de las partes para superar

las mismas.

Calificación total. La calificación total de las pruebas selectivas

vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

en las fases de oposición, concurso y curso selectivo.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la

mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso,

en el primero y tercero de dicha fase de oposición.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

ANEXO II

CUERPO DE INGENIEROS TÉCNICOS AERONÁUTICOS

Programa

CAPÍTULO PRIMERO

1. Organizaciones internacionales de aviación civil (OACI,

CEAC, EUROCONTROL, IATA). Convenios internacionales sobre

aviación civil.

2. Aviación civil en la Administración Pública Española.

Organismos rectores de la misma. Estructura y organización.

Legislación aeronáutica.

3. Planificación de aeropuertos. Integración territorial.

Normativa en España, Planes Directores. Intermodalidad.

4. Seguridad operacional. Marco normativo de la OACI.

Compromisos de los Estados. Programa de auditorías de vigilancia

de la seguridad operacional. Documentación relevante.

5. La inspección del Estado en la aviación civil.

6. El espacio aéreo. La circulación aérea. Su control.

Automatización de la circulación aérea. Sistemas de ayudas.

7. Normas Generales de aplicación a: Certificación de

productos aeronáuticos. Certificación de Tipo. Certificados de

aeronavegabilidad. Organizaciones de diseño. Organizaciones de

producción. JAR-21

8. Propiedad y gestión de los aeropuertos. Modelos

existentes en UE y resto del mundo. Ingresos comerciales/ingresos

aeronáuticos. Aspectos económico-financieros.

9. Consideraciones en materia de seguridad. Prevención de

accidentes. Prevención de actos ilegales.

10. La programación de las obras. Planificación a largo,

medio y corto plazo. El gráfico de Gant. El Planning. Programación

lineal y dinámica. Método Pert. Pert de tiempo y costos. Camino

crítico. Otros métodos y técnicas.

11. Seguridad e higiene en el trabajo. Riesgos y sistemas de

protección contra accidentes en demoliciones, excavaciones,

pozos, terraplenes y obras en aeropuertos. Equipos y protección

personal.

12. Principios de funcionamiento de un ordenador.

Arquitectura. Memorias. Transferencia de datos.

13. Sistemas operativos. Redes y comunicaciones. Bases de

datos.

14. Normas de calidad. Sistemas de calidad. Documentación.

Auditorias de calidad.

CAPÍTULO SEGUNDO

Grupo I. Temas específicos del transporte aéreo

1. Transporte aéreo: Características. El transporte aéreo en

España. Transporte aéreo comercial. Vuelos regulares y no

regulares.

2. Investigación de accidentes de aviación. Normas de

seguridad en el transporte aéreo. Normativa española y Anexo 13 al

Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

3. La aviación general en España: Aviación privada y

deportiva. Aeroclubs. Trabajos aéreos.

4. Licencias al personal. El Anexo 1 al Convenio de Chicago.

Conceptos básicos relativos al Otorgamiento de licencias.

Licencias al personal y sus habilitaciones. Características de las licencias

de personal. Requisitos sicofísicos de carácter general aplicables

al otorgamiento de licencias.

5. Transporte aéreo comercial con aviones. JAR-OPS 1.

Aplicación. General. Certificación y supervisión del operador

aéreo. Procedimientos operacionales. Operaciones todo tiempo.

Performance. Masa y centrado. Instrumentos y equipos. Equipos

de comunicación y navegación. Mantenimiento del avión.

Tripulación. Manuales, libros y registros. Limitaciones de tiempo de

vuelo y actividad y requisitos de descanso. Transporte de

mercancías peligrosas por vía aérea. Seguridad.

6. Aeronavegabilidad. El Anexo 8 al Convenio de Chicago.

Reglamento CEE 3922/91. Códigos de aeronavegabilidad para

la certificación de productos y partes. Nociones generales sobre

los Códigos JAR.

7. La facilitación. Definiciones y aplicación. Entrada y salida

de aeronaves. Entrada y salida de personas y de su equipaje.

Entrada y salida de mercancías y otros artículos. Tráfico que atraviesa

el territorio de un Estado firmante del Convenio de Chicago.

Aeropuertos internacionales. Instalaciones y servicios para el tráfico.

Aterrizaje fuera de los aeropuertos Internacionales. Otras

disposiciones sobre facilitación.

8. Investigación de Incidentes de aviación. Definiciones y

aplicación: Generalidades. Notificación. Investigación. Informes.

9. El ruido de las aeronaves. El Anexo 16 al Convenio de

Chicago. Normas específicas de aplicación en Europa y España.

10. Protección del medio ambiente. Emisiones de los motores

de las aeronaves. El Anexo 16 al Convenio de Chicago.

11. Transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por vía

aérea. Definiciones. Campo de aplicación. Clasificación.

Restricción aplicable al transporte de mercancías, peligrosas por vía

aérea. Embalaje. Etiquetas y marcas. Obligaciones del expedidor

y del explotador. Suministro de información. Organización de

programas de capacitación del personal. Cumplimiento. Notificación

de los accidentes e incidentes imputable al transporte de

mercancías peligrosas.

12. Las JAA. Estructura. funcionamiento. Desarrollo de

normas. Estandarización. Certificaciones y aprobaciones.

13. Convenios bilaterales y multilaterales. Acuerdos de Pool,

Código compartido, aeronaves en arrendamiento temporal,

franquicias. El artículo 83 bis del Convenio de Chicago.

14. Concesión de derechos de tráfico, escala técnica y

sobrevuelo, libertades del aire. Tarifas aéreas, marco legal antes y

después del mercado único.

15. Liberalización del transporte aéreo. Medidas

liberalizadoras en el transporte aéreo comunitario y sus normas de

acompañamiento. Política de la Unión Europea en materia de transporte

aéreo.

16. Los sistemas informatizados de reservas de billetes.

17. Economía de una compañía aérea. Costes fijos y variables.

Las tarifas y sus costes. Balance y cuenta de resultados. Diferencia

de planteamiento económico entre compañías chárter y regulares.

18. Medidas de protección a los usuarios del transporte aéreo.

19. Organizaciones de mantenimiento aprobadas.

Certificación del mantenimiento. Datos aprobados. Registros y

certificaciones.

20. Garantías de seguridad secundarias. Función auditora.

Seguimiento y control de acciones correctoras. Gestión y reporte

al gerente responsable.

21. Personal certificador. Requisitos de formación y

experiencia. Autorización para certificar. Registro de personal certificador.

22. Normas europeas relativas al otorgamiento de licencias

al personal. Requisitos y condiciones aplicables al otorgamiento

de licencias de acuerdo con las normas JAR-FCL 1 y 3 y las

disposiciones emitidas para su puesta en vigor.

23. Requisitos y condiciones de utilización y calificación de

dispositivos sintéticos de entrenamiento. Normas JAR STD.

24. Autorizaciones para operaciones especiales con

aeronaves. RVSM-NAT, RVSM-EUR, MNPS, RNP 10, BRNAV.

Grupo II. Temas específicos de planificación y proyecto

1. Análisis de la capacidad del aeropuerto. Metodología.

Capacidad y planificación del campo de vuelo y plataforma.

Capacidad y planificación de edificios terminales. Asignación de

horarios.

2. Afecciones medioambientales. Ruido y emisión de

contaminantes. Declaración de Impacto Ambiental.

3. Cartas aeronáuticas. Definiciones, aplicación y

disponibilidad. Especificaciones generales. Planos de obstáculos de

aeródromo (OACI tipo A y B). Carta de posición. Carta de

radionavegación. Carta de área terminal. Carta de aproximación por

instrumentos. Carta aeronáutica mundial 1:1.000.000. Carta de

aterrizaje. Planos de aeródromo. Carta de navegación aeronáutica

(OACI escala pequeña). Carta topográfica para aproximaciones

de precisión.

4. Sistemas de radioayudas para el control de ruta y

aproximación. Radiofaros no direccionales y omnidireccionales.

Radiotelemetría. Sistemas de ayuda al aterrizaje. Radares: primario y

secundario. Sistemas de posicionamiento por satélite.

5. Sistemas de comunicaciones tierra-aire. Sistema SELCA.

Tipos de modulación. Bandas de frecuencias de uso aeronáutico.

Servicio de radiodifusión aeronáutica (ATISS y VOLMET).

6. Seguridad aeroportuaria y planes de emergencia.

Requerimientos según OACI.

7. Servicio de información aeronáutica. El NOTAM.

Circulares de información aeronáutica. Información anterior y posterior

al vuelo. Requisitos de telecomunicaciones.

8. Proyecto de aeródromos: Pistas. Generalidades.

Configuración. Criterios relativos a la longitud de pista. Parámetros

de performance de los aviones que inciden en la longitud de pista.

Características físicas de las pistas, márgenes, franjas, áreas de

seguridad de extremo de pista, zonas libres de obstáculos y zonas

de parada. Distancias declaradas. Restricción y eliminación de

obstáculos. Servidumbres aeronáuticas.

9. Proyecto de aeródromos: Calles de rodaje. Calles de

salida rápida. Calles de rodaje en puentes. Superficies de enlace.

Márgenes y franjas de las calles de rodaje. Apartaderos de espera

y otras calles de desviación. Plataformas: Información, trazados

y dimensiones. Segregación del tráfico en el área de movimiento.

10. Proyecto de aeródromos: Pavimentos. Prácticas para

notificar la resistencia de pavimentos de aeródromos. Guía en las

operaciones de sobrecarga. Evaluación de los pavimentos. Prácticas

de los estados para el proyecto y evaluación de los pavimentos.

Métodos para mejorar la textura superficial de las pistas.

Protección de pavimentos asfálticos. Cuestiones estructurales

relativas a las alcantarillas y a los puentes.

11. Proyecto de aeródromos: Ayudas visuales. Características

funcionales de las ayudas visuales terrestres. Señales y balizas

de superficie. Área de señales y paneles de señalización.

Iluminación de las pistas de vuelo y calles de rodaje. Reglajes de

intensidad luminosa. Sistema de luces de entrada a la pista. Luces

de guía para el vuelo en circuito. Sistemas visuales indicadores

de pendiente de aproximación. Sistema de guía y control de los

movimientos en la superficie. Letreros de guía para el rodaje.

Sistema de guía visual para el estacionamiento y atraque. Iluminación

de plataformas con proyectores. Luces de obstáculos.

Frangibilidad.

12. Configuración y diseño de helipuertos. Características

físicas. Restricción y eliminación de obstáculos. Ayudas visuales.

Grupo III. Temas específicos de navegación aérea

1. Estructuración de espacio aéreo y control de la circulación

aérea. Ayudas a la navegación para aeronaves en rutas. Control

de aérea. ACC. Control de aproximación APP. Control de

aeródromos TWR. Servicio de información de vuelo. Servicio de alerta.

2. Sistemas omnidireccionales VOR. Sistemas no

direccionales NDB.

3. Determinación de distancias: DME. Asociación a otros

sistemas. Sistemas DME/P.

4. Sistema de radar. Radar primario, radar secundario.

5. Sistema de aproximación y aterrizaje: ILS. MLS.

6. La información aeronáutica (AIS). Cartografía. Notames.

Información meteorológica.

7. Servicio meteorológico para la navegación aérea

internacional. Definiciones. Disposiciones generales. Sistema mundial

de pronósticos de aérea y oficinas meteorológicas. Observaciones

de informes meteorológicos. Observaciones e informes de

aeronave. Pronósticos. Información SIGMET. Avisos de aeródromo y

avisos de gradiente de viento. Necesidades en materia de

comunicaciones y utilización de las mismas. Red MOTNE.

8. PANS OPS. Operación de aeronaves. Definiciones.

Construcción de procedimientos y criterios de franqueamiento de

obstáculos para los procedimientos de salida y de aproximación por

instrumentos. Construcción del procedimiento y criterio de

franqueamiento de obstáculos para los procedimientos de espera.

Construcción de procedimientos y criterios en materia de

franqueamiento de obstáculos en relación con los procedimientos de

vuelos por instrumentos de los helicópteros.

9. Operación todo tiempo. La conservación de los niveles

de integridad y continuidad en el servicio. Diseño de los monitores.

Caso de ILS. Determinación de la integridad a partir del cálculo

de la probabilidad de transmisión de radiaciones erróneas no

detectadas. MTBF y MTBO. Ejemplos de configuración ILS para

operación todo tiempo.

10. Sistemas de visualización ATS. Sistemas centralizados y

descentralizados. Organización general de las unidades

autónomas de visualización- tratamiento de los mensajes. Selección de

datos: Mapas, datos SSR y pistas radar. Presentaciones tabulares:

Funciones de edición.

11. Uso de satélites para telecomunicaciones. Satélites

geoestacionarios. Bandas de frecuencias utilizadas. Tipos de antenas

utilizados. Cobertura de satélite. Estaciones terrestres. Principales

problemas técnicos de la recepción por satélite. Ejemplos de

satélites existentes.

Grupo IV. Temas específicos de infraestructura del transporte

aéreo

1. Proyecto y dimensiones del terminal de pasajeros.

Superficies y volúmenes. Proyecto y dimensiones del terminal de carga.

Superficie y volúmenes.

2. Proyecto y dimensiones de otros edificios: Torre de Control.

Edificio contra incendios. Central eléctrica. Centro de emisores,

etcétera

3. Instalaciones especiales en los edificios terminales de

aeropuertos: Pasarelas telescópicas, facturación y recogida de equipos,

telefonía y megafonía, teleindicadores.

4. Instalaciones eléctricas en aeropuertos. Centros de

transformación y redes de distribución.

5. Servicios de aeropuertos: Salvamento y extinción de

incendios. Nivel de protección que ha de proporcionarse. Características

de los aeropuertos que afectan a los servicios de salvamento y

extinción de incendios. Necesidades en cuanto a medios de

comunicación y de alerta. Vehículos. Ropa protectora y equipo

respiratorio. Servicios médicos de ambulancia. Características de los

agentes extintores. Estación de servicio de extinción de incendios.

Personal.

6. Servicios de Aeropuertos: Salvamento y extinción de

incendios. Organización de los servicios de emergencia. Procedimientos

que deben seguirse durante las operaciones de salvamento y

extinción de incendios de aeronaves. Instrucción. Recubrimiento de

las pistas con espuma como medida de protección en caso de

aterrizaje violento. Prácticas que se siguen en las operaciones

de reabastecimiento de combustible de las aeronaves.

7. Servicios de aeropuertos: Limitación de obstáculos.

Superficies. Alturas. Servidumbres. Proyectos de construcción.

Establecimiento de superficies limitadoras de obstáculos. Supresión y

apantallamiento de obstáculos. Señalamiento y notificación.

Levantamiento de planos de obstáculos. Equipos e Instalaciones

de aeropuertos que puedan constituir obstáculos.

8. Servicios de aeropuertos. Reducción de los peligros

debidos a las aves. Administración y seguridad de las plataformas.

Control de ruido en tierra. Franqueamiento de obstáculos.

Acci

dentes-incidentes de aeronaves. Retirada de las aeronaves

inutilizadas. Plan de emergencia. Servicios médicos. Salvamento y

extinción de incendios. Seguridad. Control de vehículos.

Incidentes que afectan a personas y propiedades fuera de los límites del

aeropuerto. Seguridad durante exhibiciones de vuelo. Datos acerca

de los aeródromos

9. Servicios de aeropuertos: Métodos de mantenimiento de

aeropuertos. Mantenimientos de las ayudas visuales.

Mantenimiento de las instalaciones eléctricas del aeropuerto. Mantenimiento

de los pavimentos. Avenamiento o drenaje. Mantenimiento de las

zonas no pavimentadas. Mantenimiento del equipo y de los vehículos

edificios.

ANEXO III

Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos

Tribunal Titular:

Presidente: D. Manuel Ocaña Losa. Cuerpo Ingenieros

Aeronáuticos.

Vocales: D. Manuel Varela Blanco. Cuerpo Ingenieros Téc.

Aeronáuticos.

D. Tomás Martín Domingo. Cuerpo de Profesores Titulares de

Escuelas Universitarias.

D. Francisco Soriano Llano. Cuerpo de Gestión Admón. Civil

Est.

Secretario: D.a Paloma López Tosar. Escala Téc. de Gestión

de OO.AA.

Tribunal Suplente:

Presidente: D. José Antonio Basañez Ortíz. Cuerpo de

Ingenieros Aeronáuticos.

Vocales: D. Javier Martín Martín. Cuerpo Ingenieros Téc.

Aeronáuticos.

D. Félix Alonso Alarcón. Cuerpo de Profesores Titulares de

Escuelas Universitarias.

D.a Aurora Moyano Andrés. Cuerpo Gest. Admón. Civil del

Estado.

Secretario: D.a Marta Fernández Fernández Cuerpo Gest.

Admón. Civil Estado.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará la letra

"P".

En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",

se consignará "Fomento".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

"Ingeniero Técnico Aeronáutico".

El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,38 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182-2458-10-0200000489, del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Fomento. Derechos de examen". El ingreso podrá efectuarse

directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria

mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO VI

Cuerpo de Ingenieros Técnicos Aeronáuticos

Curso selectivo

Módulo I: Trabajo en equipo.

Módulo II: Administración y Función Pública.

Módulo III: Elaboración de informes.

Módulo IV: Gestión Administrativa y gestión

económica-financiera.

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