La Ley 14/2000, de 29 de diciembre, crea, con la denominación Real
Patronato sobre Discapacidad, un organismo público con la naturaleza
de organismo autónomo de los previstos en el artículo 45 y siguientes
de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de
la Administración General del Estado. En dicha Ley, se encomienda a
dicho organismo, entre otras funciones, la de promover la aplicación de
los ideales humanísticos, los conocimientos científicos y los desarrollos
técnicos al perfeccionamiento de las acciones públicas y privadas sobre
discapacidad, entre otros, en los campos de las disciplinas y especialidades
relacionadas con la rehabilitación y la inserción social.
Con esta finalidad y de acuerdo con la periodicidad bienal del galardón,
resulta procedente realizar la convocatoria de los Premios Reina Sofía 2003,
de Rehabilitación y de Integración.
En consecuencia, este Ministerio, visto lo dispuesto en el Real
Decreto 946/2001, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto del Real
Patronato sobre Discapacidad, oído el Consejo del organismo, y
agradeciendo la colaboración de la Fundación ONCE, dotadora del Premio a
la candidatura española, y previo informe de la Abogacía del Estado en
el Departamento, dispongo:
Primero.-Convocar los Premios Reina Sofía 2003, de Rehabilitación
y de Integración, cuya concesión se regulará por las bases contenidas
en el anexo que figura en la presente Orden.
Segundo.-Se autoriza al Secretario general del Real Patronato sobre
Discapacidad para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la
ejecución de lo dispuesto en la presente Orden.
Disposición final única.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 28 de abril de 2003.
ZAPLANA HERNÁNDEZ-SORO
ANEXO
Base primera. Objeto de la convocatoria.
Se convocan los Premios Reina Sofía 2003, de Rehabilitación y de
Integración, cuya finalidad es recompensar una labor continuada, llevada a
cabo en un período de tiempo no inferior a diez años, de investigación
y acción científico-técnica en el campo de la rehabilitación de las
deficiencias, en sus distintas facetas, y en orden a la integración de las personas
con discapacidad.
Base segunda. Solicitantes.
1. Podrán ser concedidos los Premios objeto de la presente
convocatoria a las personas naturales y jurídicas de España y demás países
de habla hispana, más Brasil y Portugal.
2. Requisitos a reunir por los solicitantes:
a) Ser nacional de alguno de los Estados incluidos en el ámbito
definido en el apartado 1.
b) Ser autores o gestores, personales o institucionales, de los trabajos
constitutivos de las candidaturas.
Base tercera. Solicitud, memoria, documentación y subsanación de
errores.
1. Solicitudes: La solicitud de participación en la convocatoria de
los Premios Reina Sofía 2003, de Rehabilitación y de Integración deberá
formalizarse en el modelo de instancia que figura como anexo I a la presente
Orden.
a) Las solicitudes de personas físicas serán suscritas por el solicitante
o solicitantes.
b) Las solicitudes de personas jurídicas deberán ser suscritas por
sus representantes autorizados.
c) Las solicitudes serán dirigidas al Real Patronato sobre
Discapacidad y deberán ser presentadas en la sede del mismo, calle de Serrano, 140,
28006-Madrid o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la
redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
2. Plazo de presentación: El plazo de presentación será de setenta
y cinco días naturales, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del Estado.
3. Memoria y documentación: Deberá aportarse por los participantes,
junto con la solicitud y por duplicado ejemplar, una Memoria del conjunto
de las investigaciones y trabajos por los que se opta a los Premios, con
una extensión entre treinta y cincuenta páginas A4 a dos espacios.
Además de la solicitud, deberá acompañarse la siguiente
documentación, en original o copia auténtica o mediante compulsa en el Consulado
español para candidaturas extranjeras, según la legislación del país
respectivo.
a) Para las personas físicas: Documento nacional de identidad o
pasaporte.
b) Las personas jurídicas: Documento que acredite la constitución
legal de las mismas y su inscripción en el registro correspondiente en
el caso de que este requisito fuere exigible, en el país donde tengan su
domicilio social; documento nacional de identidad, pasaporte o cualquier
otro que legal o reglamentariamente lo sustituya y que demuestre la
identidad del representante de la persona jurídica, así como el nombramiento
o poder suficiente para representar a aquélla.
4. Subsanación de errores: Si la documentación de solicitud no
reuniera alguno de los requisitos establecidos en esta convocatoria o
cualquiera de los previstos en el artículo 70 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, se requerirá a las personas físicas o jurídicas solicitantes para
que, en el plazo de diez días, subsane las faltas o acompañe los documentos
preceptivos, todo ello de acuerdo con el artículo 71.1 de la citada Ley,
en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Si así no lo
hiciere, se tendrá por desistida la solicitud, previa notificación de la
Resolución de la Secretaría General del Real Patronato que habrá de dictarse
en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley.
Base cuarta. El Jurado: Constitución y funciones.
La valoración de las candidaturas se efectuará por un Jurado nombrado
por el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales-Presidente del Consejo del
Real Patronato y formado por los siguientes miembros:
Presidente: El Secretario general del Real Patronato sobre
Discapacidad.
Vicepresidente: El Director técnico del Real Patronato sobre
Discapacidad.
Vocales:
Tres miembros de entidades académicas o de gestión social de los
países concernidos por esta convocatoria.
Cuatro expertos en rehabilitación e integración de los Departamentos
públicos españoles de Educación, Sanidad, Servicios Sociales y Trabajo.
Como Secretario, sin voto, actuará un funcionario del Real Patronato
sobre Discapacidad.
El Jurado ajustará su actuación al régimen jurídico de los órganos
colegiados, regulado en el capítulo II, título II, de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.
Base quinta. Criterios de valoración.
Para la adjudicación del Premio, se tendrán en cuenta los siguientes
criterios de valoración:
a) Relevancia social del objeto de los trabajos.
b) Fundamentación científica o técnica.
c) Aplicabilidad o posibilidades de extensión.
Los Premios podrán concederse ex aequo o, en su caso, declararse
desiertos, esto último, si el Jurado considera que las candidaturas no
reúnen los méritos suficientes para ser galardonadas.
Base sexta. Resolución.
1. El Jurado, a la vista de las valoraciones realizadas, formulará la
oportuna propuesta de resolución al Ministro de Trabajo y Asuntos
Sociales-Presidente del Consejo del Real Patronato sobre Discapacidad.
2. El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, previa fiscalización del
expediente de gasto correspondiente a la candidatura extranjera, adoptará
la resolución que proceda.
3. El plazo máximo de resolución de la convocatoria será de seis
meses contados a partir del día siguiente a aquel a que se cierre el plazo
para la presentación de las candidaturas según lo dispuesto en el artículo
42.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. El vencimiento del plazo señalado en el apartado 3 sin haberse
notificado resolución expresa del resultado del examen de las candidaturas,
legitimará a los interesados en el procedimiento para entender rechazadas
sus solicitudes por aplicación del silencio administrativo, según lo previsto
en el artículo 44.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
5. La Resolución será motivada y se adoptará en el plazo máximo
de un mes a partir de la propuesta del Jurado. Contra dicha resolución,
que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de
reposición ante el Secretario general del Real Patronato en el plazo de un
mes contado desde el día siguiente a su notificación, todo ello de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, o en su caso, recurso contencioso administrativo, en el
plazo de dos meses, desde su notificación, ante los Juzgados Centrales
de lo Contencioso-Administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
6. Las candidaturas premiadas se harán públicas en el Boletín Oficial
del Estado.
Base séptima. Obligaciones de los premiados.
Los galardonados del Premio Reina Sofía 2003 correspondiente a la
candidatura de la dotación b) de la base 8.a, estarán obligados a facilitar
cuantas actuaciones de comprobación les sean requeridas por los órganos
competentes de la Administración del Estado.
Base octava. Dotación de los Premios.
Los Premios Reina Sofía 2003, de Rehabilitación y de Integración,
dispondrán de dos dotaciones de 50.000 euros cada una, destinadas a las
candidaturas española y de los otros países que resulten galardonadas.
a) La candidatura española será dotada por la Fundación ONCE.
b) Las candidatura de los otros países de habla española y portuguesa
con cargo a la aplicación 19.107.313L.480 del presupuesto de gastos del
Real Patronato sobre Discapacidad para el año 2003.
Los Premios otorgados podrán gozar de la exención prevista en el
artículo 7 de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, en el caso de que la Administración
Tributaria expresamente así lo declare.
Base novena. Normativa supletoria.
Al Premio Reina Sofía correspondiente a la candidatura española le
será de aplicación, con carácter supletorio, lo previsto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y sus Reglamentos de desarrollo.
Base décima. Reglas generales.
La presentación de candidaturas, por parte de los solicitantes, supone
la aceptación de todas y cada una de las bases.
ANEXO I
Modelo de solicitud
1. Datos de la convocatoria:
Centro Directivo: Real Patronato sobre Discapacidad.
Denominación de la convocatoria: Premios Reina Sofía 2003, de
Rehabilitación y de Integración.
2. Datos de identificación de la candidatura:
2.1 Denominación de la investigación o trabajos por los que se
concurre a la convocatoria:
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.2 Para el caso de solicitantes personales:
Nombre y apellidos: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Documento nacional de identidad: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
o pasaporte n.o: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Domicilio: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Ciudad: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . País: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Teléfono: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fax: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Correo electrónico: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.3. Para el caso de solicitantes institucionales:
2.3.1 Nombre o razón social: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Número de identificación fiscal: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Domicilio: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Ciudad: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . País: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Teléfono: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Fax: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Correo electrónico: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
2.3.2 Datos del/de la representante legal o apoderado/a de la
institución solicitante:
Nombre y apellidos: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Documento nacional de identidad: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
o pasaporte n.o: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Cargo que ocupa en la institución: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. Documentación a presentar por los solicitantes:
(Se acompañarán, además de la Memoria del conjunto de las
investigaciones o trabajos por los que se concurre a la convocatoria, los
reseñados en la base tercera, apartado 3 del anexo).
Lugar, fecha y firma.
Ilmo. Sr. Secretario General del Real Patronato sobre Discapacidad. C/
Serrano, 140, 28006 Madrid (España).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid