El Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, crea en la
Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos y adscrito al
Secretario de Estado el Consejo para la Defensa del Contribuyente,
para la mejor defensa de los derechos y garantías del ciudadano
en sus relaciones con la Administración Tributaria del Estado.
La composición del Consejo se determina en el artículo cuarto
de dicho Real Decreto, disponiendo que los Vocales serán
nombrados por el Ministro de Economía y Hacienda mediante la
correspondiente Orden Ministerial.
En su virtud, siendo procedente modificar la composición del
Consejo para la Defensa del Contribuyente, dispongo:
Primero.-Agradeciéndoles los servicios prestados, dejan de
formar parte como Vocales miembros del Consejo para la Defensa
del Contribuyente:
Don Miguel Ángel Sánchez Sánchez.
Don Carlos Lamoca Pérez.
Segundo.-Según se dispone en el artículo 4.1.c) 1.o del Real
Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, por el que se crea el
Consejo para la Defensa del Contribuyente, a propuesta del
Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, oído el Director
general de Tributos, se nombra Vocal miembro del Consejo para la
Defensa del Contribuyente a don José Manuel de Bunes Ibarra.
Tercero.-De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.1.b) 1.odel
Real Decreto 2458/1996, de 2 de diciembre, por el que se crea
el Consejo para la Defensa del Contribuyente, a propuesta del
Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, oído el Director
General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, se
nombra Vocal miembro del Consejo para la Defensa del
Contribuyente a don Carlos Javier Cervantes Sánchez-Rodrigo.
Lo que le comunico para su conocimiento, el de los demás
interesados y demás efectos.
Madrid, 25 de mayo de 2004.
SOLBES MIRA
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