A la vista del Acuerdo de la Comisión de Reclamaciones de
esta Universidad, de fecha 15 de julio de 2003, sobre la
reclamación presentada por D. Pablo José Hidalgo Fernández contra
la propuesta de la Comisión nombrada para juzgar el concurso
de la plaza de Profesor Titular de Universidad, área de
conocimiento "Botánica", convocado por Resolución del día 31 de
octubre de 2001 (B.O.E. de 19 de noviembre) y la Resolución rectoral
de fecha 6 de mayo de 2004 por la que se levanta la suspensión
del nombramiento del candidato impugnado D. Adolfo Francisco
Muñoz Rodríguez, de conformidad con lo previsto en la disposición
transitoria octava, apartado 2, de la Ley Orgánica 6/2001, de 21
de diciembre, de Universidades, y de acuerdo con lo que establece
la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y
el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, modificado
parcialmente por el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio,
Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 65 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de
Universidades, y demás disposiciones concordantes, ha resuelto
nombrar a D. Adolfo Francisco Muñoz Rodríguez, con documento
nacional de identidad 28.853.623-P, Profesor Titular del
Universidad de esta Universidad del área de conocimiento de "Botánica",
adscrita al Departamento de "Biología Ambiental y Salud Pública".
Esta Resolución agota la vía administrativa y será impugnable
en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de
la notificación o publicación de la misma, como establece el
artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo
Contencioso-Administrativo de Huelva, en virtud de lo dispuesto
en el artículo 8.3 de la Ley 29/1998 citada.
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra
esta Resolución un recurso de reposición, en el plazo de un mes,
ante el mismo órgano que dictó, en cuyo caso no cabrá interponer
el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado, en
tanto que recaiga resolución expresa o presunta del recurso de
reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y
siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de
enero de 1999.
Huelva, 13 de mayo de 2004.-El Rector, Antonio Ramírez
de Verger Jaén.
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