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Documento BOE-A-2004-10220

Orden CUL/1598/2004, de 7 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 133, de 2 de junio de 2004, páginas 20280 a 20290 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2004-10220

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004

de 6 de febrero , por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso

en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos

con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 41 plazas del

Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos

Código 0313 por el sistema general de acceso libre y 4 plazas por

el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el

artículo 5 del Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero, para los

ministerios de Cultura, Educación y Ciencia, y Defensa.

La distribución por especialidades de las plazas convocadas

es la siguiente:

Sección Archivos: 7 plazas por el turno libre.

Sección Bibliotecas:

21 plazas por el turno libre.

4 plazas por el turno de promoción interna.

Sección Museos: 13 plazas por el turno libre.

Del total de estas plazas se reservará 2 plazas de la Sección

de Bibliotecas (turno libre) y 1 plaza de la Sección de Museos,

para quienes tengan la condición legal de personas con

discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas

con discapacidad, los aspirantes discapacitados que hayan

superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán

optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas

con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

En el caso de que las plazas convocadas en la Sección de

Bibliotecas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no

podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según

lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo (Boletín Oficial del Estado de 15 de abril).

1.2 Los aspirantes por la Sección de Bibliotecas sólo podrán

participar en uno de los dos sistemas: acceso libre o promoción

interna.

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de

acceso libre y mediante el sistema de concurso - oposición para

los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna,

con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican

en el Anexo I.

Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización

de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase

de oposición y, en su caso, de concurso serán nombrados

funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el

que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.5 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el

siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

del 27 de septiembre. La duración máxima de la fase de oposición

será de 5 meses, contados a partir de la fecha de realización del

primer ejercicio.

1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría General para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de

la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud

de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea

y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,

el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de

los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así

lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún

Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén

separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán

participar sus descendientes y los de su cónyuge menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,

Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas

en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que

acredite su homologación.

2.1.4 Compatibilidad Funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por

promoción interna deberán cumplir, además:

2.1.6 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C , incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto ; o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación, adscritos al grupo C y estar además destinados en la

Administración General del Estado.

2.1.7 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante

al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o

Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del

artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto ; o en Cuerpos

o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la

condición legal de persona con discapacidad con un grado de

minusvalía igual o superior al 33 %.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en el Ministerio de Cultura, en el Centro de Información

Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la

Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y

Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas

y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet

www.map.

es/servicios-al-ciudadano/empleo-público/procesos-selectivos

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

del Ministerio de Cultura (Plaza del Rey, 1 28071-Madrid), o en

la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de

veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la

fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Cultura.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá

la exclusión del aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del

pasaporte.

Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la

base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia

compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte,

una fotocopia de la tarjeta de residente comunitario o de familiar

de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta

temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario

fronterizo en vigor.

Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la

base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte,

una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo

de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de

haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta.

De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que

acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa

del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al

que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el

que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de

su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive

a sus expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las

certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía

igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o

medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido

por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de

minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un

mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En

dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del

Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al

público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos

y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y

determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio

de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran

producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos

lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunales

5.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son

los que figuran en el Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el

artículo 28 de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los

Tribunales tendrán su sede en los siguientes lugares:

Sección Archivos: Subdirección General de los Archivos

Estatales. Plaza del Rey 1, Madrid 28004. Tel. 917017264. E-Mail:

archivos.estatalesUdglabr.mcu.es

Sección Bibliotecas: Subdirección General de Coordinación

Bibliotecaria, Plaza del Rey 1, Madrid-28004. Tel. 917017137.

E-Mail: martinez.condeUdglab.mcu.es

Sección Museos: Museo del Traje, Avda. Juan de Herrera n.o2

Madrid 28040. Tel 915497150. E-Mail: carmen.

perezUmna.mcu.es

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de

oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra

S, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado

para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín

Oficial del Estado de 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración

y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan

alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación

de la puntuación obtenida.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes de la

Sección de Bibliotecas que participen por el turno de promoción

interna y que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte

días naturales para presentar en el Registro del Ministerio de

Cultura (Plaza del Rey, 1 28071-Madrid) o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida por

los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde

presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo

que figura como Anexo V. La no presentación de la certificación

en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante de

la fase de concurso.

6.6 El Tribunal calificador de la Sección de Bibliotecas

publicará en el lugar o lugares de la celebración de la fase de oposición

y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración

provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de

la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes

dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente

al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones

pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la

relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes

no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,

previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los

participantes por el turno libre, y las fases de oposición y de concurso,

en el caso de los participantes por el turno de promoción interna,

los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden

de puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última

prueba.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los

aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la

presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos

en la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el

plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para

la realización del curso selectivo.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

uno de los sistemas de acceso y en cada Sección.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo en ambas convocatorias y dentro de cada

Sección se efectuará según la petición de destino de acuerdo con

la puntuación total obtenida.

Los aspirantes de la Sección de Bibliotecas aprobados en la

convocatoria de promoción interna no podrán solicitar que se les

adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando con

carácter definitivo o mediante adscripción provisional, de

conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;

el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante la Excelentísima Sra.

Ministra de Cultura en el plazo de un mes desde su publicación

o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos

meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer

recurso de reposición, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o

se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 7 de mayo de 2004.

CALVO POYATO

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Cultura y Presidentes

de los Tribunales Calificadores.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

Sección Archivos

1. La fase de oposición constará de tres ejercicios

eliminatorios y un cuarto voluntario.

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de tres

temas, seleccionados por sorteo por el Tribunal, en presencia de

los aspirantes, de entre los que componen el programa que figura

en el Anexo II, debiendo corresponder cada tema a cada uno de

los tres grupos en que está dividido el temario.

El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública

ante el Tribunal, que valorará la formación general y la puesta

al día, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal

de los aspirantes y facilidad de expresión.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio

será de tres horas.

Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de

los dos temas pertenecientes al temario de "Historia de las

Instituciones" y de "Archivística, y de cero a cinco el tema

perteneciente al temario de "Derecho y Administración", siendo

eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco

puntos por cada tema de los dos primeros casos, y dos puntos y

medio en el tercero. Aquellos aspirantes que obtengan una

calificación de diecinueve o más estarán exentos de realizar este

ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre que este primer

ejercicio tenga similar contenido y las mismas características.

Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de

dos supuestos prácticos iguales para todos los opositores:

Primero: El opositor desarrollará un supuesto, seleccionado

por sorteo por el Tribunal en presencia de los aspirantes, entre:

a) Descripción y análisis documental de uno o varios

documentos de los siglos XV al XVIII.

b) Descripción y análisis del procedimiento administrativo de

un expediente de los siglos XIX ó XX.

Segundo: Realización de un supuesto práctico que versará

sobre cuestiones relacionadas con el temario de Archivística, a

partir de los datos proporcionados por el Tribunal: Control de

la documentación, organización, descripción, difusión y

accesibilidad documental.

La duración máxima del ejercicio será de cuatro horas y,

posteriormente, deberá ser leído ante el Tribunal, que podrá dialogar

con el opositor durante un período máximo de quince minutos

sobre cuestiones relacionadas con los supuestos desarrollados.

Calificación: Se calificará cada supuesto del segundo ejercicio

de cero a diez puntos, siendo eliminados los opositores que no

obtengan un mínimo de cinco puntos por cada supuesto.

Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba sobre un idioma

extranjero (inglés o francés) en el que el opositor realizará por

escrito, en castellano, un resumen de un texto de carácter

profesional no superior a 15 páginas, pudiendo utilizar diccionario.

El resumen será leído posteriormente ante el Tribunal, que podrá

hacer preguntas sobre el mismo al opositor.

El idioma elegido por el opositor se hará constar en el

apartado 25.B) del modelo de instancia.

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de

dos horas.

Calificación: Se calificará de cero a diez puntos, siendo

eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco

puntos.

Cuarto ejercicio: Consistirá en una prueba voluntaria de

traducción, con diccionario, de un texto máximo de 800 palabras

en cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión Europea, que

no haya sido elegida por el opositor en el ejercicio obligatorio,

o en lengua latina ; siempre que, previamente, lo hayan hecho

constar en la solicitud: apartado 25.C).

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de

dos horas y treinta minutos.

Calificación: Se calificará de cero a cinco puntos. El opositor

que no alcance dos puntos y medio no obtendrá ninguna

puntuación.

2. Curso Selectivo.-La segunda fase del proceso selectivo

consistirá en un curso selectivo de hasta seis meses de duración,

dedicado fundamentalmente a completar los conocimientos

necesarios para el futuro ejercicio profesional.

El curso se iniciará en el plazo máximo de tres meses a partir

de la finalización del plazo de presentación de documentos a que

hace referencia la base 7.1.

La Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, vistos

los informes que emitan las unidades donde se haya realizado

este período, y recabado de dichas unidades o de las personas

responsables del curso las aclaraciones precisas sobre la actuación

y aprovechamiento de los funcionarios en prácticas, calificará

dicho período de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener

la calificación de "apto" para superar esta fase del proceso

selectivo.

Quienes no superen el curso selectivo, perderán el derecho

a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución

motivada de la autoridad convocante.

3. Calificación final.-La calificación final vendrá determinada

por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de

los ejercicios de la fase de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer

ejercicio. En caso de persistir el empate, a la mayor puntuación

obtenida en el segundo ejercicio, y, en caso de persistir a la mayor

puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

Sección Bibliotecas

1. La fase de oposición estará formada por los siguientes

ejercicios eliminatorios:

Primer ejercicio:

Turno libre: Consistirá en el desarrollo por escrito de cuatro

temas, seleccionados por sorteo por el Tribunal en presencia de

los aspirantes, de entre los que componen el programa que figura

en el ANEXO II de esta convocatoria, debiendo corresponder cada

tema a cada uno de los cuatro grupos en que está dividido el

temario.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio

será de cuatro horas.

El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes, en sesión pública

ante el Tribunal, que valorará la formación general, la claridad

y orden de ideas, la aportación personal del aspirante y la facilidad

de expresión.

Calificación: se calificará de cero a diez puntos por tema, siendo

eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco

puntos por tema. La puntuación máxima será de cuarenta puntos,

debiendo obtener una mínima de veinte para superarlo.

Promoción interna: Consistirá en el desarrollo por escrito de

tres temas, seleccionados por sorteo por el Tribunal en presencia

de los aspirantes, de los siguientes apartados que forman parte

del programa que figura en el Anexo II de esta convocatoria:

"Biblioteconomía", "Bibliografía y Documentación" e "Historia del

Libro y las Bibliotecas", debiendo corresponder cada tema a cada

uno de los tres apartados citados.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio

será de tres horas.

El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes, en sesión pública

ante el Tribunal, que valorará la formación general, la claridad

y orden de ideas, la aportación personal del aspirante y la facilidad

de expresión.

Calificación: se calificará de cero a quince puntos cada uno

de los temas correspondientes a lo apartados de "Biblioteconomía"

y "Bibliografía y Documentación", siendo eliminados los opositores

que no obtengan un mínimo de siete puntos y medio por tema.

Se calificará de cero a diez puntos el tema correspondiente al

apartado "Historia del Libro y las Bibliotecas", siendo eliminados

los opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos. La

puntuación máxima será de cuarenta puntos, debiendo obtener

una mínima de veinte para superarlo.

Segundo ejercicio (Turno libre y promoción interna): Consistirá

en la redacción del asiento bibliográfico en formato IBERMARC,

con clasificación decimal universal y asignación de

encabezamiento de materias, de cinco publicaciones (dos monografías, una

publicación periódica, un vídeo y una grabación sonora) iguales para

todos los opositores. La catalogación se hará de acuerdo con el

esquema para un segundo nivel de detalles.

Se facilitarán a los opositores una plantilla base del formato

así como las publicaciones oportunas o las correspondientes

fotocopias de las mismas, necesarias para poder realizar este ejercicio.

Los opositores podrán utilizar las Reglas de catalogación, el

Formato IBERMARC, la Clasificación Decimal Universal y Lista

de encabezamientos de materia para bibliotecas públicas vigentes.

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de

tres horas.

Calificación: se calificará de cero a diez puntos por cada asiento

bibliográfico completo, siendo eliminados los opositores que no

obtengan un mínimo de cinco puntos por asiento bibliográfico.

La puntuación máxima será de 50 puntos, debiendo obtener una

mínima de 25 para superarlo.

Tercer ejercicio (Turno libre y promoción interna): Consistirá

en la traducción, con diccionario, de un texto no inferior a 300

palabras, en inglés, francés, alemán o italiano, relativo a

bibliotecas.

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de

dos horas.

El idioma elegido por el opositor se hará constar en el

apartado 25 B), del modelo de instancia.

Calificación: se calificará de cero a diez puntos, siendo

eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco

puntos.

La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por

la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los

ejercicios.

2. Fase de concurso: En esta fase, que no tendrá carácter

eliminatorio y que sólo se aplicará a quienes participando por

el turno de promoción interna hayan superado la fase de oposición,

se valorarán hasta un máximo de 20 puntos los siguientes méritos

referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el

Boletín Oficial del Estado.

2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en

cualquier Cuerpo o Escala del Grupo C de los incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984 de 30 de Agosto (art. 1.1), de

acuerdo con la siguiente progresión:

1 año: 1 punto.

2 años: 1,5 puntos.

3 años: 2 puntos.

4 años: 2,5 puntos.

5 años o más: 3 puntos.

2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente el día

publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, se

otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 14 inclusive: 2,5 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 hasta un

máximo de 4 puntos.

2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa

el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la

siguiente puntuación:

Hasta el nivel 14 inclusive: 5 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0.50 puntos hasta

un máximo de 8. Las valoraciones efectuadas en este apartado

no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,

con independencia de sus efectos económicos.

2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación

relacionados con las funciones que desempeñarán en el Cuerpo de

Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (Sección Bibliotecas),

acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con 0,5

puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener

por este apartado será de 5 puntos.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo

incluido como Anexo V a esta convocatoria.

3. Curso selectivo: Los funcionarios en prácticas habrán de

superar con aprovechamiento un curso selectivo de formación,

que será de carácter teórico-práctico de hasta seis meses de

duración, dedicado fundamentalmente a completar los conocimientos

necesarios para el futuro ejercicio profesional.

El curso se iniciará en el plazo máximo de tres meses contados

a partir de la finalización del plazo de presentación de documentos

a que hace referencia la base 7.1.

La Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, vistos

los informes que emitan las unidades donde se haya realizado

el curso selectivo, y recabado de dichas unidades o de las personas

responsables del curso las aclaraciones precisas sobre la actuación

y aprovechamiento de los funcionarios en prácticas, calificará

dicho período de "Apto" o "No apto". Será necesario obtener la

calificación de "Apto" para superarlo.

Quienes no superen el curso selectivo, perderán el derecho

a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución

motivada de la autoridad convocante.

4. Calificación final: Para los aspirantes por el sistema general

de acceso libre la calificación final corresponderá a la de la fase

de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá

atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio,

o en su caso en los sucesivos.

Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la

calificación final vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación obtenida en la fase de oposición.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

Sección Museos

1. La fase de oposición constará de tres ejercicios

eliminatorios y un cuarto no eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos

temas entre los cuatro seleccionados a iniciativa del Tribunal de

entre los que componen el programa que figura en el anexo II,

debiendo corresponder los temas a desarrollar por el opositor del

siguiente modo:

Un primer tema, entre los dos elegidos por el Tribunal del

apartado "Museología".

Un segundo tema, entre los dos elegidos por el Tribunal del

apartado "Legislación".

El Título de los temas corresponde íntegramente al enunciado

que aparece en el programa del Anexo II.

Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de tres horas para

la realización de este ejercicio.

Dicho ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en

sesión pública convocada al efecto. El Tribunal valorará la

formación general, la claridad y orden de las ideas, la aportación

personal de los aspirantes y la facilidad de expresión

Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de

los temas, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos

en cada uno de ellos. La puntuación máxima será de veinte puntos.

Aquellos aspirantes que obtengan una calificación de quince

puntos o más estarán exentos de realizar este ejercicio en la siguiente

convocatoria, siempre que este primer ejercicio tenga similar

contenido y las mismas características.

Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de

dos temas entre los cuatro seleccionados por sorteo por el

Tribunal, en presencia de los aspirantes, de entre los que componen

el apartado "Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes".

Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de tres horas para

la realización de este ejercicio, que será posteriormente leído ante

el Tribunal en sesión pública convocada a tal efecto. El Tribunal

valorará la formación general, la claridad y orden de las ideas,

la aportación personal y la facilidad de expresión y exposición

de los aspirantes.

Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de

los temas, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos

por cada uno de ellos. La puntuación máxima será de 20 puntos.

Tercer ejercicio: Consistirá en la cumplimentación del Libro

de Registro y de las fichas de inventario correspondientes a seis

piezas elegidas de un total de nueve seleccionadas por el Tribunal

entre las materias incluidas en el apartado 3 del temario (tres

de etnología, tres de arqueología y tres de Bellas Artes), teniendo

el opositor que elegir, al menos dos de cada especialidad.

El opositor trabajará sobre la documentación facilitada por el

Tribunal.

El ejercicio deberá ser leído en sesión pública convocada al

efecto.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas.

Calificación: El ejercicio se calificará de cero a doce puntos,

siendo necesario obtener un punto como mínimo en cada una

de las piezas, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan

un mínimo de 6 puntos.

Cuarto ejercicio: Consistirá en una prueba que no tendrá

carácter eliminatorio sobre un idioma extranjero escogido por el

aspirante entre los oficiales de cualquiera de los países que integran

la Unión Europea, y que hará constar en el apartado 25 B) de

la solicitud. El aspirante deberá realizar por escrito un resumen

en castellano de un texto de carácter profesional que propondrá

el Tribunal, para lo cual dispondrá de dos horas. Para la realización

de este ejercicio el aspirante podrá utilizar diccionario. Dicho

ejercicio será posteriormente leído en sesión pública convocada al

efecto.

Calificación: el ejercicio se calificará de cero a cuatro puntos,

que serán añadidos a la calificación final de los ejercicios

eliminatorios.

2. Curso Selectivo: La segunda fase del proceso selectivo

consistirá en un Curso Selectivo, que será organizado por la

subdirección General de Museos Estatales.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los

aspirantes de unas pruebas sobre casos prácticos propuestos en

relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

La duración del curso selectivo será de tres meses, en régimen

de estancia en Organismo Público y se iniciará en el plazo máximo

de tres meses contados a partir de la fecha de finalización de

presentación de documentos a que hace referencia la base 7.1.

Una parte del mismo se realizará en régimen de estancia en

unidades de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales

o Museos Estatales, como período de prácticas.

La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, vistos

los informes que emitan las unidades donde se haya realizado

este período, y recabado de dichas unidades o personas las

aclaraciones precisas sobre la actuación y aprovechamiento de los

funcionarios en prácticas, calificará dicho período de "apto" o "no

apto", siendo necesario obtener la calificación de "apto" para

superar esta fase del proceso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta

del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados los

tres ejercicios eliminatorios de la fase de oposición con al menos

el 55 por 100 de la puntuación máxima global quedarán exentos

de la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente

siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la

obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.

3. Calificación final: La calificación final vendrá determinada

por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de

los ejercicios de la fase de oposición (tres eliminatorios y el cuarto

ejercicio no eliminatorio). En caso de empate, el orden se

establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los

aspirantes en el segundo ejercicio ; en caso de persistir el empate,

a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio ; y de persistir

éste, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

ANEXO II

Temario

Sección Archivos

1. Historia de las Instituciones.

1.1 La Cancillería Castellano-Leonesa. Organización y

tipología diplomática.

1.2 La Cancillería Catalano-Aragonesa. Organización y

tipología diplomática.

1.3 La Administración Pública en la Edad Media. Historia y

fuentes.

1.4 La Administración Central en la Edad Moderna. Historia

y fuentes.

1.5 La Administración de Justicia en la Edad Moderna.

Historia y fuentes.

1.6 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en la Edad

Moderna. Historia y fuentes.

1.7 La Administración Territorial y Local en la Edad Moderna.

Historia y fuentes.

1.8 La Administración del territorio indiano. Instituciones

centrales: Historia y fuentes.

1.9 La Administración del territorio indiano. Instituciones

territoriales y locales: Historia y fuentes.

1.10 Las Cortes en la Edad Moderna. Historia y fuentes.

1.11 El constitucionalismo español. Historia y fuentes.

1.12 La desamortización. Historia y repercusión en los

archivos españoles.

1.13 La Administración Central en la Edad Contemporánea.

Historia y fuentes.

1.14 La Administración de Justicia en la Edad

Contemporánea. Historia y fuentes.

1.15 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en la Edad

Contemporánea. Historia y fuentes.

1.16 La Administración Territorial y Local en la Edad

Contemporánea. Historia y fuentes.

1.17 La Institución Notarial. Evolución histórica y fuentes.

1.18 La organización territorial y jerárquica de la Iglesia

española. Evolución histórica y fuentes.

1.19 La organización señorial y mayorazgos. Evolución

histórica y fuentes.

1.20 Los partidos políticos y las organizaciones sindicales en

la España contemporánea.

1.21 Las instituciones de Beneficencia en España. Historia

y fuentes.

1.22 Las relaciones exteriores de España en la Edad Moderna

y Contemporánea. Historia y fuentes.

1.23 La agricultura y la ganadería. Historia y fuentes.

1.24 La industria y el comercio. Historia y fuentes.

1.25 Los Ejércitos en la España Moderna. Historia y fuentes.

1.26 Los Ejércitos en la España contemporánea. Historia y

fuentes.

1.27 El gobierno interior del estado. Seguridad interior y

orden público. Historia y fuentes.

1.28 La Educación en España. Historia y fuentes.

1.29 La Inquisición. Historia y fuentes.

1.30 Monacato y Clero regular en España. Historia y fuentes.

1.31 La Guerra Civil y el Franquismo. Historia y fuentes.

1.32 Los archivos familiares y personales. Historia y fuentes.

2. Archivística:

2.1 Concepto de archivo. Evolución histórica de la

archivística.

2.2 El principio de procedencia y la teoría de las edades de

los documentos.

2.3 Funcionamiento general de los archivos y funciones

básicas del archivero.

2.4 La administración española de los archivos. El Ministerio

de Cultura y la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.

Las Comunidades Autónomas y sus competencias en materia de

archivos.

2.5 El sistema archivístico español.

2.6 Los archivos de la Administración Central. Archivos de

los Ministerios y el Archivo General de la Administración de Alcalá

de Henares.

2.7 Los archivos Generales del Estado.

2.8 Los archivos de las Reales Chancillerías. Los archivos

históricos regionales.

2.9 Los Archivos Históricos Provinciales.

2.10 Los archivos de la Administración Local: Archivos de

las Diputaciones y archivos municipales.

2.11 Los archivos eclesiásticos, familiares y económicos.

2.12 Los archivos militares españoles.

2.13 Organismos internacionales en materia de archivos.

2.14 La identificación de los fondos. El cuadro de

clasificación.

2.15 La valoración. Instrumentos resultantes y consecuencias

prácticas. Selección y expurgo.

2.16 Transferencias y control de la documentación. Entradas

y salidas de documentos de los archivos.

2.17 Descripción de fondos.

2.18 La normalización en la descripción archivística: normas

ISAD (G) e ISAAR (CPF).

2.19 Difusión y accesibilidad documental. Aspectos legales.

2.20 La difusión. El servicio a la Administración y a los

ciudadanos. Servicios educativos y culturales.

2.21 Lenguajes documentales. Tesauros.

2.22 Reproducción de documentos. Técnicas y funciones

archivísticas.

2.23 La informática aplicada a los archivos. El proyecto de

Archivos Españoles en Red.

2.24 Tratamiento y conservación de documentos

audiovisuales.

2.25 Los documentos electrónicos.

3. Derecho y Administración:

3.1 La Constitución Española de 1978: Elaboración.

Estructura. Valores y Principios. Reforma.

3.2 Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías

constitucionales. La suspensión de los derechos y libertades.

3.3 El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

3.4 La Corona. Sucesión, Regencia y Tutela. Las funciones

constitucionales del Rey. El refrendo de los actos del Rey.

3.5 Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y

el Senado: Composición, elección y funciones. Funcionamiento

de las Cámaras, órganos y Estatuto de sus miembros.

3.6 El procedimiento legislativo. Leyes orgánicas y ordinarias.

Legislación delegada. Decretos-leyes. Tratados internacionales.

3.7 El Gobierno. Composición. Organización. Funciones. El

procedimiento de investidura. La moción de censura. La cuestión

de confianza.

3.8 El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

La Administración de Justicia. El Ministerio Fiscal.

3.9 La Organización territorial del Estado. Comunidades

Autónomas y Administración Local. Distribución de competencias

y coordinación entre las distintas Administraciones públicas.

3.10 La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio

Histórico Español. El Patrimonio Documental y Bibliográfico. Los

archivos, bibliotecas y museos. La declaración de bienes de interés

cultural. La protección de los bienes muebles e inmuebles. Las

medidas de fomento.

3.11 Los reales Decretos 111/1986, de 10 de enero, de

desarrollo parcial de la Ley del Patrimonio Histórico Español,

y 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el Real

Decreto 111/1986. Los órganos colegiados. Los instrumentos

administrativos. La transmisión y explotación de los bienes integrantes

del Patrimonio Histórico.

3.12 Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución.

La Ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.

3.13 La legalidad administrativa. El acto administrativo. Los

recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

3.14 Evolución histórica de la legislación sobre

procedimiento administrativo en España. El procedimiento administrativo:

Concepto, principios generales y fases del procedimiento.

3.15 El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Clasificación y características. Normativa.

3.16 El régimen jurídico de la función pública estatal.

Situaciones administrativas. Derechos y Deberes. Incompatibilidades.

El régimen disciplinario. Perdida de la condición de funcionario.

3.17 Los Presupuestos Generales del Estado y el ciclo

presupuestario.

3.18 Sistema Institucional de la Unión Europea.

Sección Bibliotecas

1. Biblioteconomía:

1.1 Concepto de biblioteca. Tipos de bibliotecas y su función.

Perspectivas de futuro.

1.2 Las bibliotecas nacionales. Conceptos, funciones y

servicios. Situación en España. La Conferencia de Directores de

Bibliotecas Nacionales (CDNL).

1.3 Las bibliotecas públicas. Conceptos, funciones y

servicios. Situación en España.

1.4 Las bibliotecas universitarias. Conceptos, funciones y

servicios. Situación en España. REBIUN.

1.5 Las bibliotecas especializadas. Conceptos, funciones y

servicios. Situación en España.

1.6 Proceso técnico: selección y adquisición de libros y otros

materiales. Criterios, fuentes y métodos para la constitución y

el mantenimiento de la colección. Norma ISO 11799 para

almacenamiento de la Colección Bibliográfica.

1.7 Gestión de la colección: Organización de los depósitos.

Reconocimiento del estado de la colección. Medidas de prevención

y corrección de agentes degradantes de la colección.

1.8 La catalogación. Elaboración, normalización y

mantenimiento de catálogos. La catalogación cooperativa. La

iniciativa ICABS.

1.9 Los formatos MARC. Los formatos IBERMARC.

1.10 Los lenguajes de marcado aplicados a los registros

bibliográficos. MARC XML DTD ; MARC XML Schema.

1.11 Análisis de la estructura de la información bibliográfica:

las ISBD, las GARR y los FRBR. Las Reglas de Catalogación

españolas.

1.12 Principales tipos de clasificación bibliográfica.

Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas. La clasificación decimal

universal.

1.13 La biblioteca híbrida. Desarrollo y mantenimiento.

1.14 Los servicios virtuales de la biblioteca. Desarrollo y

mantenimiento. Referencias internacionales. Situación en España.

1.15 La biblioteca digital. Desarrollo y mantenimiento.

Situación en España.

1.16 La biblioteca digital: panorama internacional. La Digital

Library Federation. Los estándares de la Library of Congress. El

Comité de Asuntos Digitales (CDI) de la Conferencia de Directores

de Bibliotecas Nacionales (CDNL).

1.17 Formación de usuarios. Servicios de extensión

bibliotecaria.

1.18 Análisis de la estructura de la información de los fondos

y localizaciones: Z39.83, ISO 10.324. Los formatos MARC 21

y UNIMARC para fondos y localizaciones.

1.19 Preservación y conservación de los materiales

bibliográficos: encuadernación, restauración, microfilmación,

digitalización, etc. Norma ISO 14416.

1.20 La cooperación bibliotecaria en España en la actualidad.

Organismos, mecanismos, programas y proyectos.

1.21 La difusión. Apertura hacia los ciudadanos. Servicios

educativos y culturales. Uso de la WWW y el correo electrónico.

Los Portales de las bibliotecas.

1.22 Evaluación de los procesos y los servicios bibliotecarios.

Norma ISO 11620.

1.23 Sistemas integrados de automatización de bibliotecas.

Situación actual y tendencias de futuro.

1.24 Construcción y equipamiento de bibliotecas

1.25 Organizaciones internacionales al servicio de las

bibliotecas: UNESCO, IFLA, ISO, etc.

2. Bibliografía y Documentación:

2.1 Bibliometría. Concepto, Función y Crítica.

2.2 Definición y objetivos de la bibliografía. Teoría y técnica.

2.3 Evolución histórica de la bibliografía.

2.4 La normalización de la identificación bibliográfica. El

ISBN, el ISSN y otros números internacionales. Identificadores

permanentes: DOI, RDF.

2.5 Estado actual de la bibliografía en el mundo. Impacto

de las tecnologías de la información y de la comunicación.

2.6 Bibliografía de bibliografías.

2.7 Bibliografías nacionales.

2.8 Bibliografías de publicaciones periódicas.

2.9 Bibliografías de publicaciones oficiales.

2.10 Bibliografía y fuentes de información sobre recursos

electrónicos.

2.11 El libro infantil. Obras de referencia y bibliografías.

2.12 Análisis documental. Indización. Resúmenes.

2.13 Lenguajes documentales. Los tesauros: creación y

mantenimiento. ISO 2788.

2.14 Recursos sobre bibliotecas en la World Wide Web.

2.15 El diseño, desarrollo, mantenimiento y explotación de

las bases de datos en España. Aspectos éticos, jurídicos y legales.

2.16 Los catálogos colectivos en España en la actualidad.

2.17 Las tecnologías de la información y su aplicación a los

procesos bibliotecarios.

2.18 Automatización de bibliotecas. Diseño, desarrollo,

implantación y mantenimiento.

2.19 La biblioteca digital: proyectos de ámbito nacional e

internacional. La Digital Library Federation.

2.20 Internet y la WWW: estado actual y perspectivas de

futuro.

2.21 La Ontología y la web semántica: recomendaciones

del W3C.

2.22 La búsqueda y la recuperación normalizada de la

información bibliográfica: Z39.50 y Z39.50 International Next

Generation (ZING).

2.23 El acceso a la información en la red: los metadatos:

la Dublin Core Metadata Initiative.

3. Historia del libro y las bibliotecas:

3.1 El libro y las bibliotecas en la antigüedad.

3.2 El libro en la Edad Media.

3.3 Las bibliotecas en la Edad Media.

3.4 Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.

3.5 La imprenta en España durante el siglo XV.

3.6 El libro en el siglo XVI.

3.7 Las bibliotecas en el siglo XVI.

3.8 El libro en el siglo XVII.

3.9 Las bibliotecas en el siglo XVII.

3.10 La imprenta industrial: avances tecnológicos a partir de

los siglos XVIII y XIX.

3.11 Las bibliotecas en el siglo XX.

3.12 El libro y la edición en el siglo XX.

3.13 Perspectivas de la edición en el siglo XXI. Libros bajo

demanda, eBooks, etc. La edición electrónica.

3.14 La industria editorial y el comercio del libro en España

en la actualidad.

3.15 El patrimonio bibliográfico español. Legislación.

3.16 La propiedad intelectual en España.

4. Administración y Legislación:

4.1 La Constitución Española.

4.2 Organización territorial del Estado español. Las

Comunidades Autónomas y la Administración Local.

4.3 Jefatura del Estado. Poderes legislativo, ejecutivo y

judicial.

4.4 Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución.

La Ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.

4.5 La legalidad administrativa. El acto administrativo. Los

recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

4.6 Las competencias del Estado en materia de cultura.

Estructura organizativa del Ministerio de Cultura en relación con

el libro, archivos y bibliotecas.

4.7 Estructura organizativa y competencias en materia de

bibliotecas en la Administración de las Comunidades Autónomas

y en la Administración Local.

4.8 La legislación bibliotecaria en España.

4.9 El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Clasificación y características. Normativa.

4.10 Los Presupuestos de las Administraciones Públicas en

España. Los Presupuestos Generales del Estado y el ciclo

presupuestario.

4.11 El sistema institucional comunitario: el Consejo, la

Comisión, el Parlamento Europeo, el Tribunal de Justicia y el

Tribunal de Cuentas.

Sección Museos

1. Museología:

1.1 El concepto del Museo.

1.2 Historia de los Museos en España.

1.3 Tipología de museos. Museos de titularidad estatal.

Sistema Español de Museos. La Junta Superior de Museos.

1.4 El museo como responsable de la conservación del

patrimonio histórico.

1.5 La concepción espacial del museo. Sus áreas y

características. Bases para el proyecto arquitectónico.

1.6 Museología y Museografía. Definición y evolución.

1.7 Plan museológico y programa museográfico. Criterios

para su elaboración.

1.8 La exposición permanente. Nuevos criterios en la

instalación museográfica.

1.9 Exposiciones temporales. Definición, gestión y

organización.

1.10 Organización interna del museo. El profesional de

museos.

1.11 El sistema de documentación en el museo.

1.12 Los fondos museográficos. Régimen jurídico, formas de

ingreso y tipos de movimiento.

1.13 El público en el museo. Sistemas de evaluación.

1.14 La seguridad en el museo.

1.15 La conservación en el museo. Conservación preventiva

y criterios para la restauración.

1.16 Acción cultural y educativa en los museos.

2. Legislación:

2.1 La Constitución Española. Antecedentes. Estructura. Los

Principios Constitucionales.

2.2 Derechos Fundamentales y libertades públicas. Su

protección y garantía.

2.3 La organización territorial del Estado: Comunidades

Autónomas, Provincia y Municipios.

2.4 La reforma constitucional. El Tribunal Constitucional.

2.5 La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento

Administrativo Común. Derechos de los ciudadanos.

2.6 El Procedimiento administrativo: concepto, naturaleza,

caracteres y fases.

2.7 Los actos jurídicos de la administración: públicos y

privados. Acto administrativo: concepto, elementos y clases.

2.8 Los contratos de las Administraciones Públicas.

Principios generales. Tipos de contratos y sus características.

2.9 La legislación española sobre el Patrimonio Histórico

Español. Antecedentes y situación actual. La distribución de

competencias en materia de cultura.

2.10 Normativa estatal y autonómica en materia de museos.

El Reglamento de Museos de titularidad estatal y el Sistema

Español de Museos.

2.11 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico.

Su régimen jurídico.

2.12 Regímenes especiales de protección.

2.13 El tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado

geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional ;

importación, exportación. Tráfico jurídico: transacciones y cambio

de propiedad de los bienes culturales. La garantía del Estado.

2.14 Modos de adquisición de bienes culturales: oferta directa

de venta ; derechos de tanteo y retracto; subastas en el extranjero;

oferta de venta irrevocable (exportación definitiva) ; exportación

ilícita ; decomiso; donaciones; legados y herencias; expropiación

forzosa ; dación en pago de impuestos; apremio sobre el

patrimonio ; hallazgos casuales; permuta; premios; usucapión;

recolección ; producción propia y cambio por adscripción.

2.15 Medidas de fomento. Infracciones y sanciones

administrativas en la legislación sobre el Patrimonio Histórico. Los delitos

penales sobre el Patrimonio Histórico. La labor de los Cuerpos

y Fuerzas de Seguridad del Estado en defensa del Patrimonio

Histórico Español.

2.16 Tratamiento del Patrimonio Histórico en la Unión

Europea. Acuerdos y Tratados internacionales sobre protección del

Patrimonio Histórico suscritos por España.

3. Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes:

3.1 Metodología del trabajo de campo en Antropología.

3.2 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España.

3.3 Antropología del género.

3.4 El concepto de religiosidad popular.

3.5 Indumentaria tradicional en Andalucía.

3.6 Instrumentos musicales populares en España.

3.7 La vivienda tradicional española.

3.8 Antropología de la fiesta: la fiesta del fuego en España.

3.9 Amuletos y protectores en la joyería popular española.

3.10 Juegos y juguetes en la tradición cultural española.

3.11 Mobiliario popular en España.

3.12 El arte pastoril.

3.13 Sistemas y procedimientos de datación en arqueología.

Corrientes actuales en la investigación arqueológica.

3.14 El Paleolítico Superior en el norte peninsular.

3.15 La cerámica griega.

3.16 La escultura ibérica.

3.17 Los vidrios romanos.

3.18 El retrato romano en España.

3.19 La orfebrería visigoda.

3.20 Motivos decorativos hispano musulmanes.

3.21 Arte y cultura material Inca.

3.22 Iconografía religiosa azteca. Códices

3.23 Cultura material hispano sefardí.

3.24 Iconografía en el arte medieval.

3.25 La pintura hispano flamenca.

3.26 El Greco.

3.27 La escultura española en el siglo XVI.

3.28 La pintura barroca en España (I): Velázquez.

3.29 La pintura barroca en España (II): Zurbarán, Ribera,

Murillo. Otras escuelas.

3.30 La escultura española en el siglo XVII.

3.31 Goya y su época.

3.32 Neoclasicismo y Romanticismo en la pintura española

del siglo XIX.

3.33 Joaquín Sorolla.

3.34 Maestros de la pintura española en el siglo XX (I): Pablo

Picasso.

3.35 Maestros de la pintura española en el siglo XX (II): Dalí,

Miró, Juan Gris.

3.36 Cerámica de Talavera, Puente del Arzobispo.

3.37 Cerámica de Alcora y Manises.

3.38 La platería civil en España.

3.39 Mobiliario español siglo XVI al XIX.

3.40 Numismática como fuente de la historia.

3.41 El dibujo en España.

3.42 Armas blancas reglamentarias españolas.

3.43 Armas de fuego reglamentarias española.

3.44 Metodología de la arqueología subacuática. El Centro

Nacional de Investigaciones Arqueológicas Submarinas.

ANEXO III

Tribunales

Sección Archivos

Tribunal Titular:

Presidente: Don Eduardo Gómez-Llera García-Nava. Cuerpo

Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretario: Don Juan Manuel Gómez Cano. Escala de Gestión

de Empleo del INEM.

Vocales:

Doña Teresa Engenios Martín. Cuerpo Facultativo de

Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Don Pablo Herradon Llorente. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Don Miguel Angel Esparza Torres. Cuerpo de Profesores

Titulares de Universidad.

Tribunal Suplente:

Presidenta: Doña Beatriz Franco Espiño. Cuerpo Facultativo

de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretario: Don Javier Lázaro Merino. Escala de Gestión de

Empleo del INEM.

Vocales:

Doña Teresa Martín Ayuso. Cuerpo Facultativo de Archiveros,

Bibliotecarios y Arqueólogos.

Doña Angela Herrero Lorca. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

Doña Pilar Azcárate Aguilar-Amat. Cuerpo de Profesores

Titulares de Universidad.

Sección Bibliotecas

Tribunal Titular:

Presidenta: Doña Ana Herrero-Botas Vigil. Cuerpo Facultativo

de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretario: Don Angel Feliz de la Iglesia. Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado.

Vocales:

Don Fernando de la Fuente Arranz. Cuerpo Facultativo de

Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Doña M.a Luisa Hermida Corchón. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Doña M.a del Mar Rebollo Abbad. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Tribunal Suplente:

Presidenta: Doña Elena Martinez Oyarzabal. Cuerpo

Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretaria: Doña Soledad Estadella González. Cuerpo de

Gestión de la Administración Civil del Estado.

Vocales:

Doña Alicia Garcia Medina. Cuerpo Facultativo de Archiveros,

Bibliotecarios y Arqueólogos.

Doña M.a José Rucio Zamorano. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Doña M.a José Saldaña Fernandez. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Sección Museos

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Carmen Pérez de Andrés. Cuerpo Facultativo

de Conservadores de Museos.

Secretaria: Doña Iria Losada Baltar. Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Doña M.a Luisa Menéndez Robles. Cuerpo Facultativo de

Conservadores de Museos.

Don Feliciano Novoa Portela. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Doña Mercedes Rodríguez Collado. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Tribunal Suplente:

Presidenta: Doña Ana Carmen Lavín Berdonces. Cuerpo

Facultativo de Conservadores de Museos.

Secretaria: Doña Elisa de Cabo de Vega. Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales:

Doña Ángeles del Egido Rodríguez. Cuerpo Facultativo de

Conservadores de Museos.

Doña Isabel Sánchez Arias. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

Doña Carolina Aguado. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos".

En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se

consignará Archivos, Bibliotecas o Museos según proceda".

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L", en

el caso de que se acceda por el sistema de Acceso Libre, o "P",

si se accede por el sistema de Promoción Interna.

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de Cultura".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con

discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan

acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33

por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el

cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el

recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

la titulación que se posea para poder participar en virtud de lo

señalado en la base 2.1.3.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará la sección

"Archivos", "Bibliotecas " o "Museos" por la que opte el aspirante ;

en el apartado B, se consignará el idioma elegido por el aspirante

de los indicados en el anexo I de cada sección para la realización

del correspondiente ejercicio de la fase de oposición. Los

aspirantes de la sección de Archivos que deseen realizar el cuarto

ejercicio de la fase de oposición, harán constar el idioma elegido

para el mismo en el apartado C.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,14

euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante

el sistema general de acceso libre y de 9,57 euros para los

aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0104-0301-28-0302-037799 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte Derechos de examen". El ingreso

podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco

Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier

entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de minusvalía igual o superior al 33

por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo

de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V (Ver imagen página 20290)

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