En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004
de 6 de febrero , por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de
personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso
en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos
con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 41 plazas del
Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos
Código 0313 por el sistema general de acceso libre y 4 plazas por
el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el
artículo 5 del Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero, para los
ministerios de Cultura, Educación y Ciencia, y Defensa.
La distribución por especialidades de las plazas convocadas
es la siguiente:
Sección Archivos: 7 plazas por el turno libre.
Sección Bibliotecas:
21 plazas por el turno libre.
4 plazas por el turno de promoción interna.
Sección Museos: 13 plazas por el turno libre.
Del total de estas plazas se reservará 2 plazas de la Sección
de Bibliotecas (turno libre) y 1 plaza de la Sección de Museos,
para quienes tengan la condición legal de personas con
discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas
con discapacidad, los aspirantes discapacitados que hayan
superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo, podrán
optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas
con discapacidad se acumularán a las de acceso general.
En el caso de que las plazas convocadas en la Sección de
Bibliotecas por el sistema de promoción interna quedaran vacantes no
podrán acumularse a las de la convocatoria de acceso libre, según
lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10
de marzo (Boletín Oficial del Estado de 15 de abril).
1.2 Los aspirantes por la Sección de Bibliotecas sólo podrán
participar en uno de los dos sistemas: acceso libre o promoción
interna.
1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de
acceso libre y mediante el sistema de concurso - oposición para
los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna,
con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican
en el Anexo I.
Incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización
de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase
de oposición y, en su caso, de concurso serán nombrados
funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.5 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario:
El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes
del 27 de septiembre. La duración máxima de la fase de oposición
será de 5 meses, contados a partir de la fecha de realización del
primer ejercicio.
1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría General para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud
de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,
el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de
los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así
lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,
Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que
acredite su homologación.
2.1.4 Compatibilidad Funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por
promoción interna deberán cumplir, además:
2.1.6 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de
carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo C , incluidos
en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto ; o a Cuerpos o Escalas Postales y de
Telecomunicación, adscritos al grupo C y estar además destinados en la
Administración General del Estado.
2.1.7 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante
al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o
Escalas del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del
artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto ; o en Cuerpos
o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo C.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la
condición legal de persona con discapacidad con un grado de
minusvalía igual o superior al 33 %.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en el Ministerio de Cultura, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la
Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas
y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet
www.map.
es/servicios-al-ciudadano/empleo-público/procesos-selectivos
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
del Ministerio de Cultura (Plaza del Rey, 1 28071-Madrid), o en
la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de
veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la
fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial
del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Cultura.
La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá
la exclusión del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del
pasaporte.
Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la
base 2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia
compulsada del correspondiente documento de identidad o pasaporte,
una fotocopia de la tarjeta de residente comunitario o de familiar
de residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta
temporal de residente comunitario o de trabajador comunitario
fronterizo en vigor.
Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la
base 2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte,
una fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo
de haber solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de
haber solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta.
De no haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que
acrediten el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa
del español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al
que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el
que existe este vínculo, de que no está separado de derecho de
su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive
a sus expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las
certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33% que soliciten adaptación de tiempo y/o
medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido
por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de
minusvalía.
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En
dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del
Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al
público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos
y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y
determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio
de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunales
5.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son
los que figuran en el Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el
artículo 28 de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los
Tribunales tendrán su sede en los siguientes lugares:
Sección Archivos: Subdirección General de los Archivos
Estatales. Plaza del Rey 1, Madrid 28004. Tel. 917017264. E-Mail:
archivos.estatalesUdglabr.mcu.es
Sección Bibliotecas: Subdirección General de Coordinación
Bibliotecaria, Plaza del Rey 1, Madrid-28004. Tel. 917017137.
E-Mail: martinez.condeUdglab.mcu.es
Sección Museos: Museo del Traje, Avda. Juan de Herrera n.o2
Madrid 28040. Tel 915497150. E-Mail: carmen.
perezUmna.mcu.es
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de
oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra
S, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado
para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín
Oficial del Estado de 6 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes de la
Sección de Bibliotecas que participen por el turno de promoción
interna y que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte
días naturales para presentar en el Registro del Ministerio de
Cultura (Plaza del Rey, 1 28071-Madrid) o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida por
los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde
presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo
que figura como Anexo V. La no presentación de la certificación
en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante de
la fase de concurso.
6.6 El Tribunal calificador de la Sección de Bibliotecas
publicará en el lugar o lugares de la celebración de la fase de oposición
y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración
provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de
la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes
dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente
al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones
pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la
relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los
participantes por el turno libre, y las fases de oposición y de concurso,
en el caso de los participantes por el turno de promoción interna,
los Tribunales harán pública la relación de aprobados por orden
de puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última
prueba.
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los
aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos
en la convocatoria.
Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el
plazo indicado no serán nombrados funcionarios en prácticas para
la realización del curso selectivo.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada
uno de los sistemas de acceso y en cada Sección.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo en ambas convocatorias y dentro de cada
Sección se efectuará según la petición de destino de acuerdo con
la puntuación total obtenida.
Los aspirantes de la Sección de Bibliotecas aprobados en la
convocatoria de promoción interna no podrán solicitar que se les
adjudique destino en el puesto que vinieran desempeñando con
carácter definitivo o mediante adscripción provisional, de
conformidad con lo establecido en el artículo 78 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante la Excelentísima Sra.
Ministra de Cultura en el plazo de un mes desde su publicación
o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional
competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o
se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 7 de mayo de 2004.
CALVO POYATO
Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Cultura y Presidentes
de los Tribunales Calificadores.
ANEXO I
Descripción del proceso selectivo
Sección Archivos
1. La fase de oposición constará de tres ejercicios
eliminatorios y un cuarto voluntario.
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de tres
temas, seleccionados por sorteo por el Tribunal, en presencia de
los aspirantes, de entre los que componen el programa que figura
en el Anexo II, debiendo corresponder cada tema a cada uno de
los tres grupos en que está dividido el temario.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública
ante el Tribunal, que valorará la formación general y la puesta
al día, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal
de los aspirantes y facilidad de expresión.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio
será de tres horas.
Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de
los dos temas pertenecientes al temario de "Historia de las
Instituciones" y de "Archivística, y de cero a cinco el tema
perteneciente al temario de "Derecho y Administración", siendo
eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco
puntos por cada tema de los dos primeros casos, y dos puntos y
medio en el tercero. Aquellos aspirantes que obtengan una
calificación de diecinueve o más estarán exentos de realizar este
ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre que este primer
ejercicio tenga similar contenido y las mismas características.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de
dos supuestos prácticos iguales para todos los opositores:
Primero: El opositor desarrollará un supuesto, seleccionado
por sorteo por el Tribunal en presencia de los aspirantes, entre:
a) Descripción y análisis documental de uno o varios
documentos de los siglos XV al XVIII.
b) Descripción y análisis del procedimiento administrativo de
un expediente de los siglos XIX ó XX.
Segundo: Realización de un supuesto práctico que versará
sobre cuestiones relacionadas con el temario de Archivística, a
partir de los datos proporcionados por el Tribunal: Control de
la documentación, organización, descripción, difusión y
accesibilidad documental.
La duración máxima del ejercicio será de cuatro horas y,
posteriormente, deberá ser leído ante el Tribunal, que podrá dialogar
con el opositor durante un período máximo de quince minutos
sobre cuestiones relacionadas con los supuestos desarrollados.
Calificación: Se calificará cada supuesto del segundo ejercicio
de cero a diez puntos, siendo eliminados los opositores que no
obtengan un mínimo de cinco puntos por cada supuesto.
Tercer ejercicio: Consistirá en una prueba sobre un idioma
extranjero (inglés o francés) en el que el opositor realizará por
escrito, en castellano, un resumen de un texto de carácter
profesional no superior a 15 páginas, pudiendo utilizar diccionario.
El resumen será leído posteriormente ante el Tribunal, que podrá
hacer preguntas sobre el mismo al opositor.
El idioma elegido por el opositor se hará constar en el
apartado 25.B) del modelo de instancia.
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de
dos horas.
Calificación: Se calificará de cero a diez puntos, siendo
eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco
puntos.
Cuarto ejercicio: Consistirá en una prueba voluntaria de
traducción, con diccionario, de un texto máximo de 800 palabras
en cualquiera de las lenguas oficiales de la Unión Europea, que
no haya sido elegida por el opositor en el ejercicio obligatorio,
o en lengua latina ; siempre que, previamente, lo hayan hecho
constar en la solicitud: apartado 25.C).
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de
dos horas y treinta minutos.
Calificación: Se calificará de cero a cinco puntos. El opositor
que no alcance dos puntos y medio no obtendrá ninguna
puntuación.
2. Curso Selectivo.-La segunda fase del proceso selectivo
consistirá en un curso selectivo de hasta seis meses de duración,
dedicado fundamentalmente a completar los conocimientos
necesarios para el futuro ejercicio profesional.
El curso se iniciará en el plazo máximo de tres meses a partir
de la finalización del plazo de presentación de documentos a que
hace referencia la base 7.1.
La Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, vistos
los informes que emitan las unidades donde se haya realizado
este período, y recabado de dichas unidades o de las personas
responsables del curso las aclaraciones precisas sobre la actuación
y aprovechamiento de los funcionarios en prácticas, calificará
dicho período de "apto" o "no apto", siendo necesario obtener
la calificación de "apto" para superar esta fase del proceso
selectivo.
Quienes no superen el curso selectivo, perderán el derecho
a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución
motivada de la autoridad convocante.
3. Calificación final.-La calificación final vendrá determinada
por la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de
los ejercicios de la fase de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer
ejercicio. En caso de persistir el empate, a la mayor puntuación
obtenida en el segundo ejercicio, y, en caso de persistir a la mayor
puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
Sección Bibliotecas
1. La fase de oposición estará formada por los siguientes
ejercicios eliminatorios:
Primer ejercicio:
Turno libre: Consistirá en el desarrollo por escrito de cuatro
temas, seleccionados por sorteo por el Tribunal en presencia de
los aspirantes, de entre los que componen el programa que figura
en el ANEXO II de esta convocatoria, debiendo corresponder cada
tema a cada uno de los cuatro grupos en que está dividido el
temario.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio
será de cuatro horas.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes, en sesión pública
ante el Tribunal, que valorará la formación general, la claridad
y orden de ideas, la aportación personal del aspirante y la facilidad
de expresión.
Calificación: se calificará de cero a diez puntos por tema, siendo
eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco
puntos por tema. La puntuación máxima será de cuarenta puntos,
debiendo obtener una mínima de veinte para superarlo.
Promoción interna: Consistirá en el desarrollo por escrito de
tres temas, seleccionados por sorteo por el Tribunal en presencia
de los aspirantes, de los siguientes apartados que forman parte
del programa que figura en el Anexo II de esta convocatoria:
"Biblioteconomía", "Bibliografía y Documentación" e "Historia del
Libro y las Bibliotecas", debiendo corresponder cada tema a cada
uno de los tres apartados citados.
El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio
será de tres horas.
El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes, en sesión pública
ante el Tribunal, que valorará la formación general, la claridad
y orden de ideas, la aportación personal del aspirante y la facilidad
de expresión.
Calificación: se calificará de cero a quince puntos cada uno
de los temas correspondientes a lo apartados de "Biblioteconomía"
y "Bibliografía y Documentación", siendo eliminados los opositores
que no obtengan un mínimo de siete puntos y medio por tema.
Se calificará de cero a diez puntos el tema correspondiente al
apartado "Historia del Libro y las Bibliotecas", siendo eliminados
los opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos. La
puntuación máxima será de cuarenta puntos, debiendo obtener
una mínima de veinte para superarlo.
Segundo ejercicio (Turno libre y promoción interna): Consistirá
en la redacción del asiento bibliográfico en formato IBERMARC,
con clasificación decimal universal y asignación de
encabezamiento de materias, de cinco publicaciones (dos monografías, una
publicación periódica, un vídeo y una grabación sonora) iguales para
todos los opositores. La catalogación se hará de acuerdo con el
esquema para un segundo nivel de detalles.
Se facilitarán a los opositores una plantilla base del formato
así como las publicaciones oportunas o las correspondientes
fotocopias de las mismas, necesarias para poder realizar este ejercicio.
Los opositores podrán utilizar las Reglas de catalogación, el
Formato IBERMARC, la Clasificación Decimal Universal y Lista
de encabezamientos de materia para bibliotecas públicas vigentes.
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de
tres horas.
Calificación: se calificará de cero a diez puntos por cada asiento
bibliográfico completo, siendo eliminados los opositores que no
obtengan un mínimo de cinco puntos por asiento bibliográfico.
La puntuación máxima será de 50 puntos, debiendo obtener una
mínima de 25 para superarlo.
Tercer ejercicio (Turno libre y promoción interna): Consistirá
en la traducción, con diccionario, de un texto no inferior a 300
palabras, en inglés, francés, alemán o italiano, relativo a
bibliotecas.
El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de
dos horas.
El idioma elegido por el opositor se hará constar en el
apartado 25 B), del modelo de instancia.
Calificación: se calificará de cero a diez puntos, siendo
eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco
puntos.
La puntuación de la fase de oposición vendrá determinada por
la suma total de las calificaciones obtenidas en cada uno de los
ejercicios.
2. Fase de concurso: En esta fase, que no tendrá carácter
eliminatorio y que sólo se aplicará a quienes participando por
el turno de promoción interna hayan superado la fase de oposición,
se valorarán hasta un máximo de 20 puntos los siguientes méritos
referidos a la fecha de publicación de esta convocatoria en el
Boletín Oficial del Estado.
2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en
cualquier Cuerpo o Escala del Grupo C de los incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984 de 30 de Agosto (art. 1.1), de
acuerdo con la siguiente progresión:
1 año: 1 punto.
2 años: 1,5 puntos.
3 años: 2 puntos.
4 años: 2,5 puntos.
5 años o más: 3 puntos.
2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente el día
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, se
otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el grado 14 inclusive: 2,5 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,25 hasta un
máximo de 4 puntos.
2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa
el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la
siguiente puntuación:
Hasta el nivel 14 inclusive: 5 puntos.
Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0.50 puntos hasta
un máximo de 8. Las valoraciones efectuadas en este apartado
no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,
con independencia de sus efectos económicos.
2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación
relacionados con las funciones que desempeñarán en el Cuerpo de
Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos (Sección Bibliotecas),
acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con 0,5
puntos cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener
por este apartado será de 5 puntos.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo
incluido como Anexo V a esta convocatoria.
3. Curso selectivo: Los funcionarios en prácticas habrán de
superar con aprovechamiento un curso selectivo de formación,
que será de carácter teórico-práctico de hasta seis meses de
duración, dedicado fundamentalmente a completar los conocimientos
necesarios para el futuro ejercicio profesional.
El curso se iniciará en el plazo máximo de tres meses contados
a partir de la finalización del plazo de presentación de documentos
a que hace referencia la base 7.1.
La Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, vistos
los informes que emitan las unidades donde se haya realizado
el curso selectivo, y recabado de dichas unidades o de las personas
responsables del curso las aclaraciones precisas sobre la actuación
y aprovechamiento de los funcionarios en prácticas, calificará
dicho período de "Apto" o "No apto". Será necesario obtener la
calificación de "Apto" para superarlo.
Quienes no superen el curso selectivo, perderán el derecho
a su nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución
motivada de la autoridad convocante.
4. Calificación final: Para los aspirantes por el sistema general
de acceso libre la calificación final corresponderá a la de la fase
de oposición. En caso de empate, el orden se establecerá
atendiendo a la mayor puntuación alcanzada en el primer ejercicio,
o en su caso en los sucesivos.
Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la
calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
Sección Museos
1. La fase de oposición constará de tres ejercicios
eliminatorios y un cuarto no eliminatorio:
Primer ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de dos
temas entre los cuatro seleccionados a iniciativa del Tribunal de
entre los que componen el programa que figura en el anexo II,
debiendo corresponder los temas a desarrollar por el opositor del
siguiente modo:
Un primer tema, entre los dos elegidos por el Tribunal del
apartado "Museología".
Un segundo tema, entre los dos elegidos por el Tribunal del
apartado "Legislación".
El Título de los temas corresponde íntegramente al enunciado
que aparece en el programa del Anexo II.
Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de tres horas para
la realización de este ejercicio.
Dicho ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en
sesión pública convocada al efecto. El Tribunal valorará la
formación general, la claridad y orden de las ideas, la aportación
personal de los aspirantes y la facilidad de expresión
Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de
los temas, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos
en cada uno de ellos. La puntuación máxima será de veinte puntos.
Aquellos aspirantes que obtengan una calificación de quince
puntos o más estarán exentos de realizar este ejercicio en la siguiente
convocatoria, siempre que este primer ejercicio tenga similar
contenido y las mismas características.
Segundo ejercicio: Consistirá en el desarrollo por escrito de
dos temas entre los cuatro seleccionados por sorteo por el
Tribunal, en presencia de los aspirantes, de entre los que componen
el apartado "Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes".
Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de tres horas para
la realización de este ejercicio, que será posteriormente leído ante
el Tribunal en sesión pública convocada a tal efecto. El Tribunal
valorará la formación general, la claridad y orden de las ideas,
la aportación personal y la facilidad de expresión y exposición
de los aspirantes.
Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de
los temas, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos
por cada uno de ellos. La puntuación máxima será de 20 puntos.
Tercer ejercicio: Consistirá en la cumplimentación del Libro
de Registro y de las fichas de inventario correspondientes a seis
piezas elegidas de un total de nueve seleccionadas por el Tribunal
entre las materias incluidas en el apartado 3 del temario (tres
de etnología, tres de arqueología y tres de Bellas Artes), teniendo
el opositor que elegir, al menos dos de cada especialidad.
El opositor trabajará sobre la documentación facilitada por el
Tribunal.
El ejercicio deberá ser leído en sesión pública convocada al
efecto.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de cuatro horas.
Calificación: El ejercicio se calificará de cero a doce puntos,
siendo necesario obtener un punto como mínimo en cada una
de las piezas, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan
un mínimo de 6 puntos.
Cuarto ejercicio: Consistirá en una prueba que no tendrá
carácter eliminatorio sobre un idioma extranjero escogido por el
aspirante entre los oficiales de cualquiera de los países que integran
la Unión Europea, y que hará constar en el apartado 25 B) de
la solicitud. El aspirante deberá realizar por escrito un resumen
en castellano de un texto de carácter profesional que propondrá
el Tribunal, para lo cual dispondrá de dos horas. Para la realización
de este ejercicio el aspirante podrá utilizar diccionario. Dicho
ejercicio será posteriormente leído en sesión pública convocada al
efecto.
Calificación: el ejercicio se calificará de cero a cuatro puntos,
que serán añadidos a la calificación final de los ejercicios
eliminatorios.
2. Curso Selectivo: La segunda fase del proceso selectivo
consistirá en un Curso Selectivo, que será organizado por la
subdirección General de Museos Estatales.
El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los
aspirantes de unas pruebas sobre casos prácticos propuestos en
relación con las áreas básicas de formación que se impartan.
La duración del curso selectivo será de tres meses, en régimen
de estancia en Organismo Público y se iniciará en el plazo máximo
de tres meses contados a partir de la fecha de finalización de
presentación de documentos a que hace referencia la base 7.1.
Una parte del mismo se realizará en régimen de estancia en
unidades de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales
o Museos Estatales, como período de prácticas.
La Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, vistos
los informes que emitan las unidades donde se haya realizado
este período, y recabado de dichas unidades o personas las
aclaraciones precisas sobre la actuación y aprovechamiento de los
funcionarios en prácticas, calificará dicho período de "apto" o "no
apto", siendo necesario obtener la calificación de "apto" para
superar esta fase del proceso selectivo.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el
derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,
mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta
del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados los
tres ejercicios eliminatorios de la fase de oposición con al menos
el 55 por 100 de la puntuación máxima global quedarán exentos
de la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente
siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la
obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.
3. Calificación final: La calificación final vendrá determinada
por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada uno de
los ejercicios de la fase de oposición (tres eliminatorios y el cuarto
ejercicio no eliminatorio). En caso de empate, el orden se
establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por los
aspirantes en el segundo ejercicio ; en caso de persistir el empate,
a la mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio ; y de persistir
éste, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de
aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación
considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos
para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo
Internacional correspondiente.
Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con
minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los
aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para
las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su
solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y
medios para su realización.
ANEXO II
Temario
Sección Archivos
1. Historia de las Instituciones.
1.1 La Cancillería Castellano-Leonesa. Organización y
tipología diplomática.
1.2 La Cancillería Catalano-Aragonesa. Organización y
tipología diplomática.
1.3 La Administración Pública en la Edad Media. Historia y
fuentes.
1.4 La Administración Central en la Edad Moderna. Historia
y fuentes.
1.5 La Administración de Justicia en la Edad Moderna.
Historia y fuentes.
1.6 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en la Edad
Moderna. Historia y fuentes.
1.7 La Administración Territorial y Local en la Edad Moderna.
Historia y fuentes.
1.8 La Administración del territorio indiano. Instituciones
centrales: Historia y fuentes.
1.9 La Administración del territorio indiano. Instituciones
territoriales y locales: Historia y fuentes.
1.10 Las Cortes en la Edad Moderna. Historia y fuentes.
1.11 El constitucionalismo español. Historia y fuentes.
1.12 La desamortización. Historia y repercusión en los
archivos españoles.
1.13 La Administración Central en la Edad Contemporánea.
Historia y fuentes.
1.14 La Administración de Justicia en la Edad
Contemporánea. Historia y fuentes.
1.15 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en la Edad
Contemporánea. Historia y fuentes.
1.16 La Administración Territorial y Local en la Edad
Contemporánea. Historia y fuentes.
1.17 La Institución Notarial. Evolución histórica y fuentes.
1.18 La organización territorial y jerárquica de la Iglesia
española. Evolución histórica y fuentes.
1.19 La organización señorial y mayorazgos. Evolución
histórica y fuentes.
1.20 Los partidos políticos y las organizaciones sindicales en
la España contemporánea.
1.21 Las instituciones de Beneficencia en España. Historia
y fuentes.
1.22 Las relaciones exteriores de España en la Edad Moderna
y Contemporánea. Historia y fuentes.
1.23 La agricultura y la ganadería. Historia y fuentes.
1.24 La industria y el comercio. Historia y fuentes.
1.25 Los Ejércitos en la España Moderna. Historia y fuentes.
1.26 Los Ejércitos en la España contemporánea. Historia y
fuentes.
1.27 El gobierno interior del estado. Seguridad interior y
orden público. Historia y fuentes.
1.28 La Educación en España. Historia y fuentes.
1.29 La Inquisición. Historia y fuentes.
1.30 Monacato y Clero regular en España. Historia y fuentes.
1.31 La Guerra Civil y el Franquismo. Historia y fuentes.
1.32 Los archivos familiares y personales. Historia y fuentes.
2. Archivística:
2.1 Concepto de archivo. Evolución histórica de la
archivística.
2.2 El principio de procedencia y la teoría de las edades de
los documentos.
2.3 Funcionamiento general de los archivos y funciones
básicas del archivero.
2.4 La administración española de los archivos. El Ministerio
de Cultura y la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.
Las Comunidades Autónomas y sus competencias en materia de
archivos.
2.5 El sistema archivístico español.
2.6 Los archivos de la Administración Central. Archivos de
los Ministerios y el Archivo General de la Administración de Alcalá
de Henares.
2.7 Los archivos Generales del Estado.
2.8 Los archivos de las Reales Chancillerías. Los archivos
históricos regionales.
2.9 Los Archivos Históricos Provinciales.
2.10 Los archivos de la Administración Local: Archivos de
las Diputaciones y archivos municipales.
2.11 Los archivos eclesiásticos, familiares y económicos.
2.12 Los archivos militares españoles.
2.13 Organismos internacionales en materia de archivos.
2.14 La identificación de los fondos. El cuadro de
clasificación.
2.15 La valoración. Instrumentos resultantes y consecuencias
prácticas. Selección y expurgo.
2.16 Transferencias y control de la documentación. Entradas
y salidas de documentos de los archivos.
2.17 Descripción de fondos.
2.18 La normalización en la descripción archivística: normas
ISAD (G) e ISAAR (CPF).
2.19 Difusión y accesibilidad documental. Aspectos legales.
2.20 La difusión. El servicio a la Administración y a los
ciudadanos. Servicios educativos y culturales.
2.21 Lenguajes documentales. Tesauros.
2.22 Reproducción de documentos. Técnicas y funciones
archivísticas.
2.23 La informática aplicada a los archivos. El proyecto de
Archivos Españoles en Red.
2.24 Tratamiento y conservación de documentos
audiovisuales.
2.25 Los documentos electrónicos.
3. Derecho y Administración:
3.1 La Constitución Española de 1978: Elaboración.
Estructura. Valores y Principios. Reforma.
3.2 Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías
constitucionales. La suspensión de los derechos y libertades.
3.3 El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.
3.4 La Corona. Sucesión, Regencia y Tutela. Las funciones
constitucionales del Rey. El refrendo de los actos del Rey.
3.5 Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y
el Senado: Composición, elección y funciones. Funcionamiento
de las Cámaras, órganos y Estatuto de sus miembros.
3.6 El procedimiento legislativo. Leyes orgánicas y ordinarias.
Legislación delegada. Decretos-leyes. Tratados internacionales.
3.7 El Gobierno. Composición. Organización. Funciones. El
procedimiento de investidura. La moción de censura. La cuestión
de confianza.
3.8 El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.
La Administración de Justicia. El Ministerio Fiscal.
3.9 La Organización territorial del Estado. Comunidades
Autónomas y Administración Local. Distribución de competencias
y coordinación entre las distintas Administraciones públicas.
3.10 La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio
Histórico Español. El Patrimonio Documental y Bibliográfico. Los
archivos, bibliotecas y museos. La declaración de bienes de interés
cultural. La protección de los bienes muebles e inmuebles. Las
medidas de fomento.
3.11 Los reales Decretos 111/1986, de 10 de enero, de
desarrollo parcial de la Ley del Patrimonio Histórico Español,
y 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el Real
Decreto 111/1986. Los órganos colegiados. Los instrumentos
administrativos. La transmisión y explotación de los bienes integrantes
del Patrimonio Histórico.
3.12 Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución.
La Ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.
3.13 La legalidad administrativa. El acto administrativo. Los
recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.
3.14 Evolución histórica de la legislación sobre
procedimiento administrativo en España. El procedimiento administrativo:
Concepto, principios generales y fases del procedimiento.
3.15 El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Clasificación y características. Normativa.
3.16 El régimen jurídico de la función pública estatal.
Situaciones administrativas. Derechos y Deberes. Incompatibilidades.
El régimen disciplinario. Perdida de la condición de funcionario.
3.17 Los Presupuestos Generales del Estado y el ciclo
presupuestario.
3.18 Sistema Institucional de la Unión Europea.
Sección Bibliotecas
1. Biblioteconomía:
1.1 Concepto de biblioteca. Tipos de bibliotecas y su función.
Perspectivas de futuro.
1.2 Las bibliotecas nacionales. Conceptos, funciones y
servicios. Situación en España. La Conferencia de Directores de
Bibliotecas Nacionales (CDNL).
1.3 Las bibliotecas públicas. Conceptos, funciones y
servicios. Situación en España.
1.4 Las bibliotecas universitarias. Conceptos, funciones y
servicios. Situación en España. REBIUN.
1.5 Las bibliotecas especializadas. Conceptos, funciones y
servicios. Situación en España.
1.6 Proceso técnico: selección y adquisición de libros y otros
materiales. Criterios, fuentes y métodos para la constitución y
el mantenimiento de la colección. Norma ISO 11799 para
almacenamiento de la Colección Bibliográfica.
1.7 Gestión de la colección: Organización de los depósitos.
Reconocimiento del estado de la colección. Medidas de prevención
y corrección de agentes degradantes de la colección.
1.8 La catalogación. Elaboración, normalización y
mantenimiento de catálogos. La catalogación cooperativa. La
iniciativa ICABS.
1.9 Los formatos MARC. Los formatos IBERMARC.
1.10 Los lenguajes de marcado aplicados a los registros
bibliográficos. MARC XML DTD ; MARC XML Schema.
1.11 Análisis de la estructura de la información bibliográfica:
las ISBD, las GARR y los FRBR. Las Reglas de Catalogación
españolas.
1.12 Principales tipos de clasificación bibliográfica.
Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas. La clasificación decimal
universal.
1.13 La biblioteca híbrida. Desarrollo y mantenimiento.
1.14 Los servicios virtuales de la biblioteca. Desarrollo y
mantenimiento. Referencias internacionales. Situación en España.
1.15 La biblioteca digital. Desarrollo y mantenimiento.
Situación en España.
1.16 La biblioteca digital: panorama internacional. La Digital
Library Federation. Los estándares de la Library of Congress. El
Comité de Asuntos Digitales (CDI) de la Conferencia de Directores
de Bibliotecas Nacionales (CDNL).
1.17 Formación de usuarios. Servicios de extensión
bibliotecaria.
1.18 Análisis de la estructura de la información de los fondos
y localizaciones: Z39.83, ISO 10.324. Los formatos MARC 21
y UNIMARC para fondos y localizaciones.
1.19 Preservación y conservación de los materiales
bibliográficos: encuadernación, restauración, microfilmación,
digitalización, etc. Norma ISO 14416.
1.20 La cooperación bibliotecaria en España en la actualidad.
Organismos, mecanismos, programas y proyectos.
1.21 La difusión. Apertura hacia los ciudadanos. Servicios
educativos y culturales. Uso de la WWW y el correo electrónico.
Los Portales de las bibliotecas.
1.22 Evaluación de los procesos y los servicios bibliotecarios.
Norma ISO 11620.
1.23 Sistemas integrados de automatización de bibliotecas.
Situación actual y tendencias de futuro.
1.24 Construcción y equipamiento de bibliotecas
1.25 Organizaciones internacionales al servicio de las
bibliotecas: UNESCO, IFLA, ISO, etc.
2. Bibliografía y Documentación:
2.1 Bibliometría. Concepto, Función y Crítica.
2.2 Definición y objetivos de la bibliografía. Teoría y técnica.
2.3 Evolución histórica de la bibliografía.
2.4 La normalización de la identificación bibliográfica. El
ISBN, el ISSN y otros números internacionales. Identificadores
permanentes: DOI, RDF.
2.5 Estado actual de la bibliografía en el mundo. Impacto
de las tecnologías de la información y de la comunicación.
2.6 Bibliografía de bibliografías.
2.7 Bibliografías nacionales.
2.8 Bibliografías de publicaciones periódicas.
2.9 Bibliografías de publicaciones oficiales.
2.10 Bibliografía y fuentes de información sobre recursos
electrónicos.
2.11 El libro infantil. Obras de referencia y bibliografías.
2.12 Análisis documental. Indización. Resúmenes.
2.13 Lenguajes documentales. Los tesauros: creación y
mantenimiento. ISO 2788.
2.14 Recursos sobre bibliotecas en la World Wide Web.
2.15 El diseño, desarrollo, mantenimiento y explotación de
las bases de datos en España. Aspectos éticos, jurídicos y legales.
2.16 Los catálogos colectivos en España en la actualidad.
2.17 Las tecnologías de la información y su aplicación a los
procesos bibliotecarios.
2.18 Automatización de bibliotecas. Diseño, desarrollo,
implantación y mantenimiento.
2.19 La biblioteca digital: proyectos de ámbito nacional e
internacional. La Digital Library Federation.
2.20 Internet y la WWW: estado actual y perspectivas de
futuro.
2.21 La Ontología y la web semántica: recomendaciones
del W3C.
2.22 La búsqueda y la recuperación normalizada de la
información bibliográfica: Z39.50 y Z39.50 International Next
Generation (ZING).
2.23 El acceso a la información en la red: los metadatos:
la Dublin Core Metadata Initiative.
3. Historia del libro y las bibliotecas:
3.1 El libro y las bibliotecas en la antigüedad.
3.2 El libro en la Edad Media.
3.3 Las bibliotecas en la Edad Media.
3.4 Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.
3.5 La imprenta en España durante el siglo XV.
3.6 El libro en el siglo XVI.
3.7 Las bibliotecas en el siglo XVI.
3.8 El libro en el siglo XVII.
3.9 Las bibliotecas en el siglo XVII.
3.10 La imprenta industrial: avances tecnológicos a partir de
los siglos XVIII y XIX.
3.11 Las bibliotecas en el siglo XX.
3.12 El libro y la edición en el siglo XX.
3.13 Perspectivas de la edición en el siglo XXI. Libros bajo
demanda, eBooks, etc. La edición electrónica.
3.14 La industria editorial y el comercio del libro en España
en la actualidad.
3.15 El patrimonio bibliográfico español. Legislación.
3.16 La propiedad intelectual en España.
4. Administración y Legislación:
4.1 La Constitución Española.
4.2 Organización territorial del Estado español. Las
Comunidades Autónomas y la Administración Local.
4.3 Jefatura del Estado. Poderes legislativo, ejecutivo y
judicial.
4.4 Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución.
La Ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.
4.5 La legalidad administrativa. El acto administrativo. Los
recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.
4.6 Las competencias del Estado en materia de cultura.
Estructura organizativa del Ministerio de Cultura en relación con
el libro, archivos y bibliotecas.
4.7 Estructura organizativa y competencias en materia de
bibliotecas en la Administración de las Comunidades Autónomas
y en la Administración Local.
4.8 La legislación bibliotecaria en España.
4.9 El personal al servicio de las Administraciones Públicas.
Clasificación y características. Normativa.
4.10 Los Presupuestos de las Administraciones Públicas en
España. Los Presupuestos Generales del Estado y el ciclo
presupuestario.
4.11 El sistema institucional comunitario: el Consejo, la
Comisión, el Parlamento Europeo, el Tribunal de Justicia y el
Tribunal de Cuentas.
Sección Museos
1. Museología:
1.1 El concepto del Museo.
1.2 Historia de los Museos en España.
1.3 Tipología de museos. Museos de titularidad estatal.
Sistema Español de Museos. La Junta Superior de Museos.
1.4 El museo como responsable de la conservación del
patrimonio histórico.
1.5 La concepción espacial del museo. Sus áreas y
características. Bases para el proyecto arquitectónico.
1.6 Museología y Museografía. Definición y evolución.
1.7 Plan museológico y programa museográfico. Criterios
para su elaboración.
1.8 La exposición permanente. Nuevos criterios en la
instalación museográfica.
1.9 Exposiciones temporales. Definición, gestión y
organización.
1.10 Organización interna del museo. El profesional de
museos.
1.11 El sistema de documentación en el museo.
1.12 Los fondos museográficos. Régimen jurídico, formas de
ingreso y tipos de movimiento.
1.13 El público en el museo. Sistemas de evaluación.
1.14 La seguridad en el museo.
1.15 La conservación en el museo. Conservación preventiva
y criterios para la restauración.
1.16 Acción cultural y educativa en los museos.
2. Legislación:
2.1 La Constitución Española. Antecedentes. Estructura. Los
Principios Constitucionales.
2.2 Derechos Fundamentales y libertades públicas. Su
protección y garantía.
2.3 La organización territorial del Estado: Comunidades
Autónomas, Provincia y Municipios.
2.4 La reforma constitucional. El Tribunal Constitucional.
2.5 La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento
Administrativo Común. Derechos de los ciudadanos.
2.6 El Procedimiento administrativo: concepto, naturaleza,
caracteres y fases.
2.7 Los actos jurídicos de la administración: públicos y
privados. Acto administrativo: concepto, elementos y clases.
2.8 Los contratos de las Administraciones Públicas.
Principios generales. Tipos de contratos y sus características.
2.9 La legislación española sobre el Patrimonio Histórico
Español. Antecedentes y situación actual. La distribución de
competencias en materia de cultura.
2.10 Normativa estatal y autonómica en materia de museos.
El Reglamento de Museos de titularidad estatal y el Sistema
Español de Museos.
2.11 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico.
Su régimen jurídico.
2.12 Regímenes especiales de protección.
2.13 El tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado
geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional ;
importación, exportación. Tráfico jurídico: transacciones y cambio
de propiedad de los bienes culturales. La garantía del Estado.
2.14 Modos de adquisición de bienes culturales: oferta directa
de venta ; derechos de tanteo y retracto; subastas en el extranjero;
oferta de venta irrevocable (exportación definitiva) ; exportación
ilícita ; decomiso; donaciones; legados y herencias; expropiación
forzosa ; dación en pago de impuestos; apremio sobre el
patrimonio ; hallazgos casuales; permuta; premios; usucapión;
recolección ; producción propia y cambio por adscripción.
2.15 Medidas de fomento. Infracciones y sanciones
administrativas en la legislación sobre el Patrimonio Histórico. Los delitos
penales sobre el Patrimonio Histórico. La labor de los Cuerpos
y Fuerzas de Seguridad del Estado en defensa del Patrimonio
Histórico Español.
2.16 Tratamiento del Patrimonio Histórico en la Unión
Europea. Acuerdos y Tratados internacionales sobre protección del
Patrimonio Histórico suscritos por España.
3. Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes:
3.1 Metodología del trabajo de campo en Antropología.
3.2 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España.
3.3 Antropología del género.
3.4 El concepto de religiosidad popular.
3.5 Indumentaria tradicional en Andalucía.
3.6 Instrumentos musicales populares en España.
3.7 La vivienda tradicional española.
3.8 Antropología de la fiesta: la fiesta del fuego en España.
3.9 Amuletos y protectores en la joyería popular española.
3.10 Juegos y juguetes en la tradición cultural española.
3.11 Mobiliario popular en España.
3.12 El arte pastoril.
3.13 Sistemas y procedimientos de datación en arqueología.
Corrientes actuales en la investigación arqueológica.
3.14 El Paleolítico Superior en el norte peninsular.
3.15 La cerámica griega.
3.16 La escultura ibérica.
3.17 Los vidrios romanos.
3.18 El retrato romano en España.
3.19 La orfebrería visigoda.
3.20 Motivos decorativos hispano musulmanes.
3.21 Arte y cultura material Inca.
3.22 Iconografía religiosa azteca. Códices
3.23 Cultura material hispano sefardí.
3.24 Iconografía en el arte medieval.
3.25 La pintura hispano flamenca.
3.26 El Greco.
3.27 La escultura española en el siglo XVI.
3.28 La pintura barroca en España (I): Velázquez.
3.29 La pintura barroca en España (II): Zurbarán, Ribera,
Murillo. Otras escuelas.
3.30 La escultura española en el siglo XVII.
3.31 Goya y su época.
3.32 Neoclasicismo y Romanticismo en la pintura española
del siglo XIX.
3.33 Joaquín Sorolla.
3.34 Maestros de la pintura española en el siglo XX (I): Pablo
Picasso.
3.35 Maestros de la pintura española en el siglo XX (II): Dalí,
Miró, Juan Gris.
3.36 Cerámica de Talavera, Puente del Arzobispo.
3.37 Cerámica de Alcora y Manises.
3.38 La platería civil en España.
3.39 Mobiliario español siglo XVI al XIX.
3.40 Numismática como fuente de la historia.
3.41 El dibujo en España.
3.42 Armas blancas reglamentarias españolas.
3.43 Armas de fuego reglamentarias española.
3.44 Metodología de la arqueología subacuática. El Centro
Nacional de Investigaciones Arqueológicas Submarinas.
ANEXO III
Tribunales
Sección Archivos
Tribunal Titular:
Presidente: Don Eduardo Gómez-Llera García-Nava. Cuerpo
Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Don Juan Manuel Gómez Cano. Escala de Gestión
de Empleo del INEM.
Vocales:
Doña Teresa Engenios Martín. Cuerpo Facultativo de
Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Don Pablo Herradon Llorente. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Don Miguel Angel Esparza Torres. Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad.
Tribunal Suplente:
Presidenta: Doña Beatriz Franco Espiño. Cuerpo Facultativo
de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Don Javier Lázaro Merino. Escala de Gestión de
Empleo del INEM.
Vocales:
Doña Teresa Martín Ayuso. Cuerpo Facultativo de Archiveros,
Bibliotecarios y Arqueólogos.
Doña Angela Herrero Lorca. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
Doña Pilar Azcárate Aguilar-Amat. Cuerpo de Profesores
Titulares de Universidad.
Sección Bibliotecas
Tribunal Titular:
Presidenta: Doña Ana Herrero-Botas Vigil. Cuerpo Facultativo
de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Don Angel Feliz de la Iglesia. Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Don Fernando de la Fuente Arranz. Cuerpo Facultativo de
Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Doña M.a Luisa Hermida Corchón. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña M.a del Mar Rebollo Abbad. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Tribunal Suplente:
Presidenta: Doña Elena Martinez Oyarzabal. Cuerpo
Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretaria: Doña Soledad Estadella González. Cuerpo de
Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Doña Alicia Garcia Medina. Cuerpo Facultativo de Archiveros,
Bibliotecarios y Arqueólogos.
Doña M.a José Rucio Zamorano. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña M.a José Saldaña Fernandez. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Sección Museos
Tribunal titular:
Presidenta: Doña Carmen Pérez de Andrés. Cuerpo Facultativo
de Conservadores de Museos.
Secretaria: Doña Iria Losada Baltar. Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Vocales:
Doña M.a Luisa Menéndez Robles. Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos.
Don Feliciano Novoa Portela. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña Mercedes Rodríguez Collado. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Tribunal Suplente:
Presidenta: Doña Ana Carmen Lavín Berdonces. Cuerpo
Facultativo de Conservadores de Museos.
Secretaria: Doña Elisa de Cabo de Vega. Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
Vocales:
Doña Ángeles del Egido Rodríguez. Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos.
Doña Isabel Sánchez Arias. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
Doña Carolina Aguado. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de
asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares:
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo
de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos".
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se
consignará Archivos, Bibliotecas o Museos según proceda".
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L", en
el caso de que se acceda por el sistema de Acceso Libre, o "P",
si se accede por el sistema de Promoción Interna.
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Cultura".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al 33
por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por el
cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el
recuadro 22.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
la titulación que se posea para poder participar en virtud de lo
señalado en la base 2.1.3.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará la sección
"Archivos", "Bibliotecas " o "Museos" por la que opte el aspirante ;
en el apartado B, se consignará el idioma elegido por el aspirante
de los indicados en el anexo I de cada sección para la realización
del correspondiente ejercicio de la fase de oposición. Los
aspirantes de la sección de Archivos que deseen realizar el cuarto
ejercicio de la fase de oposición, harán constar el idioma elegido
para el mismo en el apartado C.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 19,14
euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante
el sistema general de acceso libre y de 9,57 euros para los
aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0104-0301-28-0302-037799 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte Derechos de examen". El ingreso
podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de minusvalía igual o superior al 33
por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo
de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
ANEXO V (Ver imagen página 20290)
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