Visto el expediente de indulto de doña Laura Pérez Poza, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en sentencia de fecha 4 de mayo de 2003, como autora de un delito de robo con intimidación, a la pena de un año de prisión, y de un delito de robo con intimidación con uso de arma, a la pena de un año y nueve meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2002, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de mayo de 2004,
Vengo en conmutar a doña Laura Pérez Poza las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 21 de mayo de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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