Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-10292

Orden ECI/1619/2004, de 20 de mayo, por la que se aprueba la resolución definitiva del concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, convocado por Orden ECD/3592/2003, de 9 de diciembre.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 3 de junio de 2004, páginas 20398 a 20399 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-10292

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECD/3592/2003, de 9 de diciembre (Boletín Oficial

del Estado del 23), se convocó concurso de traslados de

funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza

Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores

de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes

Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y

Diseño.

De conformidad con la base decimoséptima de la Orden de

convocatoria, mediante Resolución de 1 de abril de 2004 (Boletín

Oficial del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del 26),

se aprobó la adjudicación provisional del citado concurso de

traslados y ordenó su exposición a fin de que los interesados pudieran

presentar reclamaciones o renuncias a su participación.

Consideradas las reclamaciones y renuncias a que se refiere

el apartado anterior y en cumplimiento de lo dispuesto en la base

decimoctava de la citada Orden de convocatoria,

Este Ministerio, ha dispuesto:

Primero.-Aprobar las resoluciones definitivas de estos

concursos de traslados contenidas en los listados que a continuación

se relacionan, declarando asimismo desestimadas las

reclamaciones no recogidas en las mismas:

Listado de participantes ordenados por orden de puntuación,

con indicación del destino adjudicado.

Listado general de participantes ordenados por orden

alfabético, con indicación de las puntuaciones obtenidas y, en su caso,

del destino adjudicado.

Segundo.-Declarar definitivamente excluidos de la

participación de los citados concursos de traslados a los participantes que

figuran en el correspondiente listado, con indicación de las causas

que han motivado su exclusión.

Tercero.-Ordenar la exposición de los listados indicados en

los apartados anteriores, a partir del próximo día 8 de junio, en

los tablones de anuncios de las Direcciones Provinciales de Ceuta

y Melilla y en el Servicio de Información del Ministerio de

Educación y Ciencia.

Ordenar, asimismo, la exposición a partir del día 8 de junio,

en los lugares indicados en el apartado anterior, de la relación

de concursantes de los Cuerpos citados, que habiendo participado

con carácter forzoso según la base novena, apartado 1, de la Orden

de convocatoria, no han obtenido destino definitivo y se les

declara, por tanto, pendientes de destino provisional, con indicación

de la provincia en la que han quedado destinados.

Cuarto.-La adjudicación de destinos provisionales para el

curso 2004/2005 para aquellos concursantes que habiendo

participado con carácter forzoso no hayan obtenido destino definitivo,

se realizara por las Direcciones Provinciales teniendo en cuenta

las necesidades docentes, las especialidades de las que sean

titulares, así como las puntuaciones obtenidas en este concurso y

demás criterios de participación.

Quinto.-La toma de posesión de los destinos obtenidos por

la presente Orden será de 1 de septiembre de 2004.

Sexto.-La documentación presentada por los participantes en

el concurso de traslados podrá ser retirada, durante el mes de

octubre de 2004. A tal efecto podrán acudir personalmente o

delegar en otra persona, debidamente autorizada, siempre que no se

haya interpuesto recurso por el propio interesado o terceros que

pudieran afectarle. Si la documentación no se retirase en el plazo

señalado, se entenderá que el participante renuncia a su

recuperación, decayendo, por tanto, en su derecho a ello.

Séptimo.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y

contra la misma los interesados podrán interponer recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el artículo

9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 90.4 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de Julio, del Poder Judicial, en la redacción

dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de Julio, en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su

notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de

la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida

potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante la Subsecretaria

del Ministerio de Educación y Ciencia, de acuerdo con lo dispuesto

en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 20 de mayo de 2004.-La Ministra, P. D. (Orden

ECI/1217/2004, de 3 de mayo, B.O.E. del 6), el Subsecretario,

Fernando Gurrea Casamayor.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid