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Por Orden INT/993/2004, de 31 de marzo, de la Dirección
General de Instituciones Penitenciarias, se convocan pruebas
selectivas para el ingreso en el Cuerpo Facultativo de Sanidad
Penitenciaria ("Boletín Oficial del Estado" de 16 de abril de 2004).
Expirado el plazo de presentación de solicitudes y de acuerdo
con lo dispuesto en la base 4.1 de la convocatoria, se declara
aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, y se publica
la relación de excluidos, de las pruebas selectivas de referencia,
con expresión de las causas de exclusión que se adjuntan en el
Anexo I.
Al mismo tiempo se establece que:
Primero.-Las listas certificadas provisionales completas de
admitidos y excluidos, serán expuestas en las Delegaciones del
Gobierno de las comunidades Autónomas, Subdelegaciones del
Gobierno de las provincias, Dirección General de Instituciones
Penitenciarias del Ministerio del Interior, Dirección General de
la Función Pública y en el Centro de Información Administrativa
del Ministerio para las Administraciones Públicas.
Segundo.-El primer ejercicio de la fase de oposición será el
día 22 de junio de 2004, a las 17 horas, y se realizará en la
Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Telecomunicaciones,
en la Avenida de la Complutense sin número, de Madrid, Edificio
"Sanz Mancebo", Antiguo Edificio A.
Los aspirantes concurrirán a la prueba provistos del documento
nacional de identidad o pasaporte, lápiz y goma de borrar, o
bolígrafo.
Tercero.-De conformidad con lo previsto en el artículo 71 de
la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por
Ley 4/1999, de 13 de enero, se concede a los aspirantes un plazo
de diez días, contados a partir de la publicación de esta resolución
en el "Boletín Oficial del Estado", para la subsanación de errores
u omisiones que hubiese en las citadas listas.
Cuarto.-Los aspirantes que dentro del plazo señalado no
subsanen el error u omisión, justificando su derecho a estar incluidos
en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de
la realización de las pruebas selectivas.
Quinto.-Frente a los actos de exclusión definitivos dictados
por la autoridad convocante, podrán los aspirantes interponer
potestativamente recurso de reposición ante esta autoridad
convocante en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
al de la publicación de la Resolución o ser impugnada directamente
ante el órgano jurisdiccional competente, pudiendo interponerse
en este caso recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses a partir del día siguiente de la publicación de la
Resolución, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley
4/1999, de 13 de enero y la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 26 de mayo de 2004.-La Directora General, Mercedes
Gallizo Llamas.
Ilmo Sr. Presidente del Tribunal.
RELACIÓN QUE SE CITA
Lista de excluidos
N.orden Instancia Apellidosynombre DNI F. nacimiento Minusvalía Exclusiones
1 51 Andrés González, José Fernando .......................... 51.887.107 05/03/1960 0 7 y 10
2 54 Cruzado Romero, Mario Antonio .......................... 47.826.217 09/10/1945 0 3, 4 y 9.
3 50 Gómez González, Manuel Ramón .......................... 10.037.071 14/02/1956 0 4
4 47 Martínez Caballero, Nuria .................................. 33.517.197 01/08/1972 0 4
5 53 Quesada Núñez, Gonzalo Martín .......................... 2.293.197 09/12/1962 0 9
6 49 Sanz de Siria Catalán, Ángel ............................... 10.540.956 26/09/1950 0 4
ANEXO I
Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria
1. Instancia Fuera de plazo.
2. Falta Documento Nacional de Identidad.
3. Falta de pago de las tasas de los derechos de examen.
4. Falta fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.
5. Falta certificado de demanda de empleo, o certificado incompleto.
6. Falta firma en solicitud.
7. Falta declaración jurada de no percibir rentas superiores, en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.
8. Falta certificado de no haber rechazado ofertas de empleo adecuada, ni que se haya negado a participar en acciones de promoción,
formación o reconversiones profesionales.
9. No poseer Nacionalidad Española.
10. Falta antigüedad requerida en INEM.
11. Falta compulsa toda documentación.
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