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Documento BOE-A-2004-10371

Resolución de 7 de mayo de 2004, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Ampliación y mejora de los muelles del Cos Nou en el Puerto de Mahón", de la Autoridad Portuaria de Baleares.

Publicado en:
«BOE» núm. 134, de 3 de junio de 2004, páginas 20483 a 20484 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-10371

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier otra actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto Ampliación y mejora de los muelles del Cos Nou en el Puerto de Mahón se encuentra comprendido en el apartado k) del grupo 9, «Otros proyectos», del Anexo II del Real Decreto Legislativo 1302/1986 antes referido.

Con fecha 28 de noviembre de 2003, Puertos del Estado remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación y potenciales impactos, al objeto de determinar la necesidad de su sometimiento a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

El proyecto Ampliación y mejora de los muelles del Cos Nou en el Puerto de Mahón, cuya descripción figura en el anexo, consiste, fundamentalmente, en aumentar la longitud de muelle y la anchura de tacones para adaptarlos a las exigencias de la operativa portuaria.

La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental ha solicitado informe a los siguientes organismos e instituciones: Dirección General de Costas (Ministerio de Medio Ambiente), Dirección General de Conservación de la Naturaleza (Ministerio de Medio Ambiente), Dirección General de Biodiversidad (Consejería de Medio Ambiente del Gobierno Balear), Dirección General de Calidad Ambiental y del Litoral (Consejería de Medio Ambiente del Gobierno Balear), Dirección General de Pesca (Consejería de Agricultura y Pesca del Gobierno Balear), Instituto Español de Oceanografía, Ayuntamiento de Mahón, Ecologistas en Acción y Greenpeace. Un resumen de esta consulta se recoge en el anexo.

Considerando las respuestas recibidas y los criterios del Anexo III del Real Decreto Legislativo 1302/1986, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales significativos que aconsejen someter el proyecto Ampliación y mejora de los muelles del Cos Nou en el Puerto de Mahón al procedimiento de evaluación de impacto ambiental. Entre los principales motivos para tomar esta decisión destaca el que las obras tengan lugar en el interior de las actuales instalaciones portuarias, que junto con la pequeña magnitud del proyecto y la ausencia de dragados, hacen que no se prevean efectos adversos significativos sobre la calidad de las aguas ni sobre las comunidades naturales de la zona.

Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 del Real Decreto Legislativo precitado, y teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio, de fecha 4 de mayo de 2004, considera que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto Ampliación y mejora de los muelles del Cos Nou en el Puerto de Mahón.

No obstante, los materiales de préstamo necesarios para la ejecución del proyecto procederán de canteras debidamente autorizadas. La apertura de nuevas canteras, si ello fuera preciso, se llevará a cabo contando con los permisos y autorizaciones del órgano que ostente esa competencia en el Gobierno de las Islas Baleares. Así mismo, los residuos que se generen en las tareas de construcción y demolición previstas en el proyecto, se gestionarán de acuerdo con lo dispuesto en la normativa específica de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

La Autoridad Portuaria de Baleares se responsabilizará del cumplimiento de las medidas correctoras propuestas en la documentación presentada.

Madrid, 7 de mayo de 2004.–El Secretario general, Arturo Gonzalo Aizpiri.

ANEXO
Descripción del proyecto

El objeto del proyecto es adaptar las infraestructuras a las necesidades demandadas por las nuevas tipologías de buques que operan en el puerto de Mahón, aumentando la longitud de muelle y la anchura de los tacones.

El muelle existente es de gravedad, constituido por bloques de hormigón con relleno de material granular en su trasdós. El pie del muelle cuenta con una banqueta de hormigón, lo que hace que no sea posible dragar para aumentar el calado, ya que podría producirse el descalce del muelle.

Ante esta situación, la solución que se plantea es una ampliación hacia el mar de la línea de cantil del muelle actual, mediante losa de hormigón apoyada sobre vigas y pilotes hincados in situ, proporcionando así un incremento de la superficie para manejo de mercancías de unos 10.000 metros cuadrados.

Esta solución estructural presenta las siguientes ventajas:

Adaptación de la actual infraestructura a las nuevas tipologías de buques que operan en el puerto de Mahón; se aumenta el calado sin necesidad de modificar o recalzar el muelle existente; es una solución constructiva más rápida que un muelle de gravedad; produce menos impacto ambiental sobre las aguas del puerto, ya que no se realizan dragados ni vertidos ni rellenos de ningún tipo.

El proyecto se desarrolla en las siguientes zonas de actuación:

Zona 1:

Es la zona comprendida entre la estación naval y la zona de reparación embarcaciones. En esta zona se encuentra un diente de dimensiones 40 x 18, 5 metros, que limita la longitud de la línea de atraque por lo que únicamente puede operar un sólo barco de grandes dimensiones.

Ante este problema, la solución planteada es la demolición de dicho diente, que, como se ha dicho, representa un impedimento para la nueva distribución de líneas de atraque propuesta.

Una vez demolido el diente, se construirá una alineación de pilotes de 200 metros paralela al cantil del muelle. Sobre estos pilotes se apoyarán las correspondientes losas sobre vigas de hormigón. Estas losas irán ancladas a una viga riostra de 200 metros que se construirá en la explanada del muelle existente y paralela a la nueva línea de atraque. La anchura de la losa de hormigón es de 5 metros, lo que permitirá alcanzar un calado de 7,5 metros, suficiente para satisfacer la demanda actual de los grandes buques de mercancías que operan en el puerto de Mahón.

Esta línea de atraque, de 200 metros como se ha dicho, finaliza en un tacón, perpendicular a ella, que sale 30 metros hacia el mar.

Zonas 2, 3 y 4:

A continuación del tacón señalado en la zona anterior se dispone otra línea de atraque, también de 200 metros de longitud, paralela a la anterior y avanzada respecto de ésta los 30 metros correspondientes a la anchura del tacón. El total de la explanada que se pretende construir en estas tres zonas tiene una superficie de 6.125 metros cuadrados.

Esta zona se divide en tres módulos, exactamente iguales, de 66,7 x 35 metros. Cada uno de estos módulos estará formado por un encepado de 45 pilotes de hormigón de 140 centímetros de diámetro y 22 metros de longitud, distribuidos en cinco filas de nueve pilotes cada uno, separados una distancia de 7,25 metros aproximadamente. Sobre ellos se apoyarán sus respectivos cabeceros, vigas y losas de hormigón.

Zona 5:

En esta zona se proyecta un tacón continuo a la línea de atraque que formarán las zonas 2, 3 y 4, y saliendo 35 metros hacia el mar con una anchura de 40,2 metros. La formación del mismo será similar a la de las zonas antes mencionadas, mediante encepado de 42 pilotes de 140 centímetros de diámetro y cabeceros, vigas y losas de hormigón armado.

Consultas realizadas:

A continuación se resume el contenido de las contestaciones recibidas a las consultas realizadas por la dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental:

Dirección General de Costas: Informa de que las obras tienen lugar íntegramente en el dominio público portuario y no son de prever afecciones al medio ambiente ni al dominio público marítimo-terrestre adicionales, por lo que no plantea objeciones al proyecto.

Dirección General de Conservación de la Naturaleza: Indica que las obras se circunscriben al ámbito concreto del puerto y en un entorno antropizado. Sugiere que, si bien el proyecto no es de gran envergadura, se hace recomendable establecer un calendario de obras que respete los períodos de cría y reproducción de las poblaciones de aves presentes en el emplazamiento LIC/ZEPA «De S’Albufera a Sa Mola». Considera que no es necesario someter el proyecto a procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Consejería de Medio Ambiente: La Consejería de Medio Ambiente, a través de la Comisión Balear de Medio Ambiente, recomienda que se establezcan medidas correctoras para minimizar los impactos. Señala que se deben determinar las canteras para suministro de materiales, y que los residuos de construcción y demolición deben gestionarse de acuerdo con la normativa vigente.

Consejería de Agricultura y Pesca: Esta Consejería, por medio de la Dirección General de Pesca, considera el proyecto tendrá escasa incidencia sobre la actividad pesquera, a excepción de la que se pueda derivar del incremento de la turbidez por la movilización de sedimentos. Sugiere que se tomen medidas para que el incremento de la turbidez no afecte a las poblaciones fitoplanctónicas y, como consecuencia, a los recursos pesqueros.

Instituto Español de Oceanografía: Comunica que no tiene sugerencias que añadir al contenido de la memoria resumen.

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