Finalizado el proceso de selección y valoración de los aspirantes
previsto en la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso
por el sistema general de acceso libre, a la Escala de Preparadores
de Laboratorio del Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial
"Esteban Terradas", publicada por Orden DEF/3285/2003, de 19
de noviembre, del Ministerio de Defensa (Boletín Oficial del Estado,
del 27), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado, y en la base séptima, de
la Orden del Ministerio de Defensa de 19 de noviembre de 2003,
antes citada, y de acuerdo con la certificación emitida por el
Tribunal calificador de dichas pruebas selectivas.
Esta Dirección General de Personal ha resuelto:
Primero.-Hacer pública la lista con los aspirantes aprobados
según figura en el anexo que se acompaña a la presente
Resolución.
Segundo.-Los aspirantes aprobados disponen de un plazo de
veinte días naturales a contar desde el siguiente a la publicación
de la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", para
presentar en el Registro general del Ministerio de Defensa o bien
en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes
documentos:
1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o del
pasaporte.
2. Fotocopia compulsada del título de Graduado Escolar,
Bachiller elemental, Enseñanza secundaria obligatoria LOGSE,
Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, o bien,
de acuerdo con la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia
de 4 de febrero de 1986, del Certificado de Estudios Primarios
expedido con anterioridad al año académico 1975-1976.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
presentarse fotocopia compulsada de la documentación que
acredite su homologación.
3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración
Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, según el modelo que figura como anexo II.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar, además de la declaración relativa al Estado español
a que se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa
de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en su Estado el acceso a la función pública, según
el modelo que figura como anexo III.
4. Los aspirantes extranjeros que no residan en España
deberán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber
solicitado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no
la hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la
solicitud de participación.
5. Certificado médico oficial que acredite no padecer
enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
Tercero.-Quienes tuvieran la condición de funcionarios
públicos estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones
y demás requisitos ya probados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central
de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran
para acreditar tal condición, y demás circunstancias que consten
en su expediente personal.
Cuarto.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza
mayor debidamente acreditados, no presentaran la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno
de los requisitos señalados en la base 2 de la convocatoria, no
podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus
actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen
incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Contra esta Resolución que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses desde el día siguiente a su publicación, ante el
órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto
en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el excelentísimo señor
Ministro de Defensa, en el plazo de un mes desde el día siguiente
a su publicación, significándose que, en este caso, no se podrá
interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta del mismo.
Madrid, 26 de mayo de 2004.-El Director general, Luis Roca
Ramírez.
ANEXO
Preparadores de Laboratorio del INTA
Apellidosynombre DNI Puntuación
Laguna Hernández, Hugo ............. 53.021.891-Z 74,04
Tamara José María, Antonio ........... 681.424-A 69,90
García-Patrón Mendiburu, Martín ...... 39.893.134-W 65,62
Galindo Verdugo, Juan ................ 8.960.602-D 56,00
ANEXO II
Don/Doña .................................................,
con domicilio en ...............................................,
y documento de identidad número ..............., declara bajo
juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a
de la Escala de ................................................,
que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el
ejercicio de las funciones públicas.
En ............... a ...... de ............... de 200 ...
ANEXO III
Don/Doña .................................................,
con domicilio en ...............................................,
y documento de identidad número ..............., declara bajo
juramento o promesa, a efectos de ser nombrado funcionario/a
de la Escala de ................................................,
que no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal
que impida en ..................... (nombre del país) el acceso
a la función pública.
En ............... a ...... de ............... de 200 ...
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