El Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, por el que
se establecen las normas básicas para el acceso y la provisión
de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación,
en su artículo 5.1. dispone que las Administraciones educativas,
de acuerdo con sus respectivas ofertas de empleo procederán a
realizar la convocatoria para la provisión de plazas autorizadas
en dicha oferta de empleo.
La Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia
por Orden de 18 de marzo de 2002, procedió a convocar
procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Inspectores
de Educación.
Desarrollado todo el procedimiento que marcaba la Orden de
convocatoria, por Resolución de 11 de septiembre de 2003
(Boletín Oficial de la Región de Murcia del 9 de octubre) del Consejero
de Educación y Cultura de la Región de Murcia, se aprueba el
expediente del procedimiento selectivo convocado por la citada
Orden de 18 de marzo de 2002.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real
Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre,
Este Ministerio, a propuesta de la Consejería de Educación
y Cultura de la Región de Murcia, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de
Inspectores de Educación a los seleccionados en el procedimiento
selectivo convocado por Orden de 18 de marzo de 2002, que
aparecen relacionados en el Anexo de esta Orden, con indicación
del Número de Registro de Personal que les corresponde.
Segundo.-Los nombrados a través de la presente Orden se
considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de
Inspectores de Educación con efectos de 1 de septiembre de 2003.
Tercero.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía
administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica
6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116
y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13
de enero.
Madrid, 29 de diciembre de 2003.-La Ministra, P.D. (Orden
de 1 de febrero de 2001, B.O.E del 9), el Director general de
Programación Económica, Personal y Servicios, Gregorio Moreno
López.
Ilmo. Sr. Director general de Programación Económica, Personal
y Servicios.
ANEXO
Cuerpo: 0510 Inspectores de Educación
N.R.P. Apellidosynombre D.N.I. Puntuación
2292296746 A0510 Sánchez Liarte
Carmelo.
22.922.967 32.8733
2247927502 A0510 Nortes Navarro,
Andrés.
22.479.275 31.6834
2244011446 A0510 Gómez Albaladejo,
Alfonso Diego.
22.440.114 29.9332
7433902702 A0510 Sánchez Pacheco,
Diego.
74.339.027 28.2834
654193035 A0510 Gómez Hernández,
Francisco Ignacio.
6.541.930 27.1483
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