El Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas básicas para el acceso y la provisión de puestos de trabajo en el Cuerpo de Inspectores de Educación, en su artículo 5.1 dispone que las Administraciones educativas, de acuerdo con sus respectivas ofertas de empleo procederán a realizar la convocatoria para la provisión de plazas autorizadas en dicha oferta de empleo.
La Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia por Orden de 18 de marzo de 2002, procedió a convocar procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Inspectores de Educación.
Desarrollado todo el procedimiento que marcaba la orden de convocatoria, por Resolución de 11 de septiembre de 2003 («Boletín Oficial de la Región de Murcia» del 9 de octubre) del Consejero de Educación y Cultura de la Región de Murcia, se aprueba el expediente del procedimiento selectivo convocado por la citada orden de 18 de marzo de 2002.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto 2193/1995, de 28 de diciembre,
Este Ministerio, a propuesta de la Consejería de Educación y Cultura de la Región de Murcia, ha dispuesto:
Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 18 de marzo de 2002, que aparecen relacionados en el anexo de esta orden, con indicación del Número de Registro de Personal que les corresponde.
Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación con efectos de 1 de septiembre de 2003.
Contra esta orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente orden podrá ser recurrida potestativa-mente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Madrid, 29 de diciembre de 2003.‒La Ministra, P. D. (Orden de 1 de febrero de 2001, BOE del 9), el Director general de Programación Económica, Personal y Servicios, Gregorio Moreno López.
Ilmo. Sr. Director general de Programación Económica, Personal y Servicios.
NRP | Apellidos y nombre | DNI | Puntuación |
---|---|---|---|
2292296746 A0510 | Sánchez Liarte, Carmelo. | 22922967 | 32.8733 |
2247927502 A0510 | Nortes Navarro, Andrés. | 22479275 | 31.6834 |
2244011446 A0510 | Gómez Albaladejo, Alfonso Diego. | 22440114 | 29.9332 |
7433902702 A0510 | Sánchez Pacheco, Diego. | 74339027 | 28.2834 |
654193035 A0510 | Gómez Hernández, Francisco Ignacio. | 6541930 | 27.1483 |
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