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Documento BOE-A-2004-11002

Orden DEF/1760/2004, de 3 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 12 de junio de 2004, páginas 21433 a 21438 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2004-11002

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004, de 6 de febrero, («Boletín Oficial del Estado» del día 7) por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas por el Artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para acceso al Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada, con sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas Generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 2 plazas, del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada, Código 0406, por el sistema de promoción interna.

El conjunto de plazas ofertado se distribuye por áreas de especialización en la forma en que se relaciona a continuación:

Especialidad Total plazas
Químico de Laboratorio. 1
Construcciones Metálicas. 1
 Total. 2

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el plazo máximo de dos meses contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. La duración máxima del proceso selectivo será de cuatro meses, contados a partir de la fecha de realización del primer ejercicio.

1.5 Concluido proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español.

2.1.2 Edad: No haber alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Pertenencia a Cuerpo: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o a Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al mencionado grupo C, y estar además destinados en la Administración General del Estado.

2.1.4 Antigüedad: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas del grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o en Cuerpos o Escalas Postales y de Telecomunicación adscritos al grupo C.

2.1.5 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.6 Compatibilidad funcional: No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.7 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en el Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana 109), en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página de Internet www.map.es/serviciospalpciudadano/empleoppublico/procesospselectivos.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

3.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Defensa o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de Defensa. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento que soliciten adaptación de tiempo y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de minusvalía.

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5 Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de especialización de las señaladas en la base 1.1 de esta convocatoria.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de Personal del Ministerio de Defensa, dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio de la fase de oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Dirección de Gestión de Personal, Cuartel General de la Armada, C/ Montalbán, número 2, 28071 Madrid, teléfono 91.379.50.00, extensión 24234 o 24233.

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de enero de 2004 (Boletín Oficial del Estado del 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del tribunal señalada en la base 5.4.

6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que la hubieran superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para presentar en el Registro General del Ministerio de Defensa (Paseo de la Castellana 109), o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida por los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo que figura como Anexo V. Igualmente deberán presentar justificación de todos los méritos que deban ser objeto de valoración. La no presentación de la certificación en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante de la fase de concurso.

6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal, la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes. Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizadas las fases de oposición y de concurso, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación por cada especialidad, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, en la sede del Tribunal y en aquellos otros que estime oportunos.

Dicha relación se elevará al Director General de Personal del Ministerio de Defensa, que la publicará en el «Boletín Oficial del Estado», disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde la citada publicación, para la presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Los aspirantes que no presenten dicha documentación en el plazo indicado no serán nombrados funcionarios de carrera.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada especialidad.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará dentro de cada especialidad, de acuerdo con la puntuación total obtenida, y en su caso, según la petición de destino, a la vista de los puestos ofertados.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 30/1984, de 2 de agosto; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el ilustrísimo señor Director General de Personal en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso - administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso - Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso - administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 3 de junio de 2004.‒P.D. (Orden DEF/1612/2004, de 1 de junio, BOE del 2), el Director General de Personal, Luis Roca Ramírez.

Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal Calificador.

ANEXO I
Descripción del proceso selectivo

El proceso selectivo constará de dos fases, fase de oposición y fase de concurso.

1. La oposición estará formada por los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de preguntas múltiples relacionado con la especialidad a la que se oposite, con una duración de noventa minutos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de problemas relacionados con la especialidad, con una duración de tres horas.

Tercer ejercicio: Constará de una prueba de conocimiento del idioma inglés, consistente en la traducción directa de un texto sin diccionario, para lo cual el aspirante dispondrá de una hora, y en una práctica de conversación oral, para lo que se dispondrá de treinta minutos.

Las dos primeras pruebas serán eliminatorias, y la tercera puntuable, pero no eliminatoria.

Los ejercicios de la oposición se calificarán de la siguiente manera:

Primer ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 30 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 15 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio: Se otorgará una calificación máxima de 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio: Se otorgará una calificación de cero a 20 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 10 puntos para que este ejercicio sea puntuado.

Todas las preguntas tendrán el mismo valor, penalizándose con el 25 por 100 del valor de una contestación aquellas que sean erróneas.

La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

2. Fase de concurso:

Se valorarán los siguientes méritos.

a) Antigüedad: La antigüedad del funcionario en Cuerpos o Escalas incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, a que se refiere la base 2.1.3, se valorará teniendo en cuenta los servicios prestados o reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, hasta la fecha de publicación de esta convocatoria, asignándose a cada año completo de servicios efectivos un punto, hasta un máximo de 31 puntos.

b) Grado personal consolidado: Según el grado personal que tenga consolidado el día de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y formalizado como tal a través del acuerdo de reconocimiento de grado por la Autoridad competente, se otorgará la siguiente puntuación:

Grado 14: 11 puntos.

Grado 15-16: 13 puntos.

Grado 17-18: 14 puntos.

Grado 19-20: 15 puntos.

Grado 21-22: 16 puntos.

c) Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupe en la Administración General del Estado el día de publicación de esta convocatoria, se otorgará la siguiente puntuación:

Nivel 14: 7 puntos.

Nivel 15: 8 puntos.

Nivel 16: 9 puntos.

Nivel 17: 10 puntos.

Nivel 18: 11 puntos.

Nivel 19: 12 puntos.

Nivel 20 en adelante: 13 puntos.

La valoración efectuada en este apartado no podrá ser modificada por futuras reclasificaciones de nivel con independencia de los efectos económicos de las mismas.

A los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijos, se les valorará el nivel del puesto reservado en la Administración General del Estado u Órganos Constitucionales, y a los funcionarios en situación de servicios especiales con derecho a reserva de puesto en la Administración General del Estado y Órganos Constitucionales, el nivel de puesto de trabajo en que les correspondería efectuar el reingreso.

A los funcionarios en comisión de servicios se les valorará el nivel de complemento de destino de su puesto de origen, y a los funcionarios en adscripción provisional se les valorará el nivel correspondiente al grado que tengan consolidado o, si no lo tuvieran, el nivel mínimo del grupo C.

d) Por estar en posesión de titulación académica igual o superior a la exigida para ingreso en Cuerpos o Escalas del grupo B, en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, 3 puntos.

e) Cursos realizados: Por los cursos realizados hasta la fecha de publicación de esta convocatoria relacionados con el área de especialización a la que se opte, a juicio del Tribunal, hasta dos puntos, a razón de 0’50 por cada uno.

f) Por pertenecer a los siguientes Cuerpos se otorgarán diez puntos:

Cuerpo de Maestros de Arsenales de la Armada (código 0416).

Escala de Cartógrafos de la Armada a extinguir (código 0417).

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1. La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

2. La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

3. La mayor puntuación alcanzada en antigüedad.

4. La mayor puntuación otorgada al trabajo desarrollado.

5. La mayor puntuación otorgada al grado personal consolidado.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

ANEXO II
Programa

Temas comunes: Organización y funcionamiento de la Administración General del Estado

Tema 1. La Administración General del Estado. Órganos superiores de la Administración General del Estado. Órganos territoriales de la Administración General del Estado.

Tema 2. El ordenamiento jurídico administrativo. Fuentes. La Constitución. La Ley. Sus clases. Los tratados internacionales.

Tema 3. Los actos jurídicos de la Administración Pública: públicos y privados. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La eficacia de los actos administrativos.

Tema 4. El Procedimiento Administrativo. Concepto, naturaleza y caracterización. El Procedimiento Administrativo Común. Sus clases.

Tema 5. Régimen jurídico de los funcionarios públicos. Derechos y deberes de los funcionarios públicos. Régimen de incompatibilidades.

Tema 6. La administración institucional. Los organismos públicos. Los organismos autónomos. Las entidades públicas empresariales. Régimen jurídico. Entidades excluidas de la regulación general.

Tema 7. El control de las Administraciones Públicas. Principios comunes. Requisitos necesarios para la celebración de los contratos. Perfección, formalización y extinción de los contratos. Actuaciones administrativas. Formas de adjudicación de los contratos.

Tema 8. Los contratos regulados por la Ley de Contratos del Estado. Tipos. Características generales.

Especialidad: Química de Laboratorio

Tema 9. Teoría Atómica y Molécula. Leyes fundamentales de la Química.

Tema 10. Estructura del Átomo. El núcleo atómico.

Tema 11. Estados de la materia. Propiedades de los gases.

Tema 12. Propiedades de los líquidos y sólidos.

Tema 13. Disoluciones. Propiedades.

Tema 14. Sistema periódico. Propiedades periódicas.

Tema 15. El enlace químico.

Tema 16. Reacciones químicas. Equilibrio químico. Estequiometría velocidad de reacción.

Tema 17. Equilibrio iónico.

Tema 18. Ácido base.

Tema 19. Solubilidad.

Tema 20. Oxidación-Reducción.

Tema 21. Reacciones Nucleares.

Tema 22. Formulación Química Inorgánica.

Tema 23. Formulación Química Orgánica.

Tema 24. Elementos no metálicos: carbono, nitrógeno, oxigeno y azufre.

Tema 25. Procesos de la química inorgánica básica.

Tema 26. Enlace de carbono. Cadenas carbonadas. Isomería.

Tema 27. Hidrocarburos saturados.

Tema 28. Hidrocarburos aromáticos y heterociclos.

Tema 29. Funciones oxigenadas: alcoholes, aldehídos, ácidos y esteres.

Tema 30. Funciones nitrogenadas: aminas, amidas y nitrilos.

Tema 31. Química del petróleo.

Tema 32. Materiales y operaciones básicas de laboratorio.

Tema 33. Análisis químico cualitativo de cationes.

Tema 34. Análisis químico cualitativo de aniones.

Tema 35. Análisis orgánico elemental.

Tema 36. Análisis químico de funciones orgánicas.

Tema 37. Análisis cuantitativo.

Tema 38. Acidimetrías y alcalinometrías.

Tema 39. Volumetrías de precipitación y de formación de complejos.

Tema 40. Volumetrías de oxidación-reducción.

Tema 41. Análisis metalográfico.

Tema 42. Análisis bromatológico y clínico.

Tema 43. Espectrofotometría ultravioleta y visible.

Tema 44. Espectrofotometría de infrarrojo.

Tema 45. Espectroscopia de absorción atómica.

Tema 46. Espectroscopia de resonancia magnética nuclear.

Tema 47. Polarimetría.

Tema 48. Espectrometría de masas.

Tema 49. Potenciometría.

Tema 50. Conductometría.

Tema 51. Electro gravimetría.

Tema 52. Culombimetría.

Tema 53. Cromatografía: capa fina y electroforesis.

Tema 54. Cromatografía de gases y líquidos.

Tema 55. Instrumentación y control. Medida de temperatura, presión, viscosidad, nivel y humedad.

Tema 56. Termoquímica.

Tema 57. Explosivos iniciadores.

Tema 58. Explosivos rompedores (altos explosivos).

Tema 59. Nitrocelulosa.

Tema 60. Nitroglicerina.

Tema 61. Pólvoras de simple base.

Tema 62. Pólvoras de doble base.

Tema 63. Pólvoras insensibles.

Tema 64. Propulsantes líquidos.

Tema 65. Propulsantes compuestos.

Tema 66. Estabilidad química de las pólvoras.

Tema 67. Macromoléculas. Polímeros de adición y condensación.

Tema 68. Adhesivos. Ensayos.

Tema 69. Diagrama de equilibrio hierro-carbonato.

Tema 70. Aceros.

Tema 71. Tratamientos mecánicos.

Tema 72. Tratamientos térmicos.

Tema 73. Tratamientos superficiales.

Tema 74. Ensayos mecánicos. Ensayos de tracción y dureza.

Tema 75. Aleaciones de cobre. Latones. Aleaciones de aluminio.

Especialidad: Construcciones Metálicas

Tema 9. Dibujo técnico industrial.

Tema 10. Cortes y secciones.

Tema 11. Acotación.

Tema 12. Conos (conocidad, convergencia, inclinación). Cálculos generales.

Tema 13. Sistemas de roscas, representaciones especificaciones y cálculos.

Tema 14. Acabados superficiales, rugosidad, signos y representación.

Tema 15. Sistemas de tolerancias y ajustes.

Tema 16. Cálculos y representación de ajustes.

Tema 17. Tolerancias geométricas.

Tema 18. Normalización. Objeto, ventajas y normas.

Tema 19. Metrología. Medir, comparar, verificar, elementos utilizados.

Tema 20. Trazado.

Tema 21. Limado.

Tema 22. Taladrado.

Tema 23. Aserrado.

Tema 24. Brochado.

Tema 25. Rasqueado.

Tema 26. Conocimiento de la materia.

Tema 27. Clasificación y designación de los materiales.

Tema 28. Propiedades y ensayos de los materiales.

Tema 29. Metalografía.

Tema 30. Tratamientos térmicos de los aceros.

Tema 31. Tratamientos termoquímicos.

Tema 32. Control de la temperatura en los tratamientos térmicos.

Tema 33. Introducción a la resistencia de materiales.

Tema 34. Aleaciones especiales.

Tema 35. Conformación de materiales sin arranque de viruta, operaciones y procedimientos.

Tema 36. Curvado, estirado, extrusionado, trefilado. Generalidades.

Tema 37. Prensas, troqueles y estampas.

Tema 38. Condiciones y características de los metales y aleaciones empleadas.

Tema 39. Plegado, enderezado, embutido forjado. Generalidades.

Tema 40. Fundamentos del corte y punzonado. Generalidades.

Tema 41. Muelles, clases representación y acotación.

Tema 42. Mecanismos elementos de transmisión de mando. Relación de transmisión.

Tema 43. Hidráulica aplicada. Principios fundamentales.

Tema 44. Neumática aplicada. Principios fundamentales

Tema 45. Automoción de máquinas herramientas. Control numérico.

Tema 46. Perfiles laminados, férricos y no férricos.

Tema 47. Representación convencional de perfiles.

Tema 48. Elementos de unión. Generalidades.

Tema 49. Representación gráfica de soldaduras.

Tema 50. Posiciones de soldar UNE14009.

Tema 51. Soldadura blanda.

Tema 52. Soldadura dura.

Tema 53. Soldadura por fusión con soplete.

Tema 54. Soldadura eléctrica.

Tema 55. Soldadura por resistencia.

Tema 56. Métodos especiales de soldadura.

Tema 57. Conocimientos de tuberías comerciales. Accesorios para tuberías.

Tema 58. Accesorios para tuberías.

Tema 59. Presiones de pruebas y de trabajo.

Tema 60. Trazado y desarrollo de tubos y cuerpos especiales.

Tema 61. Trazado de estructuras metálicas. Generalidades.

Tema 62. Muelas abrasivas.

Tema 63. Útiles y máquinas para la utilización de muelas abrasivas.

Tema 64. Tecnología del corte de los materiales.

Tema 65. Máquinas herramientas. Principios fundamentales. Generalidades.

Tema 66. Mecanismos del torno y herramientas. Tornos especiales.

Tema 67. Mecanismos de la fresadora, herramientas y trabajos en fresadora.

Tema 68. Procedimientos y cálculos.

Tema 69. Descripción de la rectificadora universal, plana y afiladora.

Tema 70. Procesos de mecanizado en el rectificado y velocidad de corte.

Tema 71. Trabajos especiales, rectificadora de perfiles y lapeado.

Tema 72. Seguridad e higiene en el trabajo.

Tema 73. Salud laboral y calidad de vida.

Tema 74. Factores de riesgo: físicos, químicos, biológicos y organizativos

Tema 75. Medidas de prevención y protección.

ANEXO III
Tribunal calificador

Tribunal titular:

Presidente: D. Raimundo Paredes Quijano, Coronel del Cuerpo de Intendencia de la Armada.

Secretario: D. Ricardo Fonticoba Abrodes, Alférez de Fragata del Cuerpo de Especialistas de la Armada.

Vocales:

D. Eduardo Alfredo Braña Estevez, Capitán de Corbeta del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.

D. Juan Felipe López Merenciano, Teniente de Navío del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.

D. Hilario García Herranz, Comandante Auditor.

Tribunal suplente:

Presidente: D. Luis Delgado Moreno, Teniente Coronel del Cuerpo de Intendencia de la Armada.

Secretario: D. Francisco Javier Sieres Pérez, Capitán de Fragata del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.

Vocales:

D. Jesús Jabalera Abad, Alférez de Navío del Cuerpo de Especialistas de la Armada.

D. Cristóbal Colón Gómez, Comandante del Cuerpo de Intendencia de la Armada.

D. Ricardo Galdón Brugarolas, Comandante Auditor.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas.

ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares:

En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará: Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada; código: 0406.

En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se consignará la especialidad concreta a la que desea presentarse. No es necesario indicar código.

En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra mayúscula «P» (promoción interna).

En el recuadro 18, «Ministerio/Organo/Entidad convocante» se consignará: Ministerio de Defensa. No es necesario señalar código.

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

El recuadro 20, «Provincia de examen», no es necesario su cumplimentación.

En el recuadro 21, «Minusvalía»: los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales» se hará constar la titulación que se posee para participar en estas pruebas, de acuerdo con lo señalado en la base 2.1.5 de esta convocatoria.

En el recuadro A) del epígrafe 25, datos a consignar según la base de la convocatoria, se indicará el Cuerpo o Escala de pertenencia del aspirante según se indica en la base 2.1.3.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 9,57 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consular es españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número 0182/2370/48/0201503641 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, sucursal 2370, con domicilio en calle de Alcalá número 16 de Madrid, a nombre de «Tesoro Público. Ministerio de Defensa. Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero. Tasa 14020. Derechos de examen». El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima, mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria, siendo preciso que quede claro ante la entidad destinataria de la transferencia que el destino de la tasa es el pago de los derechos de examen.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

ANEXO V

(El certificado debe extenderse en copia de ese Anexo)

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