Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 dos de la
Ley 62/2003 de 30, de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
de 31 de diciembre), de Medidas Fiscales, Administrativas y del
Orden Social, por el que se regula la integración del personal
del Instituto de Salud Carlos III en la Escala de Ayudantes de
Investigación de los Organismos Públicos de Investigación
dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública del Ministerio de Administraciones Públicas, acuerda
aprobar la convocatoria para la integración del personal funcionario
en la Escala de Ayudantes de Investigación de los Organismos
Públicos de Investigación, con sujeción a las siguientes
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Podrán solicitar la integración en la Escala de Ayudantes
de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación los
funcionarios de carrera en servicio activo en el Instituto de Salud
Carlos III que a la entrada en vigor de la Ley 62/2003, de 30
de diciembre cumplan con los requisitos enumerados en el
apartado dos del art. 54 de dicha Ley que se especifican en la base
segunda de esta convocatoria.
1.2 Los funcionarios que se integren en la Escala de
Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de
Investigación quedarán en situación de excedencia en su Cuerpo o Escala
de origen, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29.3 a)
de la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma
de la Función Pública.
2. Requisitos de candidatos
2.1 Tendrán derecho a integrarse en la Escala de Ayudantes
de Investigación de los Organismos Públicos de Investigación los
funcionarios de carrera que el día 1 de enero de 2004 fecha de
la entrada en vigor de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre cumplan
los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión del título Bachiller Superior, BUP,
Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o cualquier otro
título equivalente.
b) Pertenecer como funcionarios de carrera a Cuerpos,
Escalas o plazas del grupo C.
c) Estar desempeñando actividades de aplicación en relación
con métodos, procesos o sistemas científicos o técnicos ya
establecidos ; realizar ensayos, análisis y experimentos de carácter
rutinario ; manejar equipos o instrumentos científicos, o realizar
tomas, preparaciones y tratamientos de muestras.
d) Hallarse en situación de servicio activo en el Instituto de
Salud Carlos III.
3. Solicitudes
3.1 Todos los funcionarios, que reuniendo los requisitos
establecidos en la base 2.1, deseen participar en esta convocatoria para
integrarse en la Escala de Ayudantes de Investigación de los
Organismos Públicos de Investigación, deberán hacerlo constar en
instancia dirigida al Secretario General de Política Científica y
Tecnológica. Dicha solicitud se ajustará al modelo que figura en
el anexo II de esta convocatoria y que estará disponible en la página
web del Ministerio de Educación y Ciencia http:/www.mec.es
3.2 A dicha solicitud el aspirante deberá acompañar:
a) Fotocopia compulsada del título exigido o certificación
académica que acredite su posesión.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia
compulsada de la credencial que acredite su homologación.
b) Certificado de la Unidad de Personal del Instituto de Salud
Carlos III, según modelo adjunto que figura en el Anexo III.
c) Currículum vitae del período de tiempo en el que se hayan
desarrollado las actividades a que se refiere la base 2.1.c), de acuerdo
con el modelo normalizado que se encontrará disponible en la página
web del Ministerio de Educación y Ciencia http:/www.mec.es, y del
Instituto de Salud Carlos III, http:/www.isciii.es
El currículum vitae se presentará en papel, con todas sus hojas
firmadas.
3.3 Las solicitudes se presentarán en el Registro General del
Ministerio de Educación y Ciencia (calle Los Madrazo, 15 -17,
28014 Madrid), en el Registro General del Instituto de Salud
Carlos III (calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid) o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de mes a partir
del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el
"Boletín Oficial del Estado".
4. Admisión de solicitantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante dictará Resolución en el plazo máximo de
un mes, declarando aprobada la lista de solicitantes admitidos
y excluidos, con indicación de sus apellidos, nombre y número
de Documento Nacional de Identidad o Pasaporte, así como, en
su caso, de las causas de exclusión, señalando un plazo de diez
días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente a aquél en
el que se haga pública la resolución. Así mismo, se indicarán
los lugares donde se encuentren expuestas al público las listas
de aspirantes admitidos y excluidos.
4.2 La lista de admitidos y excluidos deberá ser expuesta en
los tablones y la página web del Ministerio de Educación y Ciencia,
y del Instituto de Salud Carlos III en la Dirección General de la
Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del
Ministerio de Administraciones Públicas y en las Delegaciones y
Subdelegaciones del Gobierno en las Comunidades Autónomas.
4.3 Contra la Resolución definitiva que se hará pública en
los mismos lugares a que se refiere el apartado anterior, podrá
interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo
de un mes ante el mismo órgano que dictó la Resolución, o
directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos
meses contados a partir del día siguiente al de su publicación,
ante el órgano competente del orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
5. Comisión calificadora
5.1 La comprobación de los requisitos a los que se refiere
la base 2, corresponderá a la Comisión calificadora que figura
en el anexo I de esta Convocatoria.
5.2 La Comisión calificadora podrá disponer la incorporación
a sus trabajos de asesores especialistas. Asimismo, la Comisión
podrá requerir del solicitante la documentación complementaria
que considere procedente.
5.3 Cuando concurran motivos de abstención o se haya
promovido la recusación de alguno de los miembros de la Comisión,
se estará a lo previsto en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.4 Para la válida constitución de la Comisión, a efectos de
la celebración de sesiones, deliberaciones y adopción de acuerdos,
se requerirá la presencia del Presidente y Secretario, o en su caso,
de quienes le sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros,
titulares o suplentes. Los acuerdos se alcanzarán por mayoría de
votos de los asistentes. En caso de empate, el Presidente tendrá
voto de calidad.
5.5 La Comisión calificadora resolverá todas las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo
que deba hacerse en los casos no previstos.
El procedimiento de actuación de la Comisión calificadora se
ajustará en todo momento a lo dispuesto en el capítulo II del
título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común.
5.6 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, la
Comisión calificadora tendrá su sede en el Instituto de Salud
Carlos III, calle Sinesio Delgado, 4, 28029 Madrid,
teléfono 91-822-20.00.
La Comisión dispondrá que al menos una persona, miembro
o no de la Comisión, atienda en dicha sede cuantas cuestiones
sean planteadas en relación con esta convocatoria.
6. Resolución del procedimiento de integración
6.1 La Comisión calificadora tendrá un plazo máximo para
resolver y notificar el procedimiento de integración de cuatro meses
desde la fecha de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín
Oficial del Estado".
6.2 Finalizado el proceso, la Comisión calificadora hará
pública la relación de los funcionarios que se integran en la Escala
de Ayudantes de Investigación de los Organismos Públicos de
Investigación. En todo caso, la relación deberá ser expuesta en
el Ministerio de Educación y Ciencia, en el Instituto de Salud Carlos
III, en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro
de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
en las Comunidades Autónomas.
6.3 Contra las resoluciones de la Comisión calificadora y sus
actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o
produzcan indefensión, podrá interponerse recurso de alzada ante
el Ministerio de Educación y Ciencia, en el plazo de un mes a
partir del día siguiente al de su publicación o notificación, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
7. Nombramiento de funcionarios
El nombramiento de los funcionarios de carrera que se integren
en la Escala de Auxiliares de Investigación será objeto de
publicación en el Boletín Oficial del Estado.
8. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos
deriven de ella y de la actuación de la Comisión calificadora podrán
ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones de la Comisión calificadora,
conforme a lo previsto en la mencionada Ley.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Madrid, 26 de mayo de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden
ECI/1217/2004, de 3-05, BOE del 06-05), el Subsecretario,
Fernando Gurrea Casamayor.
Ilma. Sra. Subdirectora General de Administración de Recursos
Humanos.
ANEXO I
Comisión calificadora
Titular:
Presidenta: Dña. Odorina Tello Anchuela. Cuerpo de Médicos
de la Sanidad Nacional.
Vocales: Dña. Gloria Díaz Mesanza. Cuerpo Superior de
Administradores Civiles del Estado.
D. José M.a Lillo Fernández de Cueva. Cuerpo de Gestión de
la Administración Civil del Estado.
D. Antonio Fernández Uría, Escala de Investigadores Titulares
de OPIs.
Secretario: D. Gregorio González Diego. Cuerpo de Ingenieros
Industriales del Estado.
Suplente:
Presidente: D. Luciano Saez Ayerra. Cuerpo Superior Sistemas
y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado.
Vocales: D. Luis Rodríguez Peñamil. Escala Técnica de Gestión
de OO.AA.
Dña. M.a Pilar Valle García. Cuerpo de Gestión de la
Administración Civil del Estado.
Dña. Concepción García Vallejo. Escala de Investigadores
Titulares de OPIs.
Secretaría: Dña. Carmen Calvo Figuero. Cuerpo Técnico de
Auditoría y Contabilidad.
SIGUEN ANEXOS (Ver imágenes páginas 22226 a 22230)
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid