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Documento BOE-A-2004-11885

Resolución de 16 de junio de 2004, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se declara aprobados a los aspirantes que han superado las pruebas selectivas para cubrir plazas de personal laboral fijo en la categoría de Ordenanza, mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción interna.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 25 de junio de 2004, páginas 23266 a 23269 (4 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2004-11885

TEXTO ORIGINAL

Por Orden APM/495/2003, de 25 de febrero (Boletín Oficial

del Estado del día 7 de marzo), fueron convocadas pruebas

selectivas para cubrir plazas de personal laboral en la categoría de

Ordenanza, mediante contratación laboral fija, por el turno de

promoción interna previsto en los artículos 29 y 31 del Convenio

único para el personal laboral de la Administración del Estado,

en el ámbito de dicho convenio.

La gestión de las citadas pruebas selectivas ha sido llevada

a cabo por la Subsecretaría del extinguido Ministerio de Economía,

según Acuerdo de encomienda de gestión suscrito por la Secretaría

de Estado para la Administración Pública y la mencionada

Subsecretaría, de fecha 12 de diciembre de 2002, hecho público por

Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia

de 20 de diciembre de 2002 (B.O.E. del día 27).

Comprobada por el Ministerio de Economía y Hacienda la

documentación aportada por el aspirante que ha superado las pruebas

selectivas, según lo dispuesto en la Base séptima de la

Convocatoria, vista la propuesta formulada por el órgano de selección

de las citadas pruebas selectivas y verificado el cumplimiento de

los requisitos establecidos en las Bases de la Convocatoria.

Esta Secretaría General para la Administración Pública, en

ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 56 de la Ley

24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y del Orden Social y de acuerdo con lo previsto en el artículo

8.1 del Real Decreto 1320/2004, de 28 de mayo, por el que

se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de

Administraciones Públicas, a propuesta de la Subsecretaría del

Ministerio de Economía, resuelve:

Primero.-Declarar aprobados en las pruebas selectivas para

cubrir plazas de personal laboral en la categoría de Ordenanza,

mediante contratación laboral fija, por el turno de promoción

interna, a los aspirantes que se relacionan en el Anexo de esta

Resolución, ordenados de acuerdo con la puntuación final obtenida,

con indicación de las plazas que se les adjudican y del personal

laboral interino al que sustituyen.

Segundo.-Los aspirantes aprobados cesarán en las plazas que

actualmente ocupan en el plazo de tres días hábiles siguientes

a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Los ceses serán formalizados utilizando para ello el documento

L.1.R., y serán comunicados al Registro Central de Personal dentro

del plazo máximo de tres días desde la fecha de la formalización,

para su anotación.

Los aspirantes aprobados tomarán posesión de las plazas que

les han sido adjudicadas en el plazo de tres días hábiles, contados

a partir del día siguiente al del cese, si no implica cambio de

residencia, o de un mes si implica cambio de la misma.

Las tomas de posesión se formalizarán utilizando para ello el

documento L.2.R., y será comunicado al Registro Central de

Personal dentro del plazo máximo de tres días desde la fecha de

la formalización, para su anotación.

Cuando los actos de cese y tomas de posesión señalados en

los párrafos anteriores sean formalizados por la misma Autoridad,

deberá utilizarse el documento L.3.R, y serán comunicados al

Registro Central de Personal dentro del plazo máximo de tres

días desde la fecha de la formalización, para su anotación.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen

las vacaciones oficiales que se estén disfrutando, y los permisos

o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los

interesados. El cómputo del plazo de toma de posesión del trabajador

de baja por Incapacidad Temporal, se iniciará a partir del día

siguiente al que se produzca el alta médica.

Tercero.-Todas las modificaciones de las condiciones de

trabajo que se produzcan, serán recogidas en el Contrato de trabajo

mediante la correspondiente Diligencia, que pasará a formar parte

integrante del mismo. Dicha Diligencia será realizada por el

Ministerio donde radica la nueva plaza adjudicada al trabajador.

Cuarto.-Simultáneamente a la ocupación efectiva de la plaza

por los aspirantes aprobados, quedarán extinguidos, en su caso,

los Contratos de trabajo del personal laboral interino que las

estuvieran desempeñando, en su caso.

Quinto.-Contra la presente Resolución podrá interponerse

demanda ante la jurisdicción social, previa reclamación ante esta

Secretaría General, en el plazo de veinte días de acuerdo con

lo establecido en el artículo 59.4 del Estatuto de los Trabajadores,

aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo,

en relación con lo prevenido en los artículos 69 de la Ley de

Procedimiento Laboral, texto refundido aprobado por Real Decreto

Legislativo 2/1995, de 7 de abril, y 125 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que comunico a VV.II.

Madrid, 16 de junio de 2004.-El Secretario General, Francisco

Javier Velázquez López.

Ilmos. Sres. Subsecretarios de los Ministerios Administraciones

Públicas, Defensa, Economía y Hacienda, Educación y Ciencia,

Sanidad y Consumo, Trabajo y Asuntos Sociales y Directora

General de la Función Pública.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

AÑO CCCXLIV IERNES 25 DE JUNIO DE 2004. NÚMERO 153

ASCÍCULO SEGUNDO

II. Autoridadesypersonal

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