Por Orden ECD 227/2004, de 29 de enero (Boletín Oficial
del Estado de 10 de febrero), se convocó concurso público de
méritos para la provisión de puestos vacantes de funcionarios
docentes en el exterior, y por Resolución de 7 de mayo de 2004
(Boletín Oficial del Estado de 21 de mayo), se aprobaron las listas
definitivas de admitidos y excluidos, las puntuaciones definitivas
de la fase general y los idiomas definitivamente acreditados y se
procedió a convocar a los candidatos que superaron la fase general
para la realización de la fase específica.
Realizada la fase específica y concluido el proceso de selección,
la Comisión de Selección, en cumplimiento de lo preceptuado
en el apartado 1 de la base octava de la Orden de convocatoria,
ha remitido a esta Subsecretaría la propuesta de resolución del
concurso, conteniendo la relación de candidatos seleccionados,
con indicación de los puestos adjudicados y las puntuaciones
obtenidas por cada uno de ellos.
Cumplidos todos los trámites y requisitos del concurso previstos
en la Orden de convocatoria.
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Ordenar la exposición a partir del día 28 de junio
de 2004, en el Servicio de Información del Ministerio de Educación
y Ciencia, en las Direcciones Provinciales del Departamento en
Ceuta y Melilla; en las Delegaciones y Subdelegaciones del
Gobierno, de la lista de candidatos que han realizado la fase específica
prevista en la base sexta B) de la Orden de convocatoria, con
indicación de las puntuaciones obtenidas en cada parte de esta
fase y la total alcanzada en el concurso de méritos.
Segundo.-Adscribir temporalmente, de acuerdo con la base
octava de la Orden de convocatoria, a los profesores relacionados
en el anexo a la presente Orden a los puestos y por los períodos
que se especifican, con indicación así mismo de los puestos que
han resultado desiertos por falta de candidatos que reunieran los
requisitos exigidos.
Los profesores que han resultado seleccionados deben realizar
un curso de formación que tendrá lugar el día 7 de julio de 2004
en la sede del Ministerio de Cultura, en el Auditorio de Plaza
del Rey n.o 1 y que comenzará a las 8,45 horas.
Tercero.-La adscripción de los profesores dependientes de las
Administraciones educativas de las Comunidades Autónomas
quedará condicionada a la autorización del centro directivo
autonómico correspondiente.
Cuarto.-Los profesores a que se refiere esta Orden tomarán
posesión en sus destinos ante el órgano competente, que remitirá
las certificaciones de toma de posesión, con carácter de urgencia,
a la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de Recursos
Humanos, a los efectos de tramitar la formalización del documento
de inscripción de la toma de posesión en el Registro Central de
Personal.
Quinto.-A los profesores adscritos les será de aplicación el
régimen económico contenido en la base decimocuarta de la Orden
de convocatoria, estando, así mismo, obligados a cumplir el
régimen de dedicación previsto en la base decimocuarta de la citada
Orden.
Las liquidaciones de haberes de los Profesores adscritos
deberán ser remitidas a la Habilitación Central del Ministerio de
Educación y Ciencia, a los efectos de ser incluidos en la nómina de
personal en el extranjero.
Sexto.-La documentación presentada por los participantes en
el concurso de méritos podrá ser retirada, durante el mes de
octubre de 2004. A tal efecto podrán acudir personalmente o delegar
en otra persona, debidamente autorizada, siempre que no se haya
interpuesto recurso por el propio interesado o terceros que
pudieran afectarle. Si la documentación no se retirase en el plazo
señalado, se entenderá que el participante renuncia a su recuperación,
decayendo, por tanto, en su derecho a ello.
Séptimo.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y
contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo,
conforme a lo establecido en los artículos 9.a) de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y el 90.4 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica
6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Madrid, 21 de junio de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden
ECI/1217/2004, de 3 de mayo, BOE del 6), el Subsecretaio,
Fernando Gurrea Casamayor.
Ilmo. Sr. Secretario General Técnico.
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