Visto el expediente de indulto de doña Carmen Castellón Clavería, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenada por el Juzgado de lo Penal número 1, de Arenys de Mar, en sentencia de fecha 22 de marzo de 2002, como autora de un delito de estafa, a la pena de un mes y un día de arresto mayor, con las accesorias legales, por hechos cometidos en el año 1988, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 11 de junio de 2004,
Vengo en conmutar a doña Carmen Castellón Clavería la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 31 días de multa, a satisfacer en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 11 de junio de 2004.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JUAN FERNANDO LÓPEZ AGUILAR
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