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Documento BOE-A-2004-12166

Resolución de 22 de junio de 2004, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se hace público el tipo de interés efectivo anual para el tercer trimestre natural del año 2004, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 29 de junio de 2004, páginas 23880 a 23880 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-12166

TEXTO ORIGINAL

A efectos de calificar tributariamente como de rendimiento explícito a los activos financieros con rendimiento mixto, conforme a lo previsto en el artículo 84 del Real Decreto 214/1999, de 5 de febrero, y en el artículo 59 del Real Decreto 537/1997, de 14 de abril, modificado por el artículo 40 del Real Decreto 2717/1998, esta Dirección General del Tesoro y Política Financiera hace público:

1. Los tipos efectivos equivalentes a los precios medios ponderados redondeados registrados en las últimas subastas del segundo trimestre del año 2004 en que se han adjudicado Bonos y Obligaciones del Estado son los siguientes:

Emisión Fecha subasta

Tipo de interés efectivo equivalente al precio medio ponderado redondeado

Porcentaje

Bonos del Estado a 3 años al 3,0%, vto. 30.07.2007. 03.06.2004 3,140
Bonos del Estado a 5 años al 3,60%, vto. 31.01.2009. 01.04.2004 3,031
Obligaciones del Estado a 15 años al 5,50%, vto. 30.07.2017. 20.05.2004 4,623
Obligaciones del Estado a 30 años al 5,75%, vto. 30.07.2032. 15.04.2004 4,909

No habiéndose efectuado subastas de Obligaciones del Estado a diez años durante dicho trimestre.

2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en los artículos 59 y 84 de los Reales Decretos 537/1997 y 214/1999, respectivamente, los tipos de referencia que resultan para el tercer trimestre natural de 2004 son el 2,512 por 100 para activos financieros con plazo igual o inferior a cuatro años, el 2,425 por 100 para aquéllos con plazo superior a cuatro años pero igual o inferior a siete y, si se tratara de activos con plazo superior, el 3,698 por 100 para el de quince años y el 3,927 por 100 para el de treinta años. En el caso de que no pueda determinarse el tipo de referencia para algún plazo, será de aplicación el del plazo más próximo al de la emisión que se efectúe.

Madrid, 22 de junio de 2004.–La Directora general, Belén Romana García.

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