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Documento BOE-A-2004-12170

Resolución de 10 de junio de 2004, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifica un colector solar, marca "Termicol", modelo T 130, fabricado por Termicol Energía Solar, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 29 de junio de 2004, páginas 23888 a 23888 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2004-12170

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Política Energética y Minas la solicitud presentada por Termicol Energía Solar, S.L. con domicilio social en Pol. Ind. La Isla, C/ Río Viejo, 12, 41700 Dos Hermanas (Sevilla), para la certificación de un colector solar, fabricado por Termicol Energía Solar, S.L., en su instalación industrial ubicada en Dos Hermanas (Sevilla).

Resultando que por el interesado se ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya certificación se solicita, y que el laboratorio Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial, mediante dictamen técnico con clave CA/RPT/4451/013/INTA/02, y la entidad colaboradora Novotec Consultores, S.A., por certificado de clave SE-NH-TE-IA-01, han hecho constar respectivamente que el tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 28 de julio de 1980 sobre exigencias técnicas de los paneles solares,

Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto certificar el citado producto, con la contraseña de certificación NPS-2404, y con fecha de caducidad el día 10 de junio de 2007, definiendo como características técnicas del modelo o tipo certificado las que se indican a continuación, debiendo el interesado presentar, en su caso, el certificado de conformidad de la producción antes del 10 de junio de 2007.

Esta certificación se efectúa en relación con la disposición que se cita y por tanto el producto deberá cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, el recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución, ante el Secretario General de Energía, previo al contencioso-administrativo, conforme a lo previsto en el artículo 116.1 de la Ley 4/1999, de 14 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Marca: «Termicol».

Modelo: T 130.

Características:

Material absorbente: Cobre.

Tratamiento superficial: Pintura negra mate.

Superficie de apertura: 2,61 m2.

Superficie de absorbente: No suministrada por el fabricante.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 10 de junio de 2004.–El Director general, Jorge Sanz Oliva.

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