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Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso
de traslados convocado por Resolución de 3 de noviembre
de 2003 ("BOE" de 2 de diciembre de 2003, y "DOG" de 25 de
noviembre de 2003 ; Corrección de errores, "BOE" de 23 de
diciembre de 2003, y "DOG" de 11 de diciembre de 2003) para cubrir
plazas vacantes y de nueva creación entre Oficiales, Auxiliares
y Agentes de la Administración de Justicia en la Comunidad
Autónoma de Galicia,
Esta Dirección General de conformidad con lo establecido en
los artículos 54, 55 y 57 del Real Decreto 249/1996, de 16 de
febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los
Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración
de Justicia, ha dispuesto:
Primero.-Hacer públicos los destinos que con carácter
definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado
en el concurso de traslados convocado por resolución de la fecha
mencionada anteriormente, que se corresponden con los
relacionados en el anexo I de la resolución de convocatoria y sus
correspondientes resultas.
Segundo.-Excluir del concurso de traslados a los funcionarios
que se indican en el anexo II.
Tercero.-Declarar caducadas las instancias presentadas por
los participantes en el presente concurso que no han obtenido
destino, por lo que no se tendrán en cuenta en futuros concursos
de traslados.
Cuarto.-Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el
presente concurso, salvo que se pretendan amortizar ante una
modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de
un centro de trabajo, por lo que se cubrirán por funcionarios de
nuevo ingreso.
Quinto.-Para los funcionarios que se encuentren en activo y
no reingresen en ninguno de los Cuerpos a que se refiere el
presente concurso, el cese deberá efectuarse en las fechas que a
continuación se indican: Auxiliares, el 1 de julio ; Oficiales y
Agentes, el 9 de julio. La toma de posesión del nuevo destino obtenido
por consurso se producirá en los tres días naturales siguientes
al cese, si no hay cambio de localidad, o en los diez días naturales
siguientes, en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido
por la Administración competente respecto a la plaza obtenida
en concurso.
Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la
Administración de Justicia en los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares o
Agentes, el plazo posesorio deberá de computarse desde el 1 de
julio, si se reingresa en el Cuerpo de Auxiliares, y desde el 9
de julio, si se reingresa en el Cuerpo de Oficiales y de Agentes.
Sin embargo, en el presente caso, dicho plazo no resulta retribuido,
ya que se produce antes de formalizarse el reingreso en los Cuerpos
de Oficiales, Auxiliares o Agentes y por tanto no puede ser
computado como de servicios efectivos.
En el caso de que los funcionarios que reingresen por medio
del presente concurso se encontraran en activo en otro cuerpo
de la Administración de Justicia y no quisieran que se interrumpa
su relación de servicio con la Administración, bastará con que
tomen posesión en el nuevo cuerpo. De esta forma, se considerará
que cesaron en su antiguo destino con la fecha inmediatamente
anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso. Para
ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable
para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente,
Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino, un permiso
retribuido de un día si no hay cambio de localidad o de dos en
caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse
a las Islas Canarias, a las Islas Baleares o a Ceuta y Melilla, en
cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días [art. 66.1 g)]
del Reglamento orgánico.
La Comunidad Autónoma competente o la Gerencia Territorial
que corresponda, les concederá la excedencia de oficio en el
cuerpo de procedencia si ésta se produce en un cuerpo al servicio
de la Administración de Justicia. El cese en este destino tendrá
fecha anterior a la de su posesión en los Cuerpos de Oficiales,
Auxiliares o Agentes, con el objeto de evitar la interrupción en
la percepción de sus haberes.
Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas
que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la
posesión del titular.
Sexto.-Se eliman las tres plazas de resultas de Auxiliares en
el Juzgado Contencioso-Administrativo n.o 1, de A Coruña,
adjudicadas provisionalmente por error, ya que estas plazas quedaron
vacantes con motivo de reordenación de efectivos, por lo que
deberán de ser ofertadas como vacantes en un próximo concurso de
traslados.
Séptimo.-Se ha tenido en cuenta la preferencia establecida
en el artículo 44.3 del RD 249/1996, de 16 de febrero, por el
que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de
Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, a
favor de los funcionarios que han obtenido los destinos que se
relacionan a continuación:
Cuerpo de Oficiales:
Jdo. Contencioso-Administrativo n.o 2, de Ourense, núm. 588.
Cuerpo de Auxiliares:
Jdo. Penal n.o 2, de A Coruña, núm. 1530.
Jdo. Contencioso-Administrativo n.o 2, de Ourense, núm. 1539.
Jdo. 1.a Inst. e Instr. n.o 4, de Pontevedra, núm. 1546.
Octavo. Recursos.-Contra la presente resolución, que agota
la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición
ante el Director General de Justicia en el plazo de un mes, o
recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente, en
el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día
siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Boletín
Oficial del Estado.
Santiago de Compostela, 14 de junio de 2004.-El Director
General, Juan José Martín Álvarez.
ANEXO I (Ver imágenes páginas 24033 a 24040)
ANEXO II
Relación de excluidos
44448122 ALVAREZ CASTIÑEIRAS, JOSÉ M. ........... 1
32794305 FERREIRO VAZQUEZ, FRANCISCO .......... 1 e 2
34869835 FLORES PAZ, PAULINO ..................... 4
34607399 GIL GÓMEZ, JOSE JULIO .................... 1
34978505 LÓPEZ ALONSO, ALBINA ................... 1
32672441 RODRÍGUEZ CALVO, MARCOS .............. 1
34948789 RODRÍGUEZ PENA, RICARDO ............... 1
34728835 SOLA ALBARRAN, FELICIANO .............. 2
Códigos de exclusión:
1. No llevar un año en su anterior destino (Base Segunda.1).
2. Presentación instancia fuera de plazo (Base Cuarta. 1, 2,
3 y 4).
3. Renuncia dentro del plazo (Base Cuarta.7).
4. Por haber participado para dos Cuerpos (Base Cuarta.6).
5. Por solicitar únicamente plazas a resultas.
6. Por no haber especificado la denominación del puesto en
la solicitud. (Base Cuarta. 9).
7. Por no condicionar correctamente según base 5.a de la
convocatoria.
8. Por solicitar destino en la plaza que ocupa de forma
definitiva.
9. Por ser funcionarios nombrados y designados que dentro
del plazo posesorio no hayan tomado aun posesion de su destino
[Art. 57.a) del R.D. 249/96].
10. Por haber cambiado de situación administrativa.
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