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Documento BOE-A-2004-12310

Orden APA/2139/2004, de 16 de junio, por la que se declara el mes de agosto como inhábil a efectos de plazos en algunas de las pruebas selectivas convocadas por este Ministerio, correspondientes a la oferta de empleo público de 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 1 de julio de 2004, páginas 24317 a 24317 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2004-12310

TEXTO ORIGINAL

Las convocatorias de pruebas selectivas efectuadas por este

Ministerio, correspondientes a la Oferta de Empleo Público

de 2004, establecen en sus bases el cumplimiento de determinados

plazos, en concordancia con lo establecido en el Reglamento

General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de

marzo.

A la vista de las dificultades que entraña el mes de agosto

para el cumplimiento de los referidos plazos,

Este Ministerio, resuelve declarar inhábil el mes de agosto,

a efectos del cómputo de plazos en las siguientes convocatorias

de pruebas selectivas, correspondientes a la Oferta de Empleo

Público de 2004:

Pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros

Agrónomos, turnos de acceso libre, y promoción interna.

Pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Nacional

Veterinario, turno de acceso libre.

Pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del M.A.P.A., turnos

de acceso libre y promoción interna.

Pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Titulados de

Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos

del M.A.P.A., turnos de acceso libre y promoción interna.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa,

cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo

de 2 de meses, contados desde el día siguiente a su publicación

ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13

de Julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de reposición ante

este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente

a su publicación, significándose que en este caso no se podrá

interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea

resuelto expresamente o se haya producido la desestimación

presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la

Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992.

Madrid, 16 de junio de 2004.-La Ministra, P. D. (Orden

APA/749/2003, de 31 de marzo, BOE del 3 de abril), el

Subsecretario, Santiago Menéndez de Luarca y Navia-Osorio.

Ilmos. Sres. Subsecretario del Ministerio de Agricultura, Pesca

y Alimentación y Presidentes de los Tribunales.

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