De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) y c) de la
Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación
con el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo, se efectúa convocatoria para proveer puestos de
trabajo de libre designación, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser
solicitados por los funcionarios públicos que reúnan los requisitos
establecidos para su desempeño y que se relacionan en el anexo I
de la presente Orden.
Segunda.-Las solicitudes se presentarán en el modelo de
instancia que figura como anexo II y se dirigirán a la Subsecretaría
(Registro General), calle Alcalá Galiano, número 10, 28010
Madrid.
En el supuesto de que un mismo solicitante optase a dos o
más puestos de trabajo de los anunciados en el anexo I, deberá
formular petición independiente por cada uno de ellos, indicando
el orden de preferencia en que los mismos se soliciten.
Tercera.-El plazo de presentación de solicitudes será de quince
días hábiles, contados a partir del día siguiente a aquél en que
tenga lugar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial
del Estado.
Cuarta.-Además de los datos personales y número de Registro
de Personal, los aspirantes acompañarán junto con la solicitud
su curriculum vitae, en el que consten títulos académicos, años
de servicio, puestos de trabajo desempeñados en la
Administración, estudios y cursos realizados, y otros méritos que se estime
oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente
las características del puesto que vinieran desempeñando.
Quinta.-Los funcionarios públicos en servicio activo deberán
adjuntar, si son adjudicatarios y prestan sus servicios en Ministerio
y Organismo distinto del convocante, certificado extendido por
la Unidad de Personal donde se encuentren destinados,
especificando el grado personal consolidado y la fecha de consolidación,
el nivel del puesto de trabajo que estuvieran desempeñando y
el tiempo de servicios efectivos reconocido para el cómputo de
trienios.
Sexta.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de
reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al
de su publicación, ante el mismo Órgano que lo ha dictado, o
recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante
los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, (Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa).
Madrid, 25 de junio de 2004.-P.D. (Orden APU/3363/2002,
de 27 de diciembre, BOE 3 de enero de 2003), la Subsecretaria,
María Dolores Carrión Martín.
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