Vista la Resolución por la que se estima el recurso potestativo
de reposición interpuesto por Doña Javiera Muro San Vicente
contra la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración
Pública de 2 de febrero de 2004 (B.O.E. del 3 de marzo) por
la que se declara aprobados los aspirantes que han superado las
pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo General Auxiliar
de la Administración del Estado, mediante el sistema de
concurso-oposición, en el marco del proceso de consolidación del empleo
temporal, en el ámbito del Ministerio de Administraciones Públicas
y sus Organismos Autónomos, convocadas por Orden
APU/1180/2003, de 22 de abril (B.O.E. del 14 de mayo),
Esta Secretaría General, de conformidad con el artículo 22.1
del Real Decreto 364/1965, de 10 de marzo (B.O.E. del 10 de
abril), en relación con lo establecido en el artículo 12.1.c) del
Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, publicado en el B.O.E.
n.o 96, del día 20, por el que se aprueba la estructura orgánica
básica de los departamentos ministeriales, resuelve:
Primero.-Modificar la relación de aprobados publicada como
Anexo a la Resolución de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública de 2 de febrero de 2004 (B.O.E. del 3 de marzo)
declarando aprobada a Doña Javiera Muro San Vicente en el
ámbito geográfico de Huesca, con una puntuación total de 111, en
lugar de Doña Aurora Aisa Lambán que queda excluida de dicha
relación de aprobados.
Segundo.-La aspirante aprobada presentará en el Ministerio
de Administraciones Públicas, Subdirección General de Acción
Social y Formación, Plaza Juan Zorrilla, 1, 28003 - Madrid, en
las oficinas de Registro propias o concertadas con la
Administración General del Estado y sus Organismos Públicos o en la
forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo
de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de
la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado,
los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del título de Graduado Escolar,
Formación Profesional de primer grado o equivalente, o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención de los mismos. En el caso de titulaciones obtenidas
en el extranjero deberá presentarse la documentación que acredite
su homologación.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado,
mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna
Administración pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, según modelo que figura como Anexo V de la
convocatoria de las pruebas selectivas.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar, además de la declaración relativa al Estado español,
declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción
disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso
a la función pública, según el modelo que figura como Anexo VI
de la convocatoria de las pruebas selectivas.
c) Certificación del Registro Central de Personal o del
Ministerio u organismo del que dependieran para acreditar la condición
de funcionario interino del grupo D, en el que conste expresamente
el Cuerpo al que se pertenece, según modelo que figura como
Anexo III de la convocatoria de las pruebas selectivas.
Si en el plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, la
aspirante no presentara la documentación o del examen de la
misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos
señalados en la base 2 de la convocatoria, no podrá ser nombrada
funcionaria de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
Tercero.-Las plazas serán ofertadas a la aspirante aprobada
por el Ministerio de Administraciones Públicas.
Cuarto.-Contra esta Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar
desde el día siguiente al de su publicación, o ante la Sala del
Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tengan los
interesados sus domicilios, a su elección, en el plazo de dos meses,
a contar asimismo desde el día siguiente al de su publicación,
con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 regla
segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que comunico a VV. II.
Madrid, 16 de junio de 2004.-El Secretario general, Francisco
Javier Velázquez López.
Ilmas. Sras. Subsecretaria del Ministerio de Administraciones
Públicas y Directora General de la Función Pública.
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