Por existir en la Región Militar Noroeste una instalación militar denominada Establecimiento «San Francisco», situado en el término municipal de Segovia, se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pudiera afectarla, así como asegurar tanto la actuación eficaz de los medios de que disponga como el aislamiento conveniente para garantizar su seguridad, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de Ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército de Tierra, a propuesta razonada del General Jefe de la Región Militar Noroeste, dispongo:
A los efectos prevenidos en el capítulo II del título I del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, la instalación militar Establecimiento «San Francisco», situado en el casco urbano de Segovia, se considera incluido en el grupo primero de los regulados por el artículo 8 del citado Reglamento.
De conformidad con lo preceptuado en el artículo 11 del citado Reglamento, la zona de seguridad vendrá delimitada por el perímetro de la instalación militar y el polígono definido por las calles circundantes, tomando la anchura de las mismas en toda su extensión, incluyendo las aceras y los cruces de las calles. Dicho polígono queda materializado por la unión de los siguientes puntos de coordenadas UTM:
Punto | X | Y |
---|---|---|
1 | 406097 | 4533657 |
2 | 406120 | 4533621 |
3 | 406196 | 4533615 |
4 | 406270 | 4533549 |
5 | 406309 | 4533545 |
6 | 406376 | 4533519 |
7 | 406367 | 4533466 |
8 | 406364 | 4533416 |
9 | 406291 | 4533383 |
10 | 406277 | 4533422 |
11 | 406235 | 4533437 |
12 | 406240 | 4533425 |
13 | 406238 | 4533393 |
14 | 406230 | 4533388 |
15 | 406181 | 4533452 |
16 | 406165 | 4533447 |
17 | 406153 | 4533472 |
18 | 406176 | 4533488 |
19 | 406140 | 4533524 |
20 | 406113 | 4533538 |
21 | 406073 | 4533552 |
22 | 406059 | 4533536 |
23 | 406040 | 4533555 |
24 | 406018 | 4533633 |
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 22 de junio de 2004.
BONO MARTÍNEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid