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Documento BOE-A-2004-12754

Orden ECI/2240/2004, de 30 de junio, por la que se convoca la selección de candidatos para tomar parte en programas de Profesores Visitantes en Estados Federados de la República Federal de Alemania.

Publicado en:
«BOE» núm. 163, de 7 de julio de 2004, páginas 25157 a 25161 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-12754

TEXTO ORIGINAL

El imprescindible aprendizaje de más lenguas por los ciudadanos europeos, conforme alas recomendaciones del Consejo de Europa, y el creciente interés por el conocimiento de la lengua y la cultura españolas en la República Federal de Alemania están impulsando la firma de acuerdos por los que se introducen programas y formas de colaboración nuevas. Entre éstos destacan los que han introducido, con un carácter en cierto modo experimental, un programa que ha alcanzado un resultado muy notable en los Estados Unidos de América y Canadá: el de profesores visitantes.

En el caso de Alemania, el primero de estos programas se ha introducido en el curso 2003-2004, en el Estado de Baden-Württemberg, con el fin de facilitar la contratación de profesores visitantes españoles en centros de Enseñanza Secundaria y de Formación Profesional. La valoración conjunta de esta primera experiencia aconseja prolongar –como prevé el acuerdo que la regula– la estancia de una parte de los profesores, por decisión de las autoridades de este Estado y abrir una nueva convocatoria para seleccionar nuevos candidatos que se incorporen en el curso 2004-2005. A partir de la experiencia del primer curso de su aplicación, ha sido posible perfilar más precisamente los requisitos de los candidatos, que deberán ser licenciados en Filología (Española o de otra lengua moderna) y estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica o del Título de Especialización Didáctica; valorar el nivel de conocimiento de la lengua alemana, que se valora como mérito preferente; y precisar la retribución y las condiciones de contratación, con arreglo al sistema federal alemán para los empleados públicos.

A su vez, existe la probabilidad de que se establezca un segundo programa, sobre bases prácticamente idénticas, en el Estado Federado de Baviera. Para el caso de que llegue a acordarse su introducción, la presente convocatoria prevé la selección de una segunda relación de candidatos, que se elevará al Ministerio de Educación y Cultura de este Estado, en el marco de un proceso de selección que se llevaría a cabo de manera coincidente y de acuerdo con las autoridades respectivas de ambos Estados.

Por todo ello, el Ministerio de Educación y Ciencia ha dispuesto aprobar las siguientes bases reguladoras del procedimiento de selección para proveer puestos de profesores visitantes en la República Federal de Alemania.

1. Plazas

Podrán seleccionarse hasta veinte profesores visitantes, por un año prorrogable en uno más, por decisión del Ministerio de Educación, Juventud y Deporte del Estado de Badén-Württemberg, para impartir la asignatura de lengua española en institutos de Bachillerato y en escuelas de Formación Profesional del Estado de Baden-Württemberg. Este número puede modificarse si así lo requiere la planificación escolar de las autoridades educativas de dicho estado alemán para el curso 2004-2005.

En su caso, podrán seleccionarse hasta quince profesores visitantes, por un año prorrogable en uno más, por decisión del Ministerio de Educación y Cultura del Estado Federado de Baviera, para impartir la asignatura de lengua española en institutos de Bachillerato y en escuelas de Formación Profesional del Estado de Baviera. Este número puede modificarse si así lo requiere la planificación escolar de las autoridades educativas de dicho estado alemán para el curso 2004-2005.

2. Requisitos y méritos preferentes de los candidatos

2.1 Requisitos.–Para poder participar en esta convocatoria, los candidatos deben reunir, dentro del plazo de presentación de las solicitudes, los siguientes requisitos: 2.1.1. Tener nacionalidad española.

2.1.2 No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de la docencia.

2.1.3 Estar en posesión del título de licenciado en Filología Hispánica u otra filología moderna (alemana, anglogermánica, inglesa, francesa, italiana, catalana, gallega u otra similar).

2.1.4 Estar en posesión del Certificado de Aptitud Pedagógica o del Título de Especialización Didáctica.

2.2 Méritos preferentes.–Tendrán prioridad los candidatos que, reuniendo los requisitos, acrediten:

2.2.1 Conocimientos de nivel al menos medio de la lengua alemana.

2.2.2 Haber obtenido el CAP en los últimos cuatro años.

3. Solicitudes

3.1 Los candidatos formularán sus solicitudes según el modelo que se incluye como anexo 1. En el caso de que llegare a acordarse la introducción del programa en el Estado Federado de Baviera, podrán concurrir a ambos procesos o escoger hacerlo solamente a uno.

3.2 Deberán acompañar a la solicitud la siguiente documentación, dentro del plazo de presentación de solicitudes:

3.2.1 Documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos de participación previstos en la base 2.1:

3.2.1.1 Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad.

3.2.1.2 Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad que impida el ejercicio de la docencia.

3.2.1.3 Fotocopia compulsada del título de licenciado al que se refiere la base 2.1.3., o resguardo acreditativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo.

3.2.1.4 Fotocopia compulsada del Certificado de Aptitud Pedagógica.

3.2.2 Documentos justificativos de los méritos preferentes indicados en la base 2.2.: Fotocopia compulsada del título que acredite el conocimiento de lengua alemana alegado, o declaración jurada o promesa del conocimiento de dicho idioma.

3.2.3 Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten cuantos méritos alegue el candidato.

3.2.4 Currículum vitae.

3.2.5 Relación de documentos aportados.

4. Forma y plazo de presentación de las solicitudes y la documentación

4.1 Las solicitudes, dirigidas al Secretario General Técnico del Misterio de Educación y Ciencia, se presentarán en el Registro General del Ministerio de Educación y Ciencia, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación y Ciencia del Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid; en los Registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, incluida la propia Consejería de Educación en Alemania, Lichtensteinallee, 1, 10787 Berlín, o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En caso de que se opte por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

4.2 El plazo de presentación de las solicitudes y la documentación requerida es de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria.

5. Admisión de candidatos

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en el tablón de anuncios del servicio de información del Ministerio de Educación y Ciencia y a través de la página web del Ministerio www.mec.es/sgci/index, la relación de los candidatos admitidos y de los excluidos de la participación, expresando las causas que motivan la exclusión.

6. Órganos de selección

6.1 Para el programa de profesores visitantes en el Estado de Baden-Württemberg, los méritos de los candidatos serán valorados por una comisión de selección integrada por los siguientes miembros:

Presidente: el Subdirector General de Cooperación Internacional, o el funcionario que le sustituya o en quien delegue;

Dos vocales: uno designado por el Subdirector General de Cooperación Internacional o el funcionario que le sustituya, entre funcionarios de la Subdirección General de Cooperación Internacional o de la Consejería de Educación de Alemania; y otro designado por el Ministerio de Educación, Juventud y Deporte de Baden-Württemberg. En el caso de que éste decidiera no aportar un vocal, el Subdirector citado o su sustituto designarán el segundo vocal de entre los funcionarios antes citados.

6.2 Para el caso de que llegue a establecerse un segundo programa de profesores visitantes en el Estado de Baviera, los méritos de los candidatos serán valorados por una comisión de selección integrada por los siguientes miembros:

Presidente: el Subdirector General de Cooperación Internacional, o el funcionario que le sustituya o en quien delegue;

Dos vocales: uno designado por el Subdirector General de Cooperación Internacional o el funcionario que le sustituya, entre funcionarios de la Subdirección General de Cooperación Internacional o de la Consejería de Educación de Alemania; y otro designado por el Ministerio de Educación y Cultura del estado de Baviera. En el caso de que éste decidiera no aportar un vocal, el Subdirector citado o su sustituto designarán el segundo vocal de entre los funcionarios antes citados.

Las comisiones podrán contar con la colaboración administrativa y técnica de otros funcionarios de la Subdirección General de Cooperación Internacional o de la Consejería de Educación de Alemania.

7. Selección

7.1 Las comisiones seleccionarán a los candidatos cuyo perfil profesional, académico y personal se adecúe mejor al perfil de los puestos convocados y a su entorno sociocultural.

7.2 De acuerdo con ello, las comisiones evaluarán los méritos alegados y acreditados por los candidatos, y valorará los méritos considerados preferentes según lo previsto en la base 2 y en los convenios que establezcan los programas respectivos, siempre que hayan sido justificados en la forma señalada en la base 3.2.

7.3 Entrevista. Las Comisiones celebrarán una entrevista (en español y, para valorar el mérito de conocimiento del alemán, también en esta lengua) con los candidatos que resuelvan llamar tras la evaluación de los méritos, con el fin de determinar la idoneidad para el desempeño del puesto y la adecuación personal del candidato para desenvolverse en el entorno del mismo.

7.4 Las comisiones podrán dejar plazas vacantes si así lo aconseja el resultado del proceso de selección.

8. Lugar y forma de presentación a la entrevista

8.1 El lugar, fecha y hora de realización de la entrevista, así como la relación de candidatos que las comisiones hayan resuelto convocar, se comunicará oportunamente en las direcciones indicadas en la base 5. Se establece expresamente la posibilidad de realizarla, por decisión del Ministerio de Educación y Ciencia y de acuerdo con los respectivos Estados federados alemanes, por medios no presenciales.

9. Adjudicación de plazas y resolución de la convocatoria

9.1 El Secretario General Técnico, por delegación de la Ministra de Educación y Ciencia, dictará la resolución que contenga la relación de candidatos seleccionados por las comisiones respectivas de entre los admitidos al proceso. Esta resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado».

9.2 El plazo máximo para resolver este procedimiento es de seis meses contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

10. Aceptaciones y renuncias

10.1 Los candidatos seleccionados y el Ministerio de Educación, Juventud y Deporte del Estado de Baden-Württemberg o, en su caso, el Ministerio de Educación y Cultura del Estado Federado de Baviera, acordarán la fecha y forma para realizar la contratación.

10.2 La selección no será firme hasta que el profesor suscriba el contrato con la autoridad competente del Estado respectivo.

10.3 En caso de renuncia justificada, el candidato lo comunicará por escrito al Ministerio de Educación, Juventud y Deporte de Baden-Württemberg o, en su caso, al Ministerio de Educación y Cultura del Estado Federado de Baviera, dentro de los veinte días naturales siguientes a la publicación de la resolución de candidatos seleccionados en el «Boletín Oficial del Estado», o tan pronto como se produzca la causa que lo motiva, remitiendo copia a la Subdirección General de Cooperación Internacional.

11. Régimen

11.1 El Estado de Baden-Württemberg o, en su caso, el de Baviera, ofrecerá a los candidatos seleccionados un contrato en las condiciones laborales y salariales que establece la legislación alemana. La remuneración será la que determina la clasificación que establece el BAT (Bundesan gestelltentarifvertrag), convenio colectivo (federal) para empleados de los servicios públicos. La remuneración depende, de acuerdo con el convenio, de factores profesionales como la cualificación (clase de filología, una o dos especializaciones) y el tipo de contrato (en función del número de horas lectivas que haya de impartir); y de circunstancias personales como la edad, el estado civil y, en su caso, el número de hijos. Los profesores seleccionados quedan cubiertos por un seguro de enfermedad obligatorio.

11.2 El contrato se suscribirá por un período de un año, prorrogable hasta un máximo de otro año, por resolución del Ministerio de Educación, Juventud y Deporte del Estado de Badén-Württemberg o, en su caso, del Ministerio de Educación y Cultura del Estado Federado de Baviera.

11.3 La relación contractual y la actividad y las obligaciones docentes de los profesores visitantes seleccionados se regirán por el ordenamiento jurídico y escolar de Badén-Württemberg o, en su caso, del Ministerio de Educación y Cultura del Estado Federado de Baviera, y estarán sujetas a la inspección educativa del Estado respectivo.

11.4 Los gastos de desplazamiento de los profesores seleccionados correrán por cuenta de los mismos.

12. Formación inicial y apoyo

El Estado de Baden-Württemberg o, en su caso, el Estado Federado de Baviera, ofrecerá un seminario de introducción a su sistema educativo para los profesores seleccionados y mantendrá un programa de tutoría como apoyo a su actividad docente.

13. Funcionarios

13.1 Tras la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la relación de candidatos seleccionados, los que tengan la condición de funcionario público remitirán su petición individual de concesión de la situación administrativa de servicios especiales que regula el Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, a los órganos correspondientes del Ministerio de Educación y Ciencia o a los de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas, con la excepción de aquellos funcionarios que se encuentren en comisión de servicios en el momento de su incorporación.

13.2 La aceptación por parte de los funcionarios de la plaza para la cual han sido seleccionados les obliga a no renunciar a la misma durante el año académico, salvo que se den circunstancias excepcionales que la justifiquen, que habrán de ser apreciadas, en su caso, por la Secretaría General Técnica, oído el Ministerio de Educación, Juventud y Deporte de Baden-Württemberg o, en su caso, del Ministerio de Educación y Cultura del Estado Federado de Baviera.

13.3 Los profesores que tengan la condición de funcionarios públicos permanecerán en la situación administrativa de servicios especiales durante todo el período por el que se prorroguen sus contratos. Cuando deseen reingresar en el servicio activo por haber finalizado su contrato, acompañarán a su solicitud de reingreso una declaración jurada, promesa o certificación que acredite su cese en el puesto de trabajo.

14. Retirada de documentación

La documentación presentada por los candidatos que no hayan sido seleccionados podrá retirarse de la Subdirección General de Cooperación Internacional (Paseo del Prado 28, 23 planta, 28071 Madrid), desde el 1 de septiembre hasta el 31 de octubre del 2004, directamente por los interesados o por una persona autorizada que aporte la fotocopia del documento nacional de identidad del interesado. También podrá solicitarse su devolución por correo en ese mismo período. La Subdirección General de Cooperación Internacional podrá hacer la devolución por correo, también a partir del 1 de septiembre.

15. Recurso

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional conforme a lo establecido en el artículo 11.1.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, regulado de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 611985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante este Ministerio, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del estado», de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

16. Información

Puede ampliarse la información sobre esta convocatoria en el Servicio de Información y Asuntos Generales del Ministerio de Educación y Ciencia: calle de Alcalá n.° 36, 28071 Madrid, www.mec.es/inf/comoinfo/infor; en la Subdirección General de Cooperación Internacional: Paseo del Prado 28, www.mec.es/sqci/index, así como en la Consejería de Educación de Alemania: Lichtensteinallee, 1, 10787 Berlín, www.sgci.mes.es/de.

Se autoriza a la Secretaría General Técnica a adoptar las medidas necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden.

Madrid, 30 de junio de 2004.

SAN SEGUNDO GÓMEZ DE CARDIÑANOS

limo. Sr. Secretario general técnico.

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