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Documento BOE-A-2004-13050

Orden CUL/2306/2004, de 17 de junio, por la que se conceden ayudas a empresas e instituciones sin fines de lucro, editoras de revistas de cultura, correspondientes al año 2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 13 de julio de 2004, páginas 25656 a 25663 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-2004-13050

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con la Orden de 15 de junio de 1998, de bases reguladoras para la concesión de determinadas ayudas de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas (BOE del 26 de junio) y de la Resolución de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas de 12 de diciembre de 2003 (BOE de 30 de diciembre de 2003), por la que se convocan determinadas ayudas correspondientes a 2004,

Este Ministerio, de conformidad con lo previsto en el punto cuarto, apartado 7 de la citada Resolución, ha resuelto haber pública la composición de la Comisión de Asesoramiento y Evaluación, así como las ayudas concedidas a las Entidades solicitantes de las mismas durante el año 2004.

Primero.

La Comisión de Asesoramiento y Evaluación quedó constituida de la siguiente manera:

Presidente: Don Rogelio Blanco Martínez. Director General del Libro, Archivos y Bibliotecas.

Vicepresidenta: Doña Josefina Delgado Abad. Consejera Técnica de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Vocales: Don Manuel Ortuño Armas, representante de la Asociación de Editores de Revistas Culturales de España; Don Miguel Ángel Elvira Barba, como experto en Bellas Artes; Don José Luis Villacañas Berlanga, como experto en Filosofía y Ciencias Sociales; Don Eduardo Blázquez Mateos, como experto en Artes Plásticas y Escénicas; Don Eduardo García Pérez, como experto en Humanidades; Doña Emma Cadahía Fernández, como experta en Bibliotecas y Doña Mónica Fernández Muñoz, Jefa de Área del Libro y la Lectura de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Secretaria: Doña María de la Luz Coll Antuñano, Jefe del Servicio de Promoción del Libro de la Subdirección General de Promoción del Libro, la Lectura y las Letras Españolas.

Se hace constar que todos los integrantes de la misma manifestaron su conformidad personal para ser designados miembros de este Órgano colegiado.

Segundo.

Previo informe de la Comisión de Asesoramiento y Evaluación, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en el apartado 6.3 del punto cuarto de la Resolución de 12 de diciembre de 2003, se conceden ayudas en el año 2004 a 68 empresas editoras de revistas de cultura por un importe de un millón doscientos ochenta y cinco mil cuatrocientos setenta y dos euros con cincuenta céntimos (1.285.472,50 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 18.14.455D.477 y a 38 instituciones sin ánimo de lucro, editoras de revistas de cultura, por un importe de cuatrocientos catorce mil noventa euros (414.090 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 18.14.455D.487. Dichas entidades constan en el documento que como Anexo se acompaña a la presente Orden, habiendo sido desestimadas el resto de las solicitudes formuladas correspondientes a 2004.

Tercero.

Según lo dispuesto en el punto cuarto, apartado 9.a) de la Resolución de 12 de diciembre de 2003, los beneficiarios de las ayudas quedarán obligados a aceptar por escrito la subvención concedida, dentro del plazo de un mes a partir de la recepción de la notificación de concesión.

Cuarto.

Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 4/2003, de 21 de mayo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 17 de junio de 2004.—P. D. (Orden CUL/1287/2004, de 10 de mayo, BOE 13/5), el Director general del Libro, Archivos y Bibliotecas, Rogelio Blanco Martínez.

ANEXO
EMPRESAS

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