Por Resolución de fecha 26 de marzo de 2004 de esta Dirección General, se concedió la autorización administrativa previa para la constitución de Agrupacio Mutua II, Fondo de Pensiones, promovido por Agrupacio Mutua del Comerc i de la Industria, Mutua d'Assegurances i Reassegurances a Prima Fixa al amparo de lo previsto en el artículo 11.3 de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre (B.O.E. de 13 de diciembre).
Concurriendo Agrupacio Bankpyme Pensiones, E.G.F.P. S.A. (G0172) como Gestora y Banco de la Pequeña y Mediana Empresa S.A. (D0014), como Depositaria, se constituyó el 10 de mayo de 2004 el citado Fondo de Pensiones, constando debidamente inscrito en el Registro Mercantil de Barcelona.
La Entidad promotora, arriba indicada, ha solicitado la inscripción del Fondo en el Registro Especial de este Centro Directivo, aportando la documentación establecida al efecto en el artículo 3.º, 1 de la Orden Ministerial de 7 de noviembre de 1988 (B.O.E. de 10 de noviembre).
Considerando cumplimentados los requisitos establecidos en la citada Ley y normas que la desarrollan, esta Dirección General acuerda:
Proceder a la inscripción de Agrupacio Mutua II, Fondo de Pensiones en el Registro de Fondos de Pensiones establecido en el artículo 96.1, a) del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones de 20 de febrero de 2004 (B.O.E. de 25 de febrero).
Madrid, 28 de junio de 2004.–El Director General de Seguros y Fondos de Pensiones, Ricardo Lozano Aragües.
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