Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-13807

Resolución de 20 de julio de 2004, de la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial, por la que se ordena la publicación del acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, en relación con el Decreto legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

Publicado en:
«BOE» núm. 177, de 23 de julio de 2004, páginas 27007 a 27008 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-2004-13807

TEXTO ORIGINAL

Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría de Estado, dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 20 de julio de 2004.–El Secretario de Estado, José Luis Méndez Romeu.

ANEXO
Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en relación con el Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo

La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado- Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en su reunión celebrada el día 19 de julio de 2004 ha adoptado el siguiente Acuerdo:

1. Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas entre ambas Administraciones Públicas sobre los artículos 18, 224 y 228.3 del Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/2004, de 22 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

2. Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión la solución que proceda.

3. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, antes del próximo día 27 de julio, por cualquiera de los órganos mencionados en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, a los efectos que en el propio precepto se contemplan, así como insertar el presente Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias».

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid