De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Real
Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y en la base 4.1 de la
Orden TAS/1637/2004, de 24 de mayo ("Boletín Oficial del
Estado" de 4 de junio), por la que se convocan pruebas selectivas
para el ingreso en el Cuerpo de Gestión de la Administración
de la Seguridad Social, esta Subsecretaría ha resuelto:
Primero.-Aprobar las listas provisionales de aspirantes
admitidos y excluidos a las citadas pruebas. Las listas completas de
aspirantes se encontrarán expuestas en las Delegaciones y
Subdelegaciones de Gobierno, en la Dirección General de la Función
Pública (calle María de Molina n.o 50, Madrid), en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas (calle María de Molina n.o 50, Madrid), en el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales (calle Agustín de Bethencourt n.o 4,
Madrid) y en la página web: www.seg-social.es.
Segundo.-Publicar como anexo a la presente Resolución la
lista provisional de excluidos con expresión de las causas de
exclusión.
Tercero.-El plazo para la presentación de reclamaciones a
dichas listas será de diez días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial
del Estado", para la subsanación de errores así como de aquellos
defectos que hayan motivado su no admisión u omisión.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran
recogidos en la relación de excluidos, sino que, además, sus
nombres constan en la relación de admitidos.
Los aspirantes que dentro del plazo señalado, no subsanaran
la exclusión o alegasen la omisión, serán definitivamente excluidos
de la participación en las pruebas selectivas.
Cuarto.-Contra la exclusión definitiva del aspirante podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de
dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación,
ante el órgano competente. Previamente, con carácter potestativo,
podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes
ante el mismo órgano que dictó el acto, significándose que, en
este caso, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta del mismo.
Quinto.-Finalizado el plazo de subsanación, se elevarán a
definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, exponiéndose
para su total difusión en los mismos lugares que las provisionales.
Sexto.-La realización del primer ejercicio tendrá lugar el día
23 de octubre, a las 11 horas, en la Sala de Formación de la
Tesorería General de la Seguridad Social, 2.a planta del edificio
sito en la calle Doctor Esquerdo, 125, de Madrid.
Séptimo.-Con la finalidad de acreditar su identidad, los
opositores deberán presentar el documento nacional de identidad o,
en su defecto, permiso de conducir o pasaporte, así como la hoja
número 2, "Ejemplar para el interesado", de la solicitud de
admisión a las pruebas. Asimismo, deberán ir provistos de bolígrafo
negro o azul.
Madrid, 15 de julio de 2004.-La Subsecretaria, Aurora
Domínguez González.
ANEXO
MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES
Relación provisional de aspirantes excluidos a las pruebas selectivas para el ingreso, por modalidad de acceso libre, en el Cuerpo
de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, convocado por Orden TAS/1637/2004 de 24 de mayo (B.O.E. del 4
de junio)
Causasdeexclusión
DNI Apellidosynombre Forma
deacceso
1 2 3 4 5
75888687 Bernechea Cárdenas, Ignacio .............................. L X X X
13775301 Franco del Hoyo, M. Yolanda .............................. L X
30786175 Poyato López, M. Carmen .................................. L X X
16567355 Prado Abadía, Fernando del ................................ L X
78793226 Sánchez Barreiro, M. Carmen .............................. L X
50868095 Vaquero Gallego, Rafael ................................... L X
Causas de exclusión:
1. No aportar fotocopia del DNI o documentación equivalente.
2. Carecer del título exigido en la convocatoria.
3. No aportar certificado del Servicio Público de Empleo.
4. No aportar declaración jurada de no percibir rentas superiores al salario mínimo interprofesional.
5. No aportar certificado de no haber rechazado oferta de empleo.
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