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Documento BOE-A-2004-1397

Orden ECD/3865/2003, de 26 de diciembre, por la que se corrigen errores y omisiones advertidos en la Orden ECD/3592/2003, de 9 de diciembre, por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2004, páginas 2827 a 2828 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2004-1397

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores y omisiones en la Orden ECD/3592/2003,

de 9 de diciembre, por la que se convoca concurso de traslados

de funcionarios docentes de los Cuerpos de Profesores de

Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional,

Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música

y Artes Escénicas, Profesores y Maestros de Taller de Artes

Plásticas y Diseño, este Ministerio ha resuelto su corrección en el

siguiente sentido:

Primero.-En el Anexo I.A) Baremo de prioridades en la

adjudicación de destino, en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza

Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional,

Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores y Maestros

de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

En la página 45834, en el subapartado 1.3.3 Titulaciones de

enseñanzas de régimen especial, incorporar como Documentos

justificativos los siguientes:

"Títulos que se posean o, en su caso, certificación acreditativa

de haber desarrollado los estudios conducentes a su obtención".

En el apartado 2.2 Valoración por trabajos desarrollados,

incluir en la página 45836, a continuación del subapartado 2.2.2

los siguientes:

2.2.3 Por cada año en

otros cargos directivos

de centros públicos a

los que correspondan

las vacantes ofertadas.

(Ver disposición

complementaria cuarta del

baremo) .............. 1,00 puntos

Documento justificativo

del nombramiento con

expresión de la

duración real del cargo o, en

su caso, certificación en

la que conste que este

curso se continúa en el

cargo.

Las fracciones de año se

computarán a razón de

0,08 puntos por mes

completo.

2.2.4 Por cada año

como Jefe de

Seminario, Departamento o

División de centros

públicos de Enseñanza

Secundaria,

Bachillerato, Adultos, Formación

Profesional, Artísticas e

Idiomas, Asesor de

Formación Permanente o

Director de un Equipo

de Orientación

Educativa y Psicopedagógica . . 0,50 puntos

Documento justificativo

del nombramiento con

expresión de la

duración real del cargo o ,

en su caso, certificación

en la que conste que

este curso se continúa

en el cargo.

Las fracciones de año se

computarán a razón de

0,04 puntos por mes

completo.

Segundo.-En el Anexo I.B) Baremo de prioridades en la

adjudicación de destino en los Cuerpos de Catedráticos y Profesores

de Música y Artes Escénicas.

En la página 45837 en el subapartado 1.1.3 , donde dice "Las

fracciones de año se computarán a razón de 0,60 puntos por

mes completo, debe decir "Las fracciones de año se computarán

a razón de 0,06 puntos por mes completo.

En la página 45839 en el Apartado 2.1 Publicaciones,

incorporar la valoración del mismo en el siguiente sentido: "Hasta 5,00

puntos".

En el apartado 2.2. de esta misma página, Valoración por

trabajos desarrollados, incluir a continuación del subapartado 2.2.4.

el siguiente:

2.2.5. Por cada año de

desempeño de puestos

en la Administración

Educativa de nivel de

complemento de

destino igual o superior al

asignado al Cuerpo por

el que se participa ..... 1,50 puntos

Documento justificativo

del nombramiento con

expresión de la

duración real del cargo.

Las fracciones de año se

computarán a razón de

0,12 puntos por mes

completo.

Tercero.-En la página 45842, en el Anexo II C, Centros de

Educación de Personas Adultas, donde dice : "...Código

52000646C, Denominación Melilla "Virgen de la Victoria"

Localidad Melilla, Cod. Localidad 510010003.", debe decir: "... Cod.

Localidad 520010003".

Cuarto.-Como consecuencia de estas modificaciones, el plazo

de presentación de instancias previsto en la Base decimotercera

de la Orden ECD/3592/2003, de 9 de diciembre, se amplía por

un periodo de quince días hábiles, contados a partir del día

siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del

Estado.

Concluido este plazo de presentación de solicitudes no se

admitirá ninguna instancia, ni modificación alguna a las peticiones

formuladas, ni documentación referida a los méritos aportados,

así como tampoco renuncias a la participación salvo lo establecido

en la Base decimoséptima de la citada Orden de convocatoria.

Quinto.-Esta Orden es definitiva en la vía administrativa y

contra la misma, los interesados podrán interponer recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en el

artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 90.4 de la Ley

Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción

dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo

de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su

notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de

la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida

potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, ante la Dirección

General de Programación Económica, Personal y Servicios, de

acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 26 de diciembre de 2003.-La Ministra, P. D. (O.M.

1 de febrero de 2001, B.O.E. del 9), el Director General de

Programación Económica, Personal y Servicios, Gregorio Moreno

López.

Ilmo. Sr. Director General de Programación Económica, Personal

y Servicios. Ilmos. Sres. Directores Provinciales.

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