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Documento BOE-A-2004-14310

Resolución de 24 de junio de 2004, de la Dirección General de Costas, por la que se ordena la publicación del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Principado de Asturias en la gestión integral del litoral asturiano.

Publicado en:
«BOE» núm. 184, de 31 de julio de 2004, páginas 27813 a 27814 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-14310

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 22 de junio de 2004 se ha suscrito el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Principado de Asturias en la gestión integral del litoral asturiano. De conformidad con lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, resuelvo publicar en el Boletín Oficial del Estado el Convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 24 de junio de 2004.—El Director General, José Fernández Pérez.

ANEXO
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y el Principado de Asturias en la Gestión Integral del Litoral Asturiano

En Oviedo, a 22 de junio de 2004.

REUNIDOS

De una parte, la excelentísima señora Ministra de Medio Ambiente, doña Cristina Narbona Ruiz, nombrada por RD 558/2004, de 17 de abril, en el ejercicio de las competencias propias del cargo que ostenta y en virtud de lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Y, de otra, en nombre y representación del Principado de Asturias, el Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, don Francisco González Buendía, nombrado por RD 10/2003, de 7 de julio de 2003, en ejercicio de la competencia exclusiva de Ordenación del territorio y del litoral recogida en el artículo 10.1.3 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias.

En la calidad en que cada uno interviene, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para el otorgamiento del presente Convenio, a cuyo efecto,

MANIFIESTAN

El Ministerio de Medio Ambiente, y en su seno la Secretaría General del Territorio y la Biodiversidad, y el Principado de Asturias tienen intención de colaborar en la gestión integral del litoral asturiano, pues ambas partes son conscientes de que la construcción sostenible del espacio litoral no puede abordarse separadamente por cada una de las Administraciones con atribuciones en la misma.

El Ministerio de Medio Ambiente tiene la competencia exclusiva en materia de determinación, protección, utilización y policía del dominio público marítimo-terrestre, recogida en la Ley 22/1988 de Costas, a cuyo amparo desarrolla una política de recuperación de las áreas costeras y defensa del dominio público marítimo-terrestre, con el objetivo de mejorar su calidad medioambiental y garantizar el uso público de los espacios cercanos al mar. Asimismo, el Ministerio de Medio Ambiente ejerce las competencias relativas a la evaluación de impacto ambiental de una serie de infraestructuras de interés general, que en algunos casos pueden incidir en la ordenación de la franja litoral.

Por su parte, el Principado de Asturias tiene la competencia exclusiva de ordenación del territorio y del litoral, tal y como dispone el artículo 10.1.3 de su Estatuto de Autonomía. Con base en dicho artículo aprobó en el año 1993 unas Directrices Subregionales de Ordenación Territorial para la Franja Costera, como instrumento expresivo de los objetivos de política territorial a desarrollar en el Principado de Asturias en relación con su espacio costero, que representan un ambicioso proyecto de protección de un ecosistema valioso social y ambientalmente.

En desarrollo de dichas Directrices, el Gobierno del Principado de Asturias ha elaborado un Plan Territorial Especial de Ordenación del Litoral Asturiano (POLA), que ejemplifica un modelo de desarrollo sostenible de ese preciado ecosistema natural a través de diversas líneas de actuación que, sin poner en riesgo los valores naturales, paisajísticos y culturales del espacio costero, propicia su utilización racional, mejorando su calidad ambiental y facilitando que los ciudadanos puedan disfrutar de ese patrimonio.

Con el objeto de armonizar de forma satisfactoria las competencias concurrentes y lograr así soluciones integradas y sostenibles, que sirvan, además, de ejemplo paradigmático de la necesaria coordinación interadministrativa, se firma este Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio tiene como objeto establecer un marco estable de coordinación y colaboración entre el Ministerio de Medio Ambiente y la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Principado de Asturias con la finalidad de llevar a cabo una gestión integrada de las zonas costeras del Principado de Asturias en el marco del POLA y de la legislación de Costas como modelos de desarrollo sostenible del litoral.

Segunda.

Ambas partes manifiestan su compromiso de prestarse apoyo técnico y coordinarse y cooperar de manera conjunta en las distintas actuaciones a llevar a cabo en la franja costera asturiana promovidas por cualquiera de ellas.

A tal efecto, ambas partes se comprometen a colaborar en:

La defensa del espacio costero para conseguir un mejor disfrute colectivo del mismo, dentro de las políticas de ordenación del litoral, gestión integrada y sostenibilidad llevadas a cabo por ambas Administraciones y de las determinaciones de la Ley de Costas.

Las labores de vigilancia del litoral asturiano.

El intercambio de información relativa a la gestión del litoral del Principado de Asturias.

Tercera.

Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento del presente Convenio formada por cuatro representantes de cada una de las partes firmantes que tendrá, entre otras, las funciones de:

Analizar los proyectos a desarrollar en el ámbito territorial del Convenio.

Coordinar las previsiones y planes de cada Administración racionalizando, de esta forma, la planificación integral de la franja litoral.

Estudiar, conjuntamente, la posible incidencia de cada actuación en el ámbito global de las competencias mutuas.

Proponer los correspondientes Convenios de desarrollo (Addendas) del presente Convenio a celebrar entre las partes, en los que se concretarán las actuaciones correspondientes a cada parte, que integrarán en sus respectivos planes de inversión.

La Comisión Mixta estará integrada por:

Cuatro representantes del Ministerio de Medio Ambiente: El Director General de Costas, que la presidirá a partir de la firma del presente Convenio y tres representantes del Ministerio de Medio Ambiente.

Cuatro representantes de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras del Principado de Asturias. Cuando la presidencia le corresponda al Principado, ésta será ejercida por la Viceconsejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio quien podrá delegar en el Director General de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

La presidencia de la Comisión Mixta se alternará entre ambas partes por períodos de 12 meses.

La Comisión, que se reunirá de manera ordinaria cada seis meses, podrá invitar a sus reuniones a representantes de otros Ministerios o de otras Consejerías de la Administración Autonómica cuando se vayan a tratar asuntos que afecten a materias de su competencia.

Cuarta.

Mediante Addendas al presente Convenio se fijarán las actuaciones a llevar a cabo en su desarrollo y los compromisos de cofinanciación de cada una de las partes firmantes.

Quinta.

El presente Convenio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma, en todas sus cláusulas, reservándose las partes el derecho de poner fin a su vigencia por incumplimiento o de mutuo acuerdo, en este caso, notificándose tal circunstancia a la otra parte con antelación de un mes respecto a la fecha en que se pretenda finalizar su vigencia.

Y, en prueba de conformidad, firman el presente Convenio por duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.

El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras, Francisco González Buendía.—La Ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona Ruiz.

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