Está Vd. en

Documento BOE-A-2004-14456

Resolución de 10 de junio de 2004, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático, sobre la evaluación de impacto ambiental del proyecto "Riego de 16,40 hectáreas en una finca de don Isidoro López Magán en San Martín de Pusa (Toledo)", en el ámbito de la Confederación Hidrográfica del Tajo.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 3 de agosto de 2004, páginas 28109 a 28109 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2004-14456

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y el Reglamento de ejecución aprobado por Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen que los proyectos públicos o privados, consistentes en la realización de las obras, instalaciones o de cualquier actividad comprendida en el Anexo II de este Real Decreto Legislativo sólo deberán someterse a una evaluación de impacto ambiental en la forma prevista en esta disposición, cuando así lo decida el órgano ambiental en cada caso.

El proyecto Riego de 16,40 hectáreas en una finca de don Isidoro López Magán en el término municipal de San Martín de Pusa (Toledo), se encuentra comprendido en el apartado c del Grupo 1 del Anexo II de la Ley 6/2001 antes referida.

La Confederación Hidrográfica del Tajo remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, la documentación relativa al proyecto incluyendo sus características, ubicación e informes redactados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha sobre la afección ambiental de la actuación.

El proyecto Riego de 16,40 hectáreas en una finca de don Isidoro López Magán en el término municipal de San Martín de Pusa (Toledo) tiene por objeto poner en regadío, mediante la aportación de un aprovechamiento de aguas subterránea existente, 16,40 hectáreas destinadas a riego por goteo de olivar.

Según el informe emitido por el Servicio de Calidad Ambiental de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha el proyecto no se encuentra sometido a la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Evaluación de Impacto Ambiental.

Considerando los criterios de selección contemplados en el Anexo III de la Ley 6/2001, los informes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y analizada la totalidad del expediente, no se deduce la posible existencia de impactos ambientales adversos significativos. Por lo tanto, en virtud del artículo 1.2 de la Ley 6/2001 la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático a la vista del informe emitido por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental de este Ministerio de fecha 10 de junio de 2004, resuelve que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto Riego de 16,40 hectáreas en una finca de don Isidoro López Magán en el término municipal de San Martín de Pusa (Toledo).

No obstante, el destino del agua deberá de ser exclusivamente para el riego por goteo de olivar, descartándose un futuro cambio de uso a otros tipos de cultivo que supusieran una pérdida del hábitat de la zona, así como la extensión del regadío a otras parcelas distintas de las solicitadas.

Madrid, 10 de junio de 2004.–El Secretario General, Arturo Gonzalo Aizpiri.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid