En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la
Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre
de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Madrid,
Don José Emilio Canseco Canseco, del cual resulta que ha
cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación,
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por
el artículo 4.1 f) del Real Decreto 1475/2004, de 18 de junio,
ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario por
haber cumplido la edad legalmente establecida, y remitir a la
Mutualidad de Previsión Social del Cuerpo de Corredores de
Comercio Colegiados un certificado de servicios al objeto de que
por la misma se fije la pensión y demás beneficios mutualistas
que sean procedentes.
Lo que le comunico para su conocimiento, el de esa Junta
Directiva y demás efectos.
Madrid, 19 de julio del 2004.-La Directora general, Pilar
Blanco-Morales Limones.
Ilmo. Sr. Decano del Colegio Notarial de Madrid.
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