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Documento BOE-A-2004-14618

Orden ECI/2660/2004, de 16 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Educación y Ciencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 6 de agosto de 2004, páginas 28437 a 28445 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-2004-14618

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004

de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público

para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de

personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la

Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso

en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de

Organismos Autónomos del Ministerio de Educación y Ciencia con

sujeción a las siguientes:

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 32 plazas de

la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de

Organismos Autónomos del Ministerio de Educación y Ciencia

Código 5431 por el sistema general de acceso libre y 5 plazas por

el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo

5 del Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero, para los ministerios

de Educación y Ciencia, y Cultura.

La distribución por especialidades de las plazas convocadas

es la siguiente:

Sección Archivos:

9 plazas por el turno libre.

1 plaza por el turno de promoción interna.

Sección Bibliotecas:

14 plazas por el turno libre.

3 plazas por el turno de promoción interna.

Sección Museos:

9 plazas por el turno libre.

1 plaza por el turno de promoción interna.

Del total de estas plazas se reservará 1 plaza de la Sección

de Bibliotecas (turno libre) y 1 de la Sección de Museos (turno

libre) para quienes tengan la condición legal de personas con

discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33

por 100.

Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas

con discapacidad, los aspirantes discapacitados que hayan

superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo podrán

optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.

Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas

con discapacidad se acumularán a las de acceso general.

En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de

promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a

las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en

el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín

Oficial del Estado de 15 de abril).

1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos

convocatorias.

1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de

acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para

los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna,

con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican

en el Anexo I.

1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el

que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.5 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el

siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición

se iniciará antes del 25 de octubre. La duración máxima de la

fase de oposición será de 5 meses, contados a partir de la fecha

de realización del primer ejercicio.

1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría General para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo

los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo

de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de

la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad:

a) Ser español.

b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud

de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea

y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,

el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de

los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así

lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún

Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén

separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán

participar sus descendientes y los de su cónyuge menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado

Polivalente, Título Bachiller LOGSE, Formación Profesional de

Segundo Grado, o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de veinticinco años. En el caso

de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en

posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.1.4 Compatibilidad Funcional: No padecer enfermedad ni

estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con

el desempeño de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: no haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por

promoción interna deberán cumplir, además:

2.1.6 Pertenencia a Cuerpo: pertenecer como funcionario de

carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos

en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,

de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de

Telecomunicación, adscritos al grupo D y estar además destinados en la

Administración General del Estado.

2.1.7 Antigüedad: haber prestado servicios efectivos, durante

al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o

Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del

artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o en Cuerpos

o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo D.

2.1.8 Aquellos funcionarios del grupo D que carezcan de la

titulación requerida en la base 2.1.3, podrán participar en este

proceso selectivo siempre que tengan una antigüedad de diez años

en los Cuerpos o Escalas del grupo D incluidos en el ámbito de

aplicación de la Ley 30/198, de 2 de agosto, de Medidas para

la Reforma de la Función Pública.

2.1.9 podrán participar aquellos funcionarios que, careciendo

de la titulación También exigida, no alcancen los diez años

mencionados siempre que acrediten al menos cinco años y hayan

superado el curso específico a que refiere la disposición adicional

novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la

condición legal de persona con discapacidad con un grado de

minusvalía igual o superior al 33 por 100.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a

pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de

derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente

en el Ministerio de Educación y Ciencia, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las

Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones

diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página

de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.2. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Educación y Ciencia, c/ Los Madrazo,

15-17, Madrid 28071, o en la forma establecida en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a

partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al

Subsecretario del Ministerio de Educación y Ciencia. La no

presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión

del aspirante.

3.3 A la solicitud se acompañará:

Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del

pasaporte.

Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base

2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada

del correspondiente Documento de Identidad o pasaporte, una

fotocopia de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de

residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal

de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo

en vigor.

Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base

2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una

fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que

sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que

existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su

cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus

expensas o está a su cargo.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las

certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

pre

sentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía

igual o superior al 33 por ciento que soliciten adaptación de tiempo

y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo

emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado

de minusvalía

3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que

pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier

momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

autoridad convocante dictará orden, en el plazo máximo de un

mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En

dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del

Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al

público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos

y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para

subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y

determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio

de la oposición.

4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran

producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos

lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunales

5.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son

los que figuran como Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28

de la ley citada en la base anterior.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los

Tribunales tendrán su sede en los siguientes lugares:

Sección Archivos.-Subdirección General de los Archivos

Estatales. Plaza del Rey 1, Madrid 28004. Tel. 917017264. E-Mail:

archivos.estatalesUdglabr.mcu.es

Sección Bibliotecas.-Biblioteca Nacional, Paseo de

Recoletos 20. Tel. 915807880. E-Mail: directora.tecnicaUbne.es

Sección Museos.-Subdirección General de Museos Estatales.

Plaza del Rey 1, Madrid 28004, Tel 917012547. E-Mail:

virginia.gardeUdgba.mcu.es

6. Desarrollo del proceso selectivo

6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de

oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S,

en cada Sección, según lo establecido en la Resolución de la

Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de enero

de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración

y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan

alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación

de la puntuación obtenida.

6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que

participen por el turno de promoción interna y que la hubieran

superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para

presentar en el Registro General del Ministerio de Educación y Ciencia,

c/ Los Madrazo, 15-17, Madrid 28071, o en la forma establecida

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida por

los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde

presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo

que figura como Anexo V. La no presentación de la certificación

en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante de

la fase de concurso.

6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares

de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal,

la relación que contenga la valoración provisional de méritos de

la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida

en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo

de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación

de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.

Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la

valoración definitiva de la fase de concurso.

6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del

proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes

no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,

previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a

la autoridad convocante.

7. Superación del proceso selectivo

7.1 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los

participantes por el turno libre, y las fases de oposición y de concurso,

en el caso de los participantes por el turno de promoción interna,

el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de

puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última

prueba.

Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la

publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los

aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde

la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la

presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos

en la convocatoria.

7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

uno de los sistemas de acceso y en cada Sección.

7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo en ambas convocatorias y dentro de cada

Sección se efectuará según la petición de destino de acuerdo con

la puntuación total obtenida.

Los aspirantes aprobados en la convocatoria de promoción

interna no podrán solicitar que se les adjudique destino en el

puesto que vinieran desempeñando con carácter definitivo o

mediante adscripción provisional, de conformidad con lo

establecido en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

8. Norma final

Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley

30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;

el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en

la presente convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante la Excelentísima Señora

Ministra de Educación y Ciencia en el plazo de un mes desde

su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el

plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano

jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de

interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente

o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 16 de julio de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden

ECI/1217/2004, BOE 6 de mayo), el Subsecretario, Fernando

Gurrea Casamayor.

Ilmos. Sres. Presidentes de los Tribunales Calificadores.

Descripción del proceso selectivo

SECCIÓN ARCHIVOS

1. Fase de oposición

1.1 Primer ejercicio:

Turno libre.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado

por cien preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo sólo

una de ellas la correcta), que versarán sobre la parte primera

del programa que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo

se podrá marcar una respuesta.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de dos horas.

Calificación: Se puntuará con 0,40 puntos por cada respuesta

correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,10 puntos.

El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar

este ejercicio.

Promoción interna.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado

por ochenta preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo

solo una de ellas la correcta), que versarán sobre los apartados 2

y 3 (Historia Cultural y Específica de Archivos) de la parte primera

del programa que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo

se podrá marcar una respuesta.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de noventa minutos.

Calificación: Se puntuará con 0,50 puntos por cada respuesta

correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,125 puntos.

El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar

este ejercicio.

1.2 Segundo ejercicio:

Consistirá, tanto para los aspirantes del turno libre como para

los aspirantes por promoción interna, en la resolución de tres

supuestos prácticos sobre las materias de la parte segunda del

programa que figura como Anexo II, al objeto de apreciar la

capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas

con los contenidos de las mismas.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de hora y media.

El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión

pública convocada al efecto. El Tribunal podrá efectuar al

candidato preguntas sobre la resolución de los supuestos prácticos

durante un tiempo máximo de diez minutos.

Calificación: Cada supuesto se calificará de cero a veinte

puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un

mínimo de treinta puntos y no haber obtenido menos de siete puntos

en ninguno de los supuestos.

1.3 Calificación de la fase de oposición:

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por

la suma de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios. En

caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes

criterios:

1.o Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

2.o Mayor puntuación obtenida en el primer supuesto práctico

del segundo ejercicio.

3.o Mayor puntuación obtenida en el segundo supuesto

práctico del segundo ejercicio.

2. Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo

se aplicará a quienes participando por el turno de promoción interna,

hayan superado la fase de oposición. Se valorarán hasta un máximo

de 20 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha de

publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado:

2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en

cualquier Cuerpo o Escala del Grupo D de los incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de Agosto (art. 1.1), de

acuerdo con la siguiente progresión:

1 año: 1 punto.

2 años: 2 puntos.

3 años: 3 puntos.

4 años: 4 puntos.

5 años o más: 5 puntos.

2.2 Grado personal consolidado:

Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado

a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad

competente el día publicación de esta convocatoria en el Boletín

Oficial del Estado, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,50 hasta un

máximo de 5 puntos.

2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa

el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la

siguiente puntuación:

Hasta el nivel 14 inclusive: 3 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0.50 puntos hasta

un máximo de 5. Las valoraciones efectuadas en este apartado

no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,

con independencia de sus efectos económicos.

2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación

relacionados con las funciones que desempeñarán en la Escala de

Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos

Autónomos del Ministerios de Educación y Ciencia (Sección Archivos)

acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con

hasta 1 punto cada uno. La puntuación máxima que se podrá

obtener por este apartado será de 5 puntos.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo

incluido como Anexo V a esta convocatoria.

3. Calificación final

Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la

calificación final corresponderá a la de la fase de oposición.

Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la

calificación final vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación obtenida en la fase de oposición y en su caso a los

criterios recogidos en el punto 1.3 anterior.

SECCIÓN BIBLIOTECAS

1. Fase de oposición

1.1 Primer ejercicio:

Turno libre.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado

por cien preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo sólo

una de ellas la correcta), que versarán sobre la parte primera

del programa que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo

se podrá marcar una respuesta.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de dos horas.

Calificación: Se puntuará con 0,40 puntos por cada respuesta

correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,10 puntos.

El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar

este ejercicio.

Promoción interna.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado

por 80 preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo solo

una de ellas la correcta), que versarán sobre los apartados 2 y 3

(Historia Cultural y Específica de Bibliotecas) de la parte primera

del programa que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo

se podrá marcar una respuesta.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de noventa minutos.

Calificación: Se puntuará con 0,50 puntos por cada respuesta

correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,125 puntos.

El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar

este ejercicio.

1.2 Segundo ejercicio:

Consistirá, tanto para los aspirantes del turno libre como para

los aspirantes por promoción interna, en la resolución de tres

supuestos prácticos sobre las materias de la parte segunda del

programa que figura como Anexo II, al objeto de apreciar la

capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas

con los contenidos de las mismas.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de hora y media.

Calificación: Cada supuesto se calificará de cero a veinte

puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un

mínimo de treinta puntos y no haber obtenido menos de siete puntos

en ninguno de los supuestos.

1.3 Calificación de la fase de oposición.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por

la suma de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios. En

caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes

criterios:

1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

2. Mayor puntuación obtenida en el primer supuesto práctico

del segundo ejercicio.

3. Mayor puntuación obtenida en el segundo supuesto

práctico del segundo ejercicio.

2. Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo

se aplicará a quienes, participando por el turno de promoción

interna, hayan superado la fase de oposición. Se valorarán hasta

un máximo de 20 puntos los siguientes méritos referidos a la

fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial

del Estado:

2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en

cualquier Cuerpo o Escala del Grupo D de los incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de Agosto (art. 1.1), de

acuerdo con la siguiente progresión:

1 año: 1 punto.

2 años: 2 puntos.

3 años: 3 puntos.

4 años: 4 puntos.

5 años o más: 5 puntos.

2.2 Grado personal consolidado:

Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado

a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad

competente el día publicación de esta convocatoria en el Boletín

Oficial del Estado, se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,50 hasta un

máximo de 5 puntos.

2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa

el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la

siguiente puntuación:

Hasta el nivel 14 inclusive: 3 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0.50 puntos hasta

un máximo de 5. Las valoraciones efectuadas en este apartado

no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,

con independencia de sus efectos económicos.

2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación

relacionados con las funciones que desempeñarán en la Escala de

Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos

Autónomos del Ministerios de Educación y Ciencia (Sección Bibliotecas)

acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con

hasta 1 punto cada uno. La puntuación máxima que se podrá

obtener por este apartado será de 5 puntos.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo

incluido como Anexo V a esta convocatoria.

3. Calificación final

Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la

calificación final corresponderá a la de la fase de oposición. En

caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los criterios

recogidos en el punto 2 anterior.

Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la

calificación final vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación obtenida en la fase de oposición y en su caso a los

criterios recogidos en el punto 2 anterior.

SECCIÓN MUSEOS

1. Fase de oposición

1.1 Primer ejercicio:

Turno libre.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado

por cien preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo sólo

una de ellas la correcta), que versarán sobre la parte primera

del programa que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo

se podrá marcar una respuesta.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de dos horas.

Calificación: Se puntuará con 0,40 puntos por cada respuesta

correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,10 puntos.

El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar

este ejercicio.

Promoción interna.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado

por ochenta preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo

sólo una de ellas la correcta), que versarán sobre los apartados:

Historia Cultural y Específica de la parte primera del programa

que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo se podrá marcar

una respuesta.

Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de noventa minutos.

Calificación: Se puntuará con 0,500 puntos por cada respuesta

correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,125 puntos.

El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar

este ejercicio.

1.2 Segundo ejercicio:

Consistirá, tanto para los aspirantes del turno libre como para

los aspirantes por promoción interna, en la resolución de tres

supuestos prácticos sobre las materias de la parte segunda del

programa que figura como Anexo II, al objeto de apreciar la

capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas

con los contenidos de las mismas.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán

de un tiempo máximo de hora y media.

El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión

pública convocada al efecto.

Calificación: Cada supuesto se calificará de cero a veinte

puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un

mínimo de treinta puntos y no haber obtenido menos de siete puntos

en ninguno de los supuestos.

1.3 Calificación de la fase de oposición.

La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por

la suma de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios. En

caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes

criterios:

1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

2. Mayor puntuación obtenida en el primer supuesto práctico

del segundo ejercicio.

3. Mayor puntuación obtenida en el segundo supuesto

práctico del segundo ejercicio.

2. Fase de concurso

En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo

se aplicará a quienes, participando por el turno de promoción

interna, hayan superado la fase de oposición. Se valorarán hasta

un máximo de 20 puntos los siguientes méritos referidos a la

fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial

del Estado:

2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en

cualquier Cuerpo o Escala del Grupo D de los incluidos en el ámbito

de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de Agosto (art. 1.1), de

acuerdo con la siguiente progresión:

1 año: 1 punto.

2 años: 2 puntos.

3 años: 3 puntos.

4 años: 4 puntos.

5 años o más: 5 puntos.

2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que

se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de

reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de la

publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,

se otorgará la siguiente puntuación:

Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.

Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,50 hasta un

máximo de 5 puntos.

2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento

de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa

el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la

siguiente puntuación:

Hasta el nivel 14 inclusive: 3 puntos.

Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0,50 puntos hasta

un máximo de 5. Las valoraciones efectuadas en este apartado

no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,

con independencia de sus efectos económicos.

2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación

relacionados con las funciones que desempeñarán en la Escala de

Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos

Autónomos del Ministerios de Educación y Ciencia (Sección Museos)

acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con hasta

1 punto cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener

por este apartado será de 5 puntos.

La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo

incluido como Anexo V a esta convocatoria.

3. Calificación final

Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la

calificación final corresponderá a la de la fase de oposición. En

caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los criterios

recogidos en el punto 2 anterior.

Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la

calificación final vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación obtenida en la fase de oposición y en su caso a los

criterios recogidos en el punto 2 anterior.

ANEXO II

TEMARIO

Sección Archivos

PARTE PRIMERA

1. Derecho y Administración

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

Los derechos y libertades públicas. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia.

2. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El

Senado. Funciones de las Cámaras. El Gobierno y la

Administración Pública. El Poder Judicial. El Tribunal Supremo.

3. Organización territorial del Estado. Las Comunidades

Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. La distribución de

competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. La

Administración local.

4. Órganos constitucionales. El Tribunal Constitucional. El

Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Consejo de Estado.

5. La Administración General del Estado. Órganos superiores.

Órganos directivos. Delegados y Subdelegados del Gobierno. La

administración del Estado en el exterior.

6. Los Ministerios de Educación y Ciencia, y Cultura.

Organismos Autónomos adscritos a estos Ministerios. Archivos,

bibliotecas y museos estatales.

7. La legislación española sobre el Patrimonio Histórico

Español.

8. Disposiciones administrativas y actos administrativos. El

procedimiento administrativo. Revisión de oficio. Recursos

administrativos.

9. El personal funcionario al servicio de las Administraciones

Públicas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Situaciones administrativas. Incompatibilidades.

10. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos.

2. Historia cultural

11. Culturas prerromanas en la Península Ibérica.

12. Manifestaciones culturales de la Hispania Romana.

13. La huella cultural islámica en la Península Ibérica.

14. Arte y Cultura en la Alta Edad Media: El Románico en

los Reinos Peninsulares.

15. Arte y Cultura en la Baja Edad Media: El Gótico en los

Reinos Peninsulares.

16. El Renacimiento en España.

17. El esplendor cultural del siglo XVII español.

18. Aspectos culturales de la Ilustración española.

19. Cultura y sociedad en España durante el siglo XIX.

20. Manifestaciones culturales del siglo XX en España:

Vanguardias y cultura de masas.

3. Específica de Archivos

21. Concepto de Archivo y de Archivística.

22. El archivo de oficina y su organización: Principios básicos.

23. Tipos de archivos: Archivos centrales, intermedios e

históricos.

24. El principio de procedencia de los fondos. La

identificación de los fondos. Su metodología. Sistemas de clasificación

y ordenación. Instrumentos resultantes.

25. El ciclo vital de los documentos en relación con las fases

de archivo. Las transferencias de documentación.

26. La Difusión. Servicios de los archivos a la Administración

y a los ciudadanos.

27. La descripción. Instrumentos Tradicionales.

28. La recuperación de los documentos y de la información.

Normalización: Normas ISAD (G) e ISAAR (CPF).

29. La Archivística frente a las otras disciplinas documentales.

30. Funcionamiento general de los Archivos y funciones

básicas del archivero.

31. El Archivo como centro de conservación. Edificio,

depósito e instalaciones.

32. La reprografía en archivos: Objetivos y programas.

Técnicas reprográficas.

33. Soportes documentales: Tipos y causas fisicoquímicas y

biológicas de alteración.

34. La Administración Española de los Archivos. El Ministerio

de Cultura. La Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.

35. Los Archivos Generales del Estado.

36. Distribución de competencias entre la Administración

Central y las Comunidades Autónomas en materia de Archivos.

37. La Ley 16/85 de 25 de junio de Patrimonio Histórico

Español en lo tocante al Patrimonio Documental.

38. Los Reales Decretos 111/1986, de 10 de enero de

desarrollo parcial de la Ley de Patrimonio Histórico Español, y

el 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el 111/1986.

39. Los reinos hispánicos en la España medieval.

40. La Administración Pública en la Edad Moderna.

41. La Administración de Justicia en la Edad Moderna.

42. La Administración Territorial en la Edad Contemporánea.

43. La organización de la Iglesia en la Edad Moderna.

44. La Hacienda Pública en la Edad Contemporánea.

45. La desamortización. Historia y repercusión en los

Archivos españoles.

46. La Restauración.

47. La Guerra Civil Española. 1936-1939.

48. Los viajes y descubrimientos de la Corona de Castilla

en la Edad Moderna.

49. La organización político-administrativa de las Indias.

50. La Administración Central en la Edad Contemporánea.

PARTE SEGUNDA

1. Instalación y conservación de fondos.

2. Referencias e Información.

3. Herramientas y Nomenclatura Básica de Descripción.

Sección Bibliotecas

PARTE PRIMERA

1. Derecho y Administración

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

Los derechos y libertades públicas. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia.

2. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El

Senado. Funciones de las Cámaras. El Gobierno y la

Administración Pública. El Poder Judicial. El Tribunal Supremo.

3. Organización territorial del Estado. Las Comunidades

Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. La distribución de

competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. La

Administración local.

4. Órganos constitucionales. El Tribunal Constitucional. El

Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Consejo de Estado.

5. La Administración General del Estado. Órganos superiores.

Órganos directivos. Delegados y Subdelegados del Gobierno. La

administración del Estado en el exterior.

6. Los Ministerios de Educación y Ciencia, y Cultura.

Organismos Autónomos adscritos a estos Ministerios. Archivos,

bibliotecas y museos estatales.

7. La legislación española sobre el Patrimonio Histórico

Español.

8. Disposiciones administrativas y actos administrativos. El

procedimiento administrativo. Revisión de oficio. Recursos

administrativos.

9. El personal funcionario al servicio de las Administraciones

Públicas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Situaciones administrativas. Incompatibilidades.

10. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos.

2. Historia Cultural

11. Culturas prerromanas en la Península Ibérica.

12. Manifestaciones culturales de la Hispania Romana.

13. La huella cultural islámica en la Península Ibérica.

14. Arte y Cultura en la Alta Edad Media: El Románico en

los Reinos Peninsulares.

15. Arte y Cultura en la Baja Edad Media: El Gótico en los

Reinos Peninsulares.

16. El Renacimiento en España.

17. El esplendor cultural del siglo XVII español.

18. Aspectos culturales de la Ilustración española.

19. Cultura y sociedad en España durante el siglo XIX.

20. Manifestaciones culturales del siglo XX en España:

Vanguardias y cultura de masas.

3. Especifica de Bibliotecas

21. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases

de bibliotecas.

22. Bibliotecas nacionales: Concepto, funciones y servicios.

23. Bibliotecas públicas: Concepto, funciones y servicios.

24. Bibliotecas universitarias: Concepto, funciones y servicios.

25. Bibliotecas especializadas: Concepto, funciones y servicios.

26. Las Hemerotecas.

27. Evolución histórica de la bibliografía.

28. Los documentos y sus clases.

29. Obras de referencia: Enciclopedias, diccionarios.

30. Obras de referencia: Bibliografías y catálogos.

31. Instalaciones y equipamiento de las bibliotecas.

32. Conservación del fondo documental y bibliográfico.

33. Métodos de reproducción: Microfilmación,

digitalización, etc.

34. Selección y adquisición de fondos bibliográficos.

35. El depósito legal.

36. Proceso técnico de los fondos bibliográficos: Registro,

sellado, etc.

37. Proceso técnico: Ordenación de los fondos y gestión de

los depósitos.

38. La normalización de la identificación bibliográfica: ISBD,

ISBN, ISSN.

39. Los formatos MARC. Los formatos IBERMARC.

40. Clasificación. Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas.

La CDU.

41. Servicios a los lectores: Referencia e información

bibliográfica.

42. Servicios a los lectores: Lectura en sala y libre acceso.

43. Tipos de préstamos. El préstamo interbibliotecario.

44. Bibliografías nacionales.

45. Automatización de bibliotecas. Principales programas de

gestión de bibliotecas.

46. Nuevas tecnologías aplicadas a las bibliotecas:

INTERNET, bases de datos on-line. Los soportes digitales.

47. Cooperación bibliotecaria: Sistemas y redes.

48. Los catálogos de las bibliotecas: Concepto, clases y fines.

49. Catálogos colectivos.

50. Agentes de la producción y difusión del libro (autor,

editor, distribuidor y librero).

PARTE SEGUNDA

1. Ordenación de fondos.

2. Atención a investigadores y usuarios.

3. Servicio de apoyo técnico en sala.

Sección Museos

PARTE PRIMERA

1. Derecho y Legislación

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

Los derechos y libertades públicas. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia.

2. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El

Senado. Funciones de las Cámaras. El Gobierno y la

Administración Pública. El Poder Judicial. El Tribunal Supremo.

3. Organización territorial del Estado. Las Comunidades

Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. La distribución de

competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. La

Administración local.

4. Órganos constitucionales. El Tribunal Constitucional. El

Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Consejo de Estado.

5. La Administración General del Estado. Órganos superiores.

Órganos directivos. Delegados y Subdelegados del Gobierno. La

administración del Estado en el exterior.

6. Los Ministerios de Educación y Ciencia, y Cultura.

Organismos Autónomos adscritos a estos Ministerios. Archivos,

bibliotecas y museos estatales.

7. La legislación española sobre el Patrimonio Histórico

Español.

8. Disposiciones administrativas y actos administrativos. El

procedimiento administrativo. Revisión de oficio. Recursos

administrativos.

9. El personal funcionario al servicio de las Administraciones

Públicas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.

Situaciones administrativas. Incompatibilidades.

10. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos.

2. Historia Cultural

11. Culturas prerromanas en la Península Ibérica.

12. Manifestaciones culturales de la Hispania Romana.

13. La huella cultural islámica en la Península Ibérica.

14. Arte y Cultura en la Alta Edad Media: El Románico en

los Reinos Peninsulares.

15. Arte y Cultura en la Baja Edad Media: El Gótico en los

Reinos Peninsulares.

16. El Renacimiento en España.

17. El esplendor cultural del siglo XVII español.

18. Aspectos culturales de la Ilustración española.

19. Cultura y sociedad en España durante el siglo XIX.

20. Manifestaciones culturales del siglo XX en España:

Vanguardias y cultura de masas.

3. Específica de Museos

21. Historia y colecciones del Museo Nacional y Centro de

Investigación de Altamira.

22. Historia y colecciones de la Casa-Museo de El Greco.

23. Historia y colecciones del Museo Sefardí.

24. Historia y colecciones de la Casa de Cervantes

(Valladolid).

25. Historia y colecciones del Museo Nacional de Escultura.

26. Historia y colecciones del Museo Nacional de Arte Romano.

27. Historia y colecciones del Museo de América.

28. Historia y colecciones del Museo Nacional de

Antropología.

29. Historia y colecciones del Museo del Traje. Centro de

Investigación del Patrimonio Etnológico.

30. Historia y colecciones del Museo Arqueológico Nacional.

31. Historia y colecciones del Museo Nacional de Artes

Decorativas.

32. Historia y colecciones del Museo Cerralbo.

33. Historia y colecciones del Museo Nacional de

Reproducciones Artísticas.

34. Historia y colecciones del Museo Romántico.

35. Historia y colecciones del Museo Sorolla.

36. Historia y colecciones del Museo Nacional de Arqueología

Marítima y Centro Nacional de Investigaciones Arqueológicas

Submarinas.

37. Historia y colecciones del Museo Nacional de Cerámica

y de las Artes Suntuarias "González Martí".

38. Historia y colecciones del Museo Nacional del Prado.

39. Historia y colecciones del Museo Nacional Centro de Arte

Reina Sofía.

40. Historia y colecciones del Museo Nacional de Ciencia y

Tecnología.

41. Historia y colecciones del Museo Nacional de Ciencias

Naturales.

42. Los Museos del Ministerio de Defensa. Historia y

colecciones del Museo del Ejército.

43. El Reglamento de Museos de Titularidad Estatal.

44. Concepto de Museo. Tipos de Museos en España.

45. Modos de ingreso y movimientos de los fondos

museográficos.

46. Funciones de los Museos. Su organización interna.

47. Criterios básicos de conservación preventiva.

48. El sistema de documentación en el Museo. La aplicación

de documentación y gestión museográfica DOMUS.

49. El público y la actividad didáctica en los Museos.

50. El discurso museográfico. Exposición permanente y

exposición temporal.

PARTE SEGUNDA

1. Adaptación de la documentación del museo a modelos

normalizados en soporte informático (Aplicación DOMUS).

2. Movimiento y control de fondos.

3. Control de la instalación museográfica y de la visita a la

misma.

ANEXO III

Tribunales

Sección Archivos

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Ana Laviña Rodríguez. Cuerpo Facultativo

de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretaria: Doña Celia Pérez Cuadrado. Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado.

Vocales:

Doña Esperanza Adrados Villar. Cuerpo Facultativo de

Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Doña Carmen Magán Merchán. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Doña Cristina Díaz Martínez. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Enrique Pérez Boyero. Cuerpo Facultativo de

Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretaria: Doña Teresa Olalla Serra. Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado.

Vocales:

Doña Rosa Calvo Bóveda. Cuerpo Facultativo de Archiveros,

Bibliotecarios y Arqueólogos.

Don Miguel Fernando Gómez Vozmediano. Cuerpo de

Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Doña Eloisa Navajas Twose. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

Sección Bibliotecas

Tribunal titular:

Presidenta: Doña M.a Dolores Rodríguez Fuentes. Cuerpo

Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretario: Don José Luis Martín Muñoz. Cuerpo de Gestión

de la Administración Civil del Estado.

Vocales:

Doña Elena García Bracamonte. Cuerpo Facultativo de

Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Doña M.a Jesús López Lorenzo. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Don Pascual Jiménez Huerta. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña Ana Vicente Navarro. Cuerpo Facultativo de

Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretaria: Doña Teresa Hernández Sánchez. Cuerpo de

Gestión de la Administración del Estado.

Vocales:

Doña Silvia Fuentes López. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

Doña M.a José Vázquez Pedrazuela. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Don Miguel Miranda Carmena. Cuerpo Facultativo de

Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Sección Museos

Tribunal titular:

Presidenta: Doña Virginia Garde López. Cuerpo Facultativo de

Conservadores de Museos.

Secretaria: Doña M.a Soledad Miguel Morcillo. Cuerpo de

Gestión de la Administración Civil del Estado.

Vocales:

Doña M.a Pilar Sánchez Llorente. Cuerpo Facultativo de

Conservadores de Museos.

Doña M.a Dolores Adellac Moreno. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Doña Fernando Pablo Sarría Ramírez. Cuerpo de Ayudantes

de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Tribunal suplente:

Presidenta: Doña Eva M.a Alquézar Yáñez. Cuerpo Facultativo

de Conservadores de Museos.

Secretaria: Doña M.a Luisa García Serrano. Cuerpo General

Administrativo de la Administración del Estado.

Vocales:

Don Óscar Muñoz Sánchez. Cuerpo Facultativo de

Conservadores de Museos.

Doña Mónica Verges Alonso. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

Don Domingo Guerrero Borrull. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala

de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de OO.AA. del

MEC".

En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se

consignará Archivos, Bibliotecas o Museos según proceda.

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L" o

"P" , según se acceda por el sistema de acceso libre o de promoción

interna.

En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de Educación y Ciencia".

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid".

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con

discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan

acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los

ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al

33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por

el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el

recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

la titulación que se posea para poder participar en virtud de lo

señalado en la base 2.1.3

En el recuadro 25, apartado A, se consignará la sección

"Archivos", "Bibliotecas "o "Museos" por la que opte el aspirante.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76

euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante

el sistema general de acceso libre y de 6,38 euros para los

aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0182-2370-44-0200203771 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte Derechos de examen". El ingreso

podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco

Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier

entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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