En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 222/2004
de 6 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público
para el año 2004, y con el fin de atender las necesidades de
personal de la Administración Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la
Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso
en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de
Organismos Autónomos del Ministerio de Educación y Ciencia con
sujeción a las siguientes:
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 32 plazas de
la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de
Organismos Autónomos del Ministerio de Educación y Ciencia
Código 5431 por el sistema general de acceso libre y 5 plazas por
el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo
5 del Real Decreto 222/2004 de 6 de febrero, para los ministerios
de Educación y Ciencia, y Cultura.
La distribución por especialidades de las plazas convocadas
es la siguiente:
Sección Archivos:
9 plazas por el turno libre.
1 plaza por el turno de promoción interna.
Sección Bibliotecas:
14 plazas por el turno libre.
3 plazas por el turno de promoción interna.
Sección Museos:
9 plazas por el turno libre.
1 plaza por el turno de promoción interna.
Del total de estas plazas se reservará 1 plaza de la Sección
de Bibliotecas (turno libre) y 1 de la Sección de Museos (turno
libre) para quienes tengan la condición legal de personas con
discapacidad con un grado de minusvalía igual o superior al 33
por 100.
Una vez cubiertas las plazas del cupo de reserva para personas
con discapacidad, los aspirantes discapacitados que hayan
superado el proceso selectivo sin obtener plaza por dicho cupo podrán
optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso general.
Las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas
con discapacidad se acumularán a las de acceso general.
En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de
promoción interna quedaran vacantes no podrán acumularse a
las de la convocatoria de acceso libre, según lo establecido en
el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (Boletín
Oficial del Estado de 15 de abril).
1.2 Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos
convocatorias.
1.3 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de
acceso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para
los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna,
con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican
en el Anexo I.
1.4 El programa que ha de regir el proceso selectivo es el
que figura como Anexo II a esta convocatoria.
1.5 El proceso selectivo se desarrollará de acuerdo con el
siguiente calendario: El primer ejercicio de la fase de oposición
se iniciará antes del 25 de octubre. La duración máxima de la
fase de oposición será de 5 meses, contados a partir de la fecha
de realización del primer ejercicio.
1.6 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo
hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos
exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante
resolución de la Secretaría General para la Administración Pública,
que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación
del destino adjudicado.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo
los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo
de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de
la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes
requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros
de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud
de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad,
el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de
los demás Estados miembros de la Unión Europea, y cuando así
lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún
Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación
la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén
separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán
participar sus descendientes y los de su cónyuge menores de
veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de
obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado
Polivalente, Título Bachiller LOGSE, Formación Profesional de
Segundo Grado, o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso
a la Universidad para mayores de veinticinco años. En el caso
de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en
posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Compatibilidad Funcional: No padecer enfermedad ni
estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con
el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5 Habilitación: no haber sido separado, mediante
expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las
funciones públicas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria
o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función
pública.
Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por
promoción interna deberán cumplir, además:
2.1.6 Pertenencia a Cuerpo: pertenecer como funcionario de
carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas del Grupo D, incluidos
en el ámbito de aplicación del artículo 1.1 de la Ley 30/1984,
de 2 de agosto; o a Cuerpos o Escalas Postales y de
Telecomunicación, adscritos al grupo D y estar además destinados en la
Administración General del Estado.
2.1.7 Antigüedad: haber prestado servicios efectivos, durante
al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o
Escalas del Grupo D, incluidos en el ámbito de aplicación del
artículo 1.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto; o en Cuerpos
o Escalas Postales y de Telecomunicación, adscritos al grupo D.
2.1.8 Aquellos funcionarios del grupo D que carezcan de la
titulación requerida en la base 2.1.3, podrán participar en este
proceso selectivo siempre que tengan una antigüedad de diez años
en los Cuerpos o Escalas del grupo D incluidos en el ámbito de
aplicación de la Ley 30/198, de 2 de agosto, de Medidas para
la Reforma de la Función Pública.
2.1.9 podrán participar aquellos funcionarios que, careciendo
de la titulación También exigida, no alcancen los diez años
mencionados siempre que acrediten al menos cinco años y hayan
superado el curso específico a que refiere la disposición adicional
novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva
para personas con discapacidad habrán de tener reconocida la
condición legal de persona con discapacidad con un grado de
minusvalía igual o superior al 33 por 100.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo
deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a
pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de
derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente
en el Ministerio de Educación y Ciencia, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones
Públicas, en la Dirección General de la Función Pública, en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las representaciones
diplomáticas y consulares de España en el extranjero y en la página
de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones
del Anexo IV.
3.2. La presentación de solicitudes se realizará en el Registro
General del Ministerio de Educación y Ciencia, c/ Los Madrazo,
15-17, Madrid 28071, o en la forma establecida en el artículo
38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a
partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al
Subsecretario del Ministerio de Educación y Ciencia. La no
presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión
del aspirante.
3.3 A la solicitud se acompañará:
Una fotocopia compulsada del Documento de Identidad o del
pasaporte.
Los incluidos en el primer párrafo del apartado b) de la base
2.1.1 que residan en España, además de la fotocopia compulsada
del correspondiente Documento de Identidad o pasaporte, una
fotocopia de la tarjeta de residente comunitario o de familiar de
residente comunitario en vigor o, en su caso, de la tarjeta temporal
de residente comunitario o de trabajador comunitario fronterizo
en vigor.
Los incluidos en el segundo párrafo del apartado b) de la base
2.1.1, además de la fotocopia compulsada del pasaporte, una
fotocopia compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber
solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber
solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no
haberse solicitado estos documentos deberán presentar los
documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten
el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del
español o del nacional de la Unión Europea o del Estado al que
sea de aplicación la libre circulación de trabajadores con el que
existe este vínculo, de que no está separado de derecho de su
cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus
expensas o está a su cargo.
Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de
Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud las
certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,
pre
sentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración
de las correspondientes pruebas.
Los aspirantes con discapacidad con un grado de minusvalía
igual o superior al 33 por ciento que soliciten adaptación de tiempo
y/o medios deberán adjuntar Dictamen Técnico Facultativo
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado
de minusvalía
3.4 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que
pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier
momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la
autoridad convocante dictará orden, en el plazo máximo de un
mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En
dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del
Estado", se indicarán los lugares en que se encuentren expuestas al
público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos
y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión y
determinándose el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio
de la oposición.
4.2 Finalizado dicho plazo, en el caso de que se hubieran
producido modificaciones, éstas se expondrán en los mismos
lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.
4.3 No procederá la devolución de los derechos de examen
en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.
5. Tribunales
5.1 Los Tribunales calificadores de este proceso selectivo son
los que figuran como Anexo III a esta convocatoria.
5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará
en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones
vigentes.
5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28
de la ley citada en la base anterior.
5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, los
Tribunales tendrán su sede en los siguientes lugares:
Sección Archivos.-Subdirección General de los Archivos
Estatales. Plaza del Rey 1, Madrid 28004. Tel. 917017264. E-Mail:
archivos.estatalesUdglabr.mcu.es
Sección Bibliotecas.-Biblioteca Nacional, Paseo de
Recoletos 20. Tel. 915807880. E-Mail: directora.tecnicaUbne.es
Sección Museos.-Subdirección General de Museos Estatales.
Plaza del Rey 1, Madrid 28004, Tel 917012547. E-Mail:
virginia.gardeUdgba.mcu.es
6. Desarrollo del proceso selectivo
6.1 El orden de actuación de los aspirantes en la fase de
oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra S,
en cada Sección, según lo establecido en la Resolución de la
Secretaria de Estado para la Administración Pública de 29 de enero
de 2004 (Boletín Oficial del Estado de 6 de febrero).
6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan.
6.3 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el
Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración
y en la sede del Tribunal, la relación de aspirantes que hayan
alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación
de la puntuación obtenida.
6.4 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios
de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con
doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,
si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se
trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en
los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del
Tribunal señalada en la base 5.4.
6.5 Finalizada la fase de oposición, los aspirantes que
participen por el turno de promoción interna y que la hubieran
superado dispondrán de un plazo de veinte días naturales para
presentar en el Registro General del Ministerio de Educación y Ciencia,
c/ Los Madrazo, 15-17, Madrid 28071, o en la forma establecida
en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, una certificación expedida por
los servicios de personal de los Ministerios u Organismos donde
presten o, en su caso, hayan prestado sus servicios, según modelo
que figura como Anexo V. La no presentación de la certificación
en el plazo señalado supondrá la no valoración al aspirante de
la fase de concurso.
6.6 El Tribunal calificador publicará en el lugar o lugares
de la celebración de la fase de oposición y en la sede del Tribunal,
la relación que contenga la valoración provisional de méritos de
la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida
en cada mérito y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo
de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación
de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.
Finalizado dicho plazo el Tribunal publicará la relación con la
valoración definitiva de la fase de concurso.
6.7 El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del
proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.
Asimismo, si tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes
no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la convocatoria,
previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión a
la autoridad convocante.
7. Superación del proceso selectivo
7.1 Finalizada la fase de oposición, en el caso de los
participantes por el turno libre, y las fases de oposición y de concurso,
en el caso de los participantes por el turno de promoción interna,
el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de
puntuación en los locales en donde se haya celebrado la última
prueba.
Dicha relación se elevará a la autoridad convocante, que la
publicará en el "Boletín Oficial del Estado", disponiendo los
aspirantes propuestos de un plazo de veinte días naturales, desde
la publicación en el "Boletín Oficial del Estado", para la
presentación de la documentación acreditativa de los requisitos exigidos
en la convocatoria.
7.2 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada
uno de los sistemas de acceso y en cada Sección.
7.3 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que
superen el proceso selectivo en ambas convocatorias y dentro de cada
Sección se efectuará según la petición de destino de acuerdo con
la puntuación total obtenida.
Los aspirantes aprobados en la convocatoria de promoción
interna no podrán solicitar que se les adjudique destino en el
puesto que vinieran desempeñando con carácter definitivo o
mediante adscripción provisional, de conformidad con lo
establecido en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.
Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino
y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio
del poder público y en las funciones que tienen por objeto la
salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán
reservados a los aspirantes de nacionalidad española.
8. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley
30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo;
el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en
la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante la Excelentísima Señora
Ministra de Educación y Ciencia en el plazo de un mes desde
su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano
jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de
interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente
o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Madrid, 16 de julio de 2004.-La Ministra, P.D. (Orden
ECI/1217/2004, BOE 6 de mayo), el Subsecretario, Fernando
Gurrea Casamayor.
Ilmos. Sres. Presidentes de los Tribunales Calificadores.
Descripción del proceso selectivo
SECCIÓN ARCHIVOS
1. Fase de oposición
1.1 Primer ejercicio:
Turno libre.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado
por cien preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo sólo
una de ellas la correcta), que versarán sobre la parte primera
del programa que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo
se podrá marcar una respuesta.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de dos horas.
Calificación: Se puntuará con 0,40 puntos por cada respuesta
correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,10 puntos.
El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar
este ejercicio.
Promoción interna.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado
por ochenta preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo
solo una de ellas la correcta), que versarán sobre los apartados 2
y 3 (Historia Cultural y Específica de Archivos) de la parte primera
del programa que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo
se podrá marcar una respuesta.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de noventa minutos.
Calificación: Se puntuará con 0,50 puntos por cada respuesta
correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,125 puntos.
El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar
este ejercicio.
1.2 Segundo ejercicio:
Consistirá, tanto para los aspirantes del turno libre como para
los aspirantes por promoción interna, en la resolución de tres
supuestos prácticos sobre las materias de la parte segunda del
programa que figura como Anexo II, al objeto de apreciar la
capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas
con los contenidos de las mismas.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de hora y media.
El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión
pública convocada al efecto. El Tribunal podrá efectuar al
candidato preguntas sobre la resolución de los supuestos prácticos
durante un tiempo máximo de diez minutos.
Calificación: Cada supuesto se calificará de cero a veinte
puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un
mínimo de treinta puntos y no haber obtenido menos de siete puntos
en ninguno de los supuestos.
1.3 Calificación de la fase de oposición:
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por
la suma de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios. En
caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1.o Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2.o Mayor puntuación obtenida en el primer supuesto práctico
del segundo ejercicio.
3.o Mayor puntuación obtenida en el segundo supuesto
práctico del segundo ejercicio.
2. Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo
se aplicará a quienes participando por el turno de promoción interna,
hayan superado la fase de oposición. Se valorarán hasta un máximo
de 20 puntos los siguientes méritos referidos a la fecha de
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado:
2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en
cualquier Cuerpo o Escala del Grupo D de los incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de Agosto (art. 1.1), de
acuerdo con la siguiente progresión:
1 año: 1 punto.
2 años: 2 puntos.
3 años: 3 puntos.
4 años: 4 puntos.
5 años o más: 5 puntos.
2.2 Grado personal consolidado:
Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado
a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad
competente el día publicación de esta convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado, se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,50 hasta un
máximo de 5 puntos.
2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa
el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la
siguiente puntuación:
Hasta el nivel 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0.50 puntos hasta
un máximo de 5. Las valoraciones efectuadas en este apartado
no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,
con independencia de sus efectos económicos.
2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación
relacionados con las funciones que desempeñarán en la Escala de
Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos
Autónomos del Ministerios de Educación y Ciencia (Sección Archivos)
acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con
hasta 1 punto cada uno. La puntuación máxima que se podrá
obtener por este apartado será de 5 puntos.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo
incluido como Anexo V a esta convocatoria.
3. Calificación final
Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la
calificación final corresponderá a la de la fase de oposición.
Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la
calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición y en su caso a los
criterios recogidos en el punto 1.3 anterior.
SECCIÓN BIBLIOTECAS
1. Fase de oposición
1.1 Primer ejercicio:
Turno libre.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado
por cien preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo sólo
una de ellas la correcta), que versarán sobre la parte primera
del programa que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo
se podrá marcar una respuesta.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de dos horas.
Calificación: Se puntuará con 0,40 puntos por cada respuesta
correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,10 puntos.
El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar
este ejercicio.
Promoción interna.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado
por 80 preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo solo
una de ellas la correcta), que versarán sobre los apartados 2 y 3
(Historia Cultural y Específica de Bibliotecas) de la parte primera
del programa que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo
se podrá marcar una respuesta.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de noventa minutos.
Calificación: Se puntuará con 0,50 puntos por cada respuesta
correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,125 puntos.
El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar
este ejercicio.
1.2 Segundo ejercicio:
Consistirá, tanto para los aspirantes del turno libre como para
los aspirantes por promoción interna, en la resolución de tres
supuestos prácticos sobre las materias de la parte segunda del
programa que figura como Anexo II, al objeto de apreciar la
capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas
con los contenidos de las mismas.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de hora y media.
Calificación: Cada supuesto se calificará de cero a veinte
puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un
mínimo de treinta puntos y no haber obtenido menos de siete puntos
en ninguno de los supuestos.
1.3 Calificación de la fase de oposición.
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por
la suma de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios. En
caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en el primer supuesto práctico
del segundo ejercicio.
3. Mayor puntuación obtenida en el segundo supuesto
práctico del segundo ejercicio.
2. Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo
se aplicará a quienes, participando por el turno de promoción
interna, hayan superado la fase de oposición. Se valorarán hasta
un máximo de 20 puntos los siguientes méritos referidos a la
fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado:
2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en
cualquier Cuerpo o Escala del Grupo D de los incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de Agosto (art. 1.1), de
acuerdo con la siguiente progresión:
1 año: 1 punto.
2 años: 2 puntos.
3 años: 3 puntos.
4 años: 4 puntos.
5 años o más: 5 puntos.
2.2 Grado personal consolidado:
Según el grado personal que se tenga consolidado y formalizado
a través de acuerdo de reconocimiento de grado por la autoridad
competente el día publicación de esta convocatoria en el Boletín
Oficial del Estado, se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,50 hasta un
máximo de 5 puntos.
2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa
el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la
siguiente puntuación:
Hasta el nivel 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0.50 puntos hasta
un máximo de 5. Las valoraciones efectuadas en este apartado
no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,
con independencia de sus efectos económicos.
2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación
relacionados con las funciones que desempeñarán en la Escala de
Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos
Autónomos del Ministerios de Educación y Ciencia (Sección Bibliotecas)
acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con
hasta 1 punto cada uno. La puntuación máxima que se podrá
obtener por este apartado será de 5 puntos.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo
incluido como Anexo V a esta convocatoria.
3. Calificación final
Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la
calificación final corresponderá a la de la fase de oposición. En
caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los criterios
recogidos en el punto 2 anterior.
Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la
calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición y en su caso a los
criterios recogidos en el punto 2 anterior.
SECCIÓN MUSEOS
1. Fase de oposición
1.1 Primer ejercicio:
Turno libre.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado
por cien preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo sólo
una de ellas la correcta), que versarán sobre la parte primera
del programa que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo
se podrá marcar una respuesta.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de dos horas.
Calificación: Se puntuará con 0,40 puntos por cada respuesta
correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,10 puntos.
El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar
este ejercicio.
Promoción interna.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado
por ochenta preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo
sólo una de ellas la correcta), que versarán sobre los apartados:
Historia Cultural y Específica de la parte primera del programa
que figura como Anexo II. En cada pregunta sólo se podrá marcar
una respuesta.
Para la realización de este ejercicio, los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de noventa minutos.
Calificación: Se puntuará con 0,500 puntos por cada respuesta
correcta, penalizando las respuestas incorrectas con 0,125 puntos.
El tribunal establecerá los puntos mínimos necesarios para superar
este ejercicio.
1.2 Segundo ejercicio:
Consistirá, tanto para los aspirantes del turno libre como para
los aspirantes por promoción interna, en la resolución de tres
supuestos prácticos sobre las materias de la parte segunda del
programa que figura como Anexo II, al objeto de apreciar la
capacidad de los aspirantes para llevar a cabo las tareas relacionadas
con los contenidos de las mismas.
Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán
de un tiempo máximo de hora y media.
El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión
pública convocada al efecto.
Calificación: Cada supuesto se calificará de cero a veinte
puntos, siendo necesario para superar este ejercicio obtener un
mínimo de treinta puntos y no haber obtenido menos de siete puntos
en ninguno de los supuestos.
1.3 Calificación de la fase de oposición.
La calificación de la fase de oposición vendrá determinada por
la suma de las calificaciones obtenidas en los dos ejercicios. En
caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes
criterios:
1. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
2. Mayor puntuación obtenida en el primer supuesto práctico
del segundo ejercicio.
3. Mayor puntuación obtenida en el segundo supuesto
práctico del segundo ejercicio.
2. Fase de concurso
En esta fase, que no tendrá carácter eliminatorio y que sólo
se aplicará a quienes, participando por el turno de promoción
interna, hayan superado la fase de oposición. Se valorarán hasta
un máximo de 20 puntos los siguientes méritos referidos a la
fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado:
2.1 Antigüedad: Por los servicios efectivos prestados en
cualquier Cuerpo o Escala del Grupo D de los incluidos en el ámbito
de aplicación de la Ley 30/1984 de 2 de Agosto (art. 1.1), de
acuerdo con la siguiente progresión:
1 año: 1 punto.
2 años: 2 puntos.
3 años: 3 puntos.
4 años: 4 puntos.
5 años o más: 5 puntos.
2.2 Grado personal consolidado: Según el grado personal que
se tenga consolidado y formalizado a través de acuerdo de
reconocimiento de grado por la autoridad competente el día de la
publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado,
se otorgará la siguiente puntuación:
Hasta el grado 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de grado que exceda de 14: 0,50 hasta un
máximo de 5 puntos.
2.3 Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento
de destino correspondiente al puesto de trabajo que se ocupa
el día de la publicación de esta convocatoria, se otorgará la
siguiente puntuación:
Hasta el nivel 14 inclusive: 3 puntos.
Por cada unidad de nivel que exceda de 14: 0,50 puntos hasta
un máximo de 5. Las valoraciones efectuadas en este apartado
no podrán ser modificadas por futuras reclasificaciones de nivel,
con independencia de sus efectos económicos.
2.4 Cursos de formación: Los cursos de formación
relacionados con las funciones que desempeñarán en la Escala de
Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos
Autónomos del Ministerios de Educación y Ciencia (Sección Museos)
acreditados por el funcionario, se valorarán por el Tribunal con hasta
1 punto cada uno. La puntuación máxima que se podrá obtener
por este apartado será de 5 puntos.
La certificación de los méritos deberá realizarse según el modelo
incluido como Anexo V a esta convocatoria.
3. Calificación final
Para los aspirantes por el sistema general de acceso libre la
calificación final corresponderá a la de la fase de oposición. En
caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los criterios
recogidos en el punto 2 anterior.
Para los aspirantes por el sistema de promoción interna la
calificación final vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y en la de oposición.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor
puntuación obtenida en la fase de oposición y en su caso a los
criterios recogidos en el punto 2 anterior.
ANEXO II
TEMARIO
Sección Archivos
PARTE PRIMERA
1. Derecho y Administración
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
Los derechos y libertades públicas. La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia.
2. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El
Senado. Funciones de las Cámaras. El Gobierno y la
Administración Pública. El Poder Judicial. El Tribunal Supremo.
3. Organización territorial del Estado. Las Comunidades
Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. La distribución de
competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. La
Administración local.
4. Órganos constitucionales. El Tribunal Constitucional. El
Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Consejo de Estado.
5. La Administración General del Estado. Órganos superiores.
Órganos directivos. Delegados y Subdelegados del Gobierno. La
administración del Estado en el exterior.
6. Los Ministerios de Educación y Ciencia, y Cultura.
Organismos Autónomos adscritos a estos Ministerios. Archivos,
bibliotecas y museos estatales.
7. La legislación española sobre el Patrimonio Histórico
Español.
8. Disposiciones administrativas y actos administrativos. El
procedimiento administrativo. Revisión de oficio. Recursos
administrativos.
9. El personal funcionario al servicio de las Administraciones
Públicas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Situaciones administrativas. Incompatibilidades.
10. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos.
2. Historia cultural
11. Culturas prerromanas en la Península Ibérica.
12. Manifestaciones culturales de la Hispania Romana.
13. La huella cultural islámica en la Península Ibérica.
14. Arte y Cultura en la Alta Edad Media: El Románico en
los Reinos Peninsulares.
15. Arte y Cultura en la Baja Edad Media: El Gótico en los
Reinos Peninsulares.
16. El Renacimiento en España.
17. El esplendor cultural del siglo XVII español.
18. Aspectos culturales de la Ilustración española.
19. Cultura y sociedad en España durante el siglo XIX.
20. Manifestaciones culturales del siglo XX en España:
Vanguardias y cultura de masas.
3. Específica de Archivos
21. Concepto de Archivo y de Archivística.
22. El archivo de oficina y su organización: Principios básicos.
23. Tipos de archivos: Archivos centrales, intermedios e
históricos.
24. El principio de procedencia de los fondos. La
identificación de los fondos. Su metodología. Sistemas de clasificación
y ordenación. Instrumentos resultantes.
25. El ciclo vital de los documentos en relación con las fases
de archivo. Las transferencias de documentación.
26. La Difusión. Servicios de los archivos a la Administración
y a los ciudadanos.
27. La descripción. Instrumentos Tradicionales.
28. La recuperación de los documentos y de la información.
Normalización: Normas ISAD (G) e ISAAR (CPF).
29. La Archivística frente a las otras disciplinas documentales.
30. Funcionamiento general de los Archivos y funciones
básicas del archivero.
31. El Archivo como centro de conservación. Edificio,
depósito e instalaciones.
32. La reprografía en archivos: Objetivos y programas.
Técnicas reprográficas.
33. Soportes documentales: Tipos y causas fisicoquímicas y
biológicas de alteración.
34. La Administración Española de los Archivos. El Ministerio
de Cultura. La Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas.
35. Los Archivos Generales del Estado.
36. Distribución de competencias entre la Administración
Central y las Comunidades Autónomas en materia de Archivos.
37. La Ley 16/85 de 25 de junio de Patrimonio Histórico
Español en lo tocante al Patrimonio Documental.
38. Los Reales Decretos 111/1986, de 10 de enero de
desarrollo parcial de la Ley de Patrimonio Histórico Español, y
el 64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el 111/1986.
39. Los reinos hispánicos en la España medieval.
40. La Administración Pública en la Edad Moderna.
41. La Administración de Justicia en la Edad Moderna.
42. La Administración Territorial en la Edad Contemporánea.
43. La organización de la Iglesia en la Edad Moderna.
44. La Hacienda Pública en la Edad Contemporánea.
45. La desamortización. Historia y repercusión en los
Archivos españoles.
46. La Restauración.
47. La Guerra Civil Española. 1936-1939.
48. Los viajes y descubrimientos de la Corona de Castilla
en la Edad Moderna.
49. La organización político-administrativa de las Indias.
50. La Administración Central en la Edad Contemporánea.
PARTE SEGUNDA
1. Instalación y conservación de fondos.
2. Referencias e Información.
3. Herramientas y Nomenclatura Básica de Descripción.
Sección Bibliotecas
PARTE PRIMERA
1. Derecho y Administración
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
Los derechos y libertades públicas. La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia.
2. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El
Senado. Funciones de las Cámaras. El Gobierno y la
Administración Pública. El Poder Judicial. El Tribunal Supremo.
3. Organización territorial del Estado. Las Comunidades
Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. La distribución de
competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. La
Administración local.
4. Órganos constitucionales. El Tribunal Constitucional. El
Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Consejo de Estado.
5. La Administración General del Estado. Órganos superiores.
Órganos directivos. Delegados y Subdelegados del Gobierno. La
administración del Estado en el exterior.
6. Los Ministerios de Educación y Ciencia, y Cultura.
Organismos Autónomos adscritos a estos Ministerios. Archivos,
bibliotecas y museos estatales.
7. La legislación española sobre el Patrimonio Histórico
Español.
8. Disposiciones administrativas y actos administrativos. El
procedimiento administrativo. Revisión de oficio. Recursos
administrativos.
9. El personal funcionario al servicio de las Administraciones
Públicas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Situaciones administrativas. Incompatibilidades.
10. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos.
2. Historia Cultural
11. Culturas prerromanas en la Península Ibérica.
12. Manifestaciones culturales de la Hispania Romana.
13. La huella cultural islámica en la Península Ibérica.
14. Arte y Cultura en la Alta Edad Media: El Románico en
los Reinos Peninsulares.
15. Arte y Cultura en la Baja Edad Media: El Gótico en los
Reinos Peninsulares.
16. El Renacimiento en España.
17. El esplendor cultural del siglo XVII español.
18. Aspectos culturales de la Ilustración española.
19. Cultura y sociedad en España durante el siglo XIX.
20. Manifestaciones culturales del siglo XX en España:
Vanguardias y cultura de masas.
3. Especifica de Bibliotecas
21. Concepto y misión de los servicios bibliotecarios. Clases
de bibliotecas.
22. Bibliotecas nacionales: Concepto, funciones y servicios.
23. Bibliotecas públicas: Concepto, funciones y servicios.
24. Bibliotecas universitarias: Concepto, funciones y servicios.
25. Bibliotecas especializadas: Concepto, funciones y servicios.
26. Las Hemerotecas.
27. Evolución histórica de la bibliografía.
28. Los documentos y sus clases.
29. Obras de referencia: Enciclopedias, diccionarios.
30. Obras de referencia: Bibliografías y catálogos.
31. Instalaciones y equipamiento de las bibliotecas.
32. Conservación del fondo documental y bibliográfico.
33. Métodos de reproducción: Microfilmación,
digitalización, etc.
34. Selección y adquisición de fondos bibliográficos.
35. El depósito legal.
36. Proceso técnico de los fondos bibliográficos: Registro,
sellado, etc.
37. Proceso técnico: Ordenación de los fondos y gestión de
los depósitos.
38. La normalización de la identificación bibliográfica: ISBD,
ISBN, ISSN.
39. Los formatos MARC. Los formatos IBERMARC.
40. Clasificación. Clasificaciones sistemáticas y alfabéticas.
La CDU.
41. Servicios a los lectores: Referencia e información
bibliográfica.
42. Servicios a los lectores: Lectura en sala y libre acceso.
43. Tipos de préstamos. El préstamo interbibliotecario.
44. Bibliografías nacionales.
45. Automatización de bibliotecas. Principales programas de
gestión de bibliotecas.
46. Nuevas tecnologías aplicadas a las bibliotecas:
INTERNET, bases de datos on-line. Los soportes digitales.
47. Cooperación bibliotecaria: Sistemas y redes.
48. Los catálogos de las bibliotecas: Concepto, clases y fines.
49. Catálogos colectivos.
50. Agentes de la producción y difusión del libro (autor,
editor, distribuidor y librero).
PARTE SEGUNDA
1. Ordenación de fondos.
2. Atención a investigadores y usuarios.
3. Servicio de apoyo técnico en sala.
Sección Museos
PARTE PRIMERA
1. Derecho y Legislación
1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.
Los derechos y libertades públicas. La Corona. Funciones
constitucionales del Rey. Sucesión y Regencia.
2. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados. El
Senado. Funciones de las Cámaras. El Gobierno y la
Administración Pública. El Poder Judicial. El Tribunal Supremo.
3. Organización territorial del Estado. Las Comunidades
Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. La distribución de
competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. La
Administración local.
4. Órganos constitucionales. El Tribunal Constitucional. El
Defensor del Pueblo. El Tribunal de Cuentas. El Consejo de Estado.
5. La Administración General del Estado. Órganos superiores.
Órganos directivos. Delegados y Subdelegados del Gobierno. La
administración del Estado en el exterior.
6. Los Ministerios de Educación y Ciencia, y Cultura.
Organismos Autónomos adscritos a estos Ministerios. Archivos,
bibliotecas y museos estatales.
7. La legislación española sobre el Patrimonio Histórico
Español.
8. Disposiciones administrativas y actos administrativos. El
procedimiento administrativo. Revisión de oficio. Recursos
administrativos.
9. El personal funcionario al servicio de las Administraciones
Públicas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario.
Situaciones administrativas. Incompatibilidades.
10. La prevención de riesgos laborales: Conceptos básicos.
2. Historia Cultural
11. Culturas prerromanas en la Península Ibérica.
12. Manifestaciones culturales de la Hispania Romana.
13. La huella cultural islámica en la Península Ibérica.
14. Arte y Cultura en la Alta Edad Media: El Románico en
los Reinos Peninsulares.
15. Arte y Cultura en la Baja Edad Media: El Gótico en los
Reinos Peninsulares.
16. El Renacimiento en España.
17. El esplendor cultural del siglo XVII español.
18. Aspectos culturales de la Ilustración española.
19. Cultura y sociedad en España durante el siglo XIX.
20. Manifestaciones culturales del siglo XX en España:
Vanguardias y cultura de masas.
3. Específica de Museos
21. Historia y colecciones del Museo Nacional y Centro de
Investigación de Altamira.
22. Historia y colecciones de la Casa-Museo de El Greco.
23. Historia y colecciones del Museo Sefardí.
24. Historia y colecciones de la Casa de Cervantes
(Valladolid).
25. Historia y colecciones del Museo Nacional de Escultura.
26. Historia y colecciones del Museo Nacional de Arte Romano.
27. Historia y colecciones del Museo de América.
28. Historia y colecciones del Museo Nacional de
Antropología.
29. Historia y colecciones del Museo del Traje. Centro de
Investigación del Patrimonio Etnológico.
30. Historia y colecciones del Museo Arqueológico Nacional.
31. Historia y colecciones del Museo Nacional de Artes
Decorativas.
32. Historia y colecciones del Museo Cerralbo.
33. Historia y colecciones del Museo Nacional de
Reproducciones Artísticas.
34. Historia y colecciones del Museo Romántico.
35. Historia y colecciones del Museo Sorolla.
36. Historia y colecciones del Museo Nacional de Arqueología
Marítima y Centro Nacional de Investigaciones Arqueológicas
Submarinas.
37. Historia y colecciones del Museo Nacional de Cerámica
y de las Artes Suntuarias "González Martí".
38. Historia y colecciones del Museo Nacional del Prado.
39. Historia y colecciones del Museo Nacional Centro de Arte
Reina Sofía.
40. Historia y colecciones del Museo Nacional de Ciencia y
Tecnología.
41. Historia y colecciones del Museo Nacional de Ciencias
Naturales.
42. Los Museos del Ministerio de Defensa. Historia y
colecciones del Museo del Ejército.
43. El Reglamento de Museos de Titularidad Estatal.
44. Concepto de Museo. Tipos de Museos en España.
45. Modos de ingreso y movimientos de los fondos
museográficos.
46. Funciones de los Museos. Su organización interna.
47. Criterios básicos de conservación preventiva.
48. El sistema de documentación en el Museo. La aplicación
de documentación y gestión museográfica DOMUS.
49. El público y la actividad didáctica en los Museos.
50. El discurso museográfico. Exposición permanente y
exposición temporal.
PARTE SEGUNDA
1. Adaptación de la documentación del museo a modelos
normalizados en soporte informático (Aplicación DOMUS).
2. Movimiento y control de fondos.
3. Control de la instalación museográfica y de la visita a la
misma.
ANEXO III
Tribunales
Sección Archivos
Tribunal titular:
Presidenta: Doña Ana Laviña Rodríguez. Cuerpo Facultativo
de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretaria: Doña Celia Pérez Cuadrado. Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Doña Esperanza Adrados Villar. Cuerpo Facultativo de
Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Doña Carmen Magán Merchán. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña Cristina Díaz Martínez. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Enrique Pérez Boyero. Cuerpo Facultativo de
Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretaria: Doña Teresa Olalla Serra. Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.
Vocales:
Doña Rosa Calvo Bóveda. Cuerpo Facultativo de Archiveros,
Bibliotecarios y Arqueólogos.
Don Miguel Fernando Gómez Vozmediano. Cuerpo de
Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña Eloisa Navajas Twose. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
Sección Bibliotecas
Tribunal titular:
Presidenta: Doña M.a Dolores Rodríguez Fuentes. Cuerpo
Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretario: Don José Luis Martín Muñoz. Cuerpo de Gestión
de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Doña Elena García Bracamonte. Cuerpo Facultativo de
Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Doña M.a Jesús López Lorenzo. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Don Pascual Jiménez Huerta. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña Ana Vicente Navarro. Cuerpo Facultativo de
Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Secretaria: Doña Teresa Hernández Sánchez. Cuerpo de
Gestión de la Administración del Estado.
Vocales:
Doña Silvia Fuentes López. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
Doña M.a José Vázquez Pedrazuela. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Don Miguel Miranda Carmena. Cuerpo Facultativo de
Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Sección Museos
Tribunal titular:
Presidenta: Doña Virginia Garde López. Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos.
Secretaria: Doña M.a Soledad Miguel Morcillo. Cuerpo de
Gestión de la Administración Civil del Estado.
Vocales:
Doña M.a Pilar Sánchez Llorente. Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos.
Doña M.a Dolores Adellac Moreno. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Doña Fernando Pablo Sarría Ramírez. Cuerpo de Ayudantes
de Archivos, Bibliotecas y Museos.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña Eva M.a Alquézar Yáñez. Cuerpo Facultativo
de Conservadores de Museos.
Secretaria: Doña M.a Luisa García Serrano. Cuerpo General
Administrativo de la Administración del Estado.
Vocales:
Don Óscar Muñoz Sánchez. Cuerpo Facultativo de
Conservadores de Museos.
Doña Mónica Verges Alonso. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,
Bibliotecas y Museos.
Don Domingo Guerrero Borrull. Cuerpo de Ayudantes de
Archivos, Bibliotecas y Museos.
Los Tribunales podrán disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
ANEXO IV
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud
de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública
y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y
en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Escala
de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de OO.AA. del
MEC".
En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se
consignará Archivos, Bibliotecas o Museos según proceda.
En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L" o
"P" , según se acceda por el sistema de acceso libre o de promoción
interna.
En el recuadro 18, "Ministerio/Órgano/Entidad convocante",
se consignará "Ministerio de Educación y Ciencia".
En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial
del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará
"Madrid".
En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con
discapacidad podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan
acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles
adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al
33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por
el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el
recuadro 22.
En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará
la titulación que se posea para poder participar en virtud de lo
señalado en la base 2.1.3
En el recuadro 25, apartado A, se consignará la sección
"Archivos", "Bibliotecas "o "Museos" por la que opte el aspirante.
El importe de la tasa por derechos de examen será de 12,76
euros para los aspirantes que participen en las pruebas mediante
el sistema general de acceso libre y de 6,38 euros para los
aspirantes que participen mediante el sistema de promoción interna.
El ingreso del importe correspondiente a los derechos de
examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en
cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las
que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación
tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación
de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través
de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada
de la misma en el espacio reservado a estos efectos.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a
través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante
bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta
corriente número 0182-2370-44-0200203771 del Banco Bilbao
Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de
Educación, Cultura y Deporte Derechos de examen". El ingreso
podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco
Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria.
Estarán exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado
acreditativo de tal condición.
b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo
durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la
convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,
en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo
adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa
justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en
cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de
empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina
de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación
de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán
acompañarse a la solicitud.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen
o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que
se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de
presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid