El artículo 42.3 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece que corresponde a las Universidades, de acuerdo con la normativa básica que establezca el Gobierno, establecer los procedimientos de admisión de los estudiantes que soliciten ingresar en centros de las mismas, y que el Consejo de Coordinación Universitaria, velará para que las Universidades programen dichos procedimientos de admisión de manera que los estudiantes puedan concurrir a Universidades diferentes.
De acuerdo con el artículo 10 del Real Decreto 1504/2003 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo, compete a la Comisión de Coordinación establecer dicha coordinación, para lo cual en su sesión de 20 de julio de 2004 acordó las fechas límite de preinscripción, de publicación de listas de admitidos y de inicio del período de matriculación, para el curso 2005-2006, que serán las siguientes:
Período para la preinscripción: Deberá estar abierto, como mínimo, hasta el 5 de julio de 2005, inclusive.
Fecha para la publicación de la lista de admitidos: Antes del 23 de julio de 2005.
Período de matriculación: Deberá estar abierto a partir del 23 de julio de 2005.
Madrid, 20 de julio de 2004.–La Secretaria general, María Antonia García Benau.
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