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Documento BOE-A-2004-14810

Resolución de 27 de julio de 2004, de la Universidad de Valencia, por la que se convoca concurso público para la provisión de diversas plazas de Profesorado Universitario.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 10 de agosto de 2004, páginas 28682 a 28687 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2004-14810

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley

Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (Boletín

Oficial del Estado de 24 de diciembre), el artículo 14 del Real

Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema

de Habilitación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios

Docente Universitarios y el régimen de los concursos de acceso

respectivos (Boletín Oficial del Estado de 7 de agosto) y a tenor

de lo establecido en el artículo 3 del Reglamento de Selección

del personal docente e investigador de la Universitat de València,

aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universitat de València

de fecha 27 de mayo de 2003,

Este Rectorado ha resuelto convocar a concurso las plazas que

se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, dotadas

en el estado de gastos del presupuesto de la Universitat de

València, incluidas en su vigente relación de puestos de trabajo y

comunicadas en su día a la Secretaría General del Consejo de

Coordinación Universitaria a efectos de habilitación, con sujeción a

las siguientes bases:

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Los concursos se regirán por lo dispuesto en la Ley

Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (Boletín Oficial

del Estado de 24 de diciembre) ; el Real Decreto 774/2002, de

26 de julio, por el que se regula el sistema de Habilitación nacional

para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docente Universitarios

y el régimen de los concursos de acceso respectivos (Boletín Oficial

del Estado de 7 de agosto) ; la Ley 17/1993, de 23 de diciembre,

y modificaciones reglamentarias, sobre el acceso a determinados

sectores de la función pública de los nacionales de los demás

Estados miembros de la Comunidad Europea (Boletín Oficial del

Estado de 24 de diciembre) y el Real Decreto 800/1995, de 19

de mayo (Boletín Oficial del Estado de 7 de junio) ; el Real

Decreto 285/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan las

condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios

extranjeros de educación superior (Boletín Oficial del Estado de

4 de marzo) ; el Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre,

regulador del sistema general de reconocimiento de los títulos de

enseñanza superior de los Estados miembros de la Comunidad Europea

que exigen una formación mínima de tres años de duración y

la Orden de 23 de enero de 1995 (Boletín Oficial del Estado de

28 de enero), el Reglamento de Selección del personal docente

e investigador de la Universitat de València, aprobado por el

Consejo de Gobierno de la Universitat de València de fecha 27 de

mayo de 2003, así como por las bases de la presente convocatoria.

En lo no previsto en las disposiciones anteriores se aplicará lo

dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común (Boletín Oficial de Estado de 27 de

noviembre) y en la Legislación General de Funcionarios Civiles del Estado.

1.2 La tramitación del concurso para proveer las citadas

plazas será independiente para cada una de ellas.

2. Requisitos de los candidatos

Para ser admitido a cada proceso selectivo se han de reunir

los siguientes requisitos:

2.1 Requisitos generales:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea o nacional de aquellos Estados, a los que, en virtud de

los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y

ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de

trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el

Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. Igualmente,

podrán participar los aspirantes de nacionalidad extranjera no

comunitaria cuando en el Estado de su nacionalidad se reconozca

a los españoles aptitud legal para ocupar en la docencia

universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos

docentes universitarios españoles. También podrán participar el

cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge, de los

españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión

Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores

de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares

de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los

Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y

ratificados por España.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no haber alcanzado la

edad de jubilación establecida por la legislación vigente en la fecha

de finalización del plazo para la presentación de solicitudes.

c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario,

del servicio de la Administración del Estado o de la Administración

Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para

el ejercicio de funciones públicas. Los aspirantes cuya

nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida,

en su Estado, el acceso a la Función pública.

d) No padecer enfermedad ni defecto físico que impida el

desempeño de las funciones de profesor de universidad.

e) Haber abonado los derechos de examen establecidos en

la presente convocatoria o acreditar estar exento del pago por

tener una discapacidad en grado igual o superior al 33%.

2.2 Requisitos específicos:

a) Estar habilitado para el cuerpo docente universitario y área

de conocimiento de que se trate, conforme a las previsiones

contenidas en el capítulo II del Real Decreto 774/2002, de 26 de

julio.

Se considerarán habilitados:

Los funcionarios del correspondiente cuerpo y área de

conocimiento, y los de cuerpos docentes universitarios de iguales o

superiores categorías y misma área de conocimiento, que hubieran

obtenido nombramiento como miembros de dichos cuerpos con

anterioridad a la fecha de entrada en vigor de la Ley Orgánica

6/ 2001, de 21 de diciembre, o con posterioridad a la misma,

pero con fecha anterior a la de finalización del plazo fijado para

la presentación de instancias en la presente convocatoria, sea

cual fuere su situación administrativa.

Los profesores de otros Estados miembros de la Unión Europea

y de Estados a los que, en virtud de Tratados internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de

aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en

que ésta se encuentra definida en el Tratado Constitutivo de la

Comunidad Europea, siempre que por acuerdo del Consejo de

Coordinación Universitaria se considere que han alcanzado en

la Universidad de origen una posición igual o equivalente a la

de los cuerpos docentes universitarios españoles.

Los habilitados de nacionalidad extranjera no comunitaria

podrán participar en los concursos de acceso objeto de esta

convocatoria, por el cuerpo y áreas para el que han sido habilitados,

cuando en el Estado de su nacionalidad se reconozca a los

españoles aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria

posiciones análogas a las de los funcionarios de los cuerpos docentes

universitarios españoles.

b) No podrán participar en los respectivos concursos de

acceso quienes ostenten la condición de funcionarios del mismo cuerpo

docente y área de conocimiento al que pertenece la plaza

convocada, salvo que hayan transcurrido dos años desde el acceso

a la plaza correspondiente (artículo 17.7 del Real

Decreto 774/2002). En ningún caso se admitirá la participación en

el concurso de acceso cuando se ostente la titularidad de una

plaza de igual categoría a la convocada, adscrita a la misma área

de conocimiento, Departamento y Centro de la Universitat de

València.

Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán

cumplirse en el momento de finalizar el plazo de presentación de

solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes. Plazo de presentación

3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos de acceso,

remitirán la correspondiente solicitud al Rector de la Universitat

de València (Servicio de Recursos Humanos PDI/concursos), Avda.

Blasco Ibáñez, 13, 46010, Valencia, a través de las Oficinas de

Registro de esta Universidad o por cualquiera de los

procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, -modificada

parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero-, mediante instancia

debidamente cumplimentada, según modelo que se acompaña en

el Anexo II, acompañada de los siguientes documentos

acreditativos del cumplimiento de los requisitos para participar en la

presente convocatoria:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad o

pasaporte. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y

tengan derecho a participar, deberán presentar fotocopia del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, de los

documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir

a expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el

que tengan dicho vínculo. Asimismo, deberán presentar

declaración jurada o promesa de éste de que no está separado de

derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante

vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Certificaciones en las que se acredite el cumplimiento de

los requisitos específicos que señala la base segunda para

participar en los concursos de acceso.

La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos

en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos

correspondientes, certificados por las autoridades competentes del

país de origen, traducidos al español, que será la lengua oficial

en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.

c) Justificación de haber efectuado el ingreso de los derechos

de examen (26,73 euros) en la cuenta "Derechos de

examen-Universidad de Valencia" número 2077-0735-81-3100022232 de

"Bancaja" o acreditación de hallarse exento del pago de la tasa

por padecer una discapacidad en grado igual o superior al 33%.

A tal efecto, debe adjuntarse a la solicitud uno de los ejemplares

del recibo de ingreso o transferencia a dicha cuenta, indicando

en el mismo el nombre del aspirante y el código de la plaza a

la que se concursa, o bien el correspondiente certificado del

reconocimiento de la discapacidad.

El anexo II de esta convocatoria (instancia), podrá obtenerse

también en la página Web del Servicio de Recursos Humanos (PDI):

http://www.uv.es/pV.htm

El plazo para la presentación de instancias será de veinte días

hábiles a partir del siguiente a la publicación de la presente

convocatoria en el BOE. A estos efectos el mes de agosto será

considerado inhábil.

3.2 La falta de abono de la cantidad indicada como derechos

de examen en el período de presentación de solicitudes se

considerará incumplimiento insubsanable que provocará la

inadmisión al concurso. La exclusión por no cumplir alguno de los

requisitos de la convocatoria o la no presentación a la prueba no

comportará el derecho a la devolución de las tasas.

3.3 Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas

de Correos deberán contenerse en sobre abierto para ser fechadas

y selladas por el funcionario de Correos, antes de su certificación,

tal como señala el artículo 38.4.c) de la Ley de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

3.4 De conformidad con el citado artículo 38.4, no tendrán

la consideración de oficinas de registro las de otras Universidades

distintas a la convocante.

3.5 Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse

a través de las representaciones diplomáticas y consulados

españoles correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al

Registro General de la Universidad de Valencia. El interesado

acompañará a dicha solicitud fotocopia del comprobante de haber

satisfecho los derechos de examen.

3.6 El domicilio que figura en las instancias se considerará

el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad

exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación

del mismo como en la comunicación de cualquier cambio de dicho

domicilio.

4. Admisión de aspirantes

4.1 En el plazo máximo de veinte días hábiles desde la

finalización del plazo de presentación de solicitudes, el Vicerector

de Profesorado dictará una resolución declarando aprobada la lista

provisional de admitidos y excluidos. Dicha resolución, junto con

las listas completas de admitidos y excluidos, en las que se

indicarán las causas de la exclusión, se publicará en el tablón de

anuncios que el Rectorado tiene asignado a tales efectos (Av.

Blasco Ibáñez 13, 46010 Valencia) así como en la dirección:

http://www.uv.es/pV.htm

Contra la mencionada resolución los interesados podrán

presentar reclamación en el plazo de diez días, a contar desde el

día siguiente a la publicación del anuncio, o bien subsanar en

su caso, en el mismo plazo, el defecto que haya motivado su

exclusión.

4.2 En el plazo máximo de quince días hábiles desde la

finalización del plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el

Vicerrector de Profesorado dictará resolución aprobando la lista

definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará

en la forma anteriormente establecida. Contra dicha resolución

se podrá interponer recurso de reposición ante el Rector en el

plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación.

5. Comisiones de Selección. Acto de constitución

5.1 La composición de las comisiones de selección es la que

figura en el anexo I de esta convocatoria. Formará parte de cada

comisión, con voz y sin voto, un funcionario de los cuerpos

docentes universitarios, con los requisitos exigidos para formar parte

de la comisión, a propuesta de las organizaciones sindicales con

presencia en la Mesa Negociadora.

5.2 En lo relativo a las substituciones de los miembros de

la Comisión en los supuestos de abstención, recusación o renuncia,

se estará a lo previsto en el artículo 5.2 del Reglamento de

selección del personal docente e investigador de la Universitat de

València.

5.3 Las comisiones han de constituirse en el plazo de tres

meses desde el día siguiente al de la publicación del nombramiento

de sus miembros efectuado en la presente convocatoria. El

presidente, previa consulta al resto de los miembros, convocará a

los titulares y, en su caso, a los suplentes para proceder al acto

de constitución de la comisión, con indicación del lugar y la fecha.

5.4 La constitución de cada comisión exigirá la presencia de

todos sus miembros con voz y voto. Los miembros titulares que

no concurrran al acto de constitución cesarán y serán sustituidos

por sus suplentes. En caso de que, además de los titulares, en

alguno de los suplentes concurra causa de abstención, recusación

o renuncia se podrán sustituir entre ellos correlativamente, los

suplentes de los vocales primero, segundo, tercero y cuarto.

5.5 Una vez constituida la comisión, en caso de ausencia,

el Presidente será sustituido por el vocal de mayor categoría y

antigüedad y el secretario por el profesor de menor categoría y

antigüedad. Para la válida actuación de la comisión será necesaria

la participación, al menos, de tres de sus miembros con voz y

voto. Los miembros de la comisión que estén ausentes en alguna

actuación cesarán en su condición de tales.

5.6 En el acto de constitución y antes de la presentación de

los candidatos, la comisión fijará y hará públicos los criterios de

valoración del concurso de acceso, que en cualquier caso tendrán

que respetar los criterios establecidos en el anexo IV de la presente

convocatoria.

6. Acto de presentación

6.1 Dentro del plazo máximo de cinco días a partir del acto

de constitución de la comisión y con una antelación mínima de

quince días, el Presidente convocará a todos los candidatos

admitidos para la realización del acto de presentación, con indicación

de la fecha, hora y lugar. En todo caso el acto de presentación

de candidatos tendrá que celebrarse en el plazo máximo de dos

meses desde la fecha del acto de constitución. En el acto de

presentación, que será público, los candidatos entregarán al

presidente de la comisión seis ejemplares de su historial académico

e investigador (Anexo III), así como un ejemplar de las

publicaciones y documentos acreditativos de los méritos. En su caso,

entregarán igualmente seis ejemplares del programa razonado

correspondiente al perfil de la plaza convocada.

6.2 En el acto de presentación la comisión indicará la fecha

de realización de la prueba a que se refiere la base séptima de

la presente convocatoria. Asimismo, si procede, en el mismo acto

se determinará por sorteo y se hará público el orden de

intervención de los candidatos presentados y se fijará y publicará el

lugar, fecha y hora de inicio de la prueba. En todo caso, la prueba

tendrá que comenzar en un plazo máximo de cinco días desde

el acto de presentación.

6.3 El secretario de la comisión garantizará que la

documentación entregada por los concursantes pueda ser examinada por

todos los candidatos presentados.

7. Celebración de la prueba

7.1 La prueba consistirá en la exposición oral de los méritos

e historial académico, docente, investigador y de gestión de los

candidatos. En el caso de plazas convocadas con perfil docente,

a dicha prueba se añadirá la exposición de un programa razonado

correspondiente al perfil de la plaza convocada. La exposición

de los méritos e historial de cada uno de los candidatos y, si

procede, la exposición del programa razonado, tendrá una

duración máxima de una hora. A continuación la comisión debatirá

con el candidato sobre sus méritos e historial y, en su caso, sobre

la exposición del programa razonado, durante un tiempo máximo

de dos horas.

7.2 Finalizada la prueba, cada miembro de la comisión emitirá

un informe razonado, ajustado a los criterios de valoración

previamente acordados por la comisión, sobre los méritos e historial

de cada uno de los candidatos presentados y, en su caso, sobre

la exposición del programa razonado.

8. Propuesta de provisión

8.1 A la vista de los informes, la comisión efectuará una

propuesta motivada de provisión, que tendrá que ser aprobada por

al menos tres votos a favor. La propuesta incluirá una relación

de todos los candidatos admitidos indicando el orden de

preferencia para su nombramiento. Los vocales que voten en contra

de la propuesta mayoritaria tendrán que hacer constar la

motivación de su voto.

8.2 La propuesta motivada de provisión de la plaza se hará

pública en el tablón de anuncios del centro en el plazo máximo

de cinco días desde la fecha de finalización de las pruebas.

8.3 Contra la propuesta de la comisión los candidatos podrán

presentar una reclamación ante el Rector en los términos

dispuestos en la base 11 de la presente convocatoria.

8.4 La propuesta de provisión permanecerá expuesta en el

tablón de anuncios, al menos, hasta la finalización del plazo para

presentar la reclamación.

8.5 El presidente de la comisión, una vez efectuada y

publicada la propuesta de provisión, la enviará al Rectorado, junto

con un ejemplar de todas las actas e informes. Asimismo, el

presidente enviará una certificación del secretario del centro relativa

a la fecha de publicación en el tablón de anuncios. Al término

del plazo de exposición, el secretario del centro enviará al

Rectorado la certificación del periodo completo de exposición pública.

9. Presentación de documentos

9.1 En el plazo máximo de veinte días desde la publicación

de la propuesta de provisión de la plaza, el candidato propuesto

deberá presentar en el Registro General de esta Universidad o

por cualesquiera de los demás procedimientos señalados en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, los

siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada de DNI o documento equivalente

si es de nacionalidad extranjera.

b) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni

defecto físico o psíquico que incapacite para el desempeño de

las funciones de profesor de universidad.

c) Declaración jurada de no haber sido separado de la

Administración del Estado, Institucional o Local, ni de las

Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud de expediente

disciplinario, y de no hallarse inhabilitado para el ejercicio de

la Función Pública. Los aspirantes que no posean la nacionalidad

española deberán presentar declaración jurada o promesa de no

estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida

en su Estado el acceso a la función pública.

d) Fotocopia compulsada del título académico requerido para

la plaza para la que ha sido propuesto y documentación

acreditativa de reunir los requisitos establecidos en el artículo 5 del

RD. 774/2002, de 26 de julio. En el caso de titulaciones obtenidas

en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que

acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento

para el ejercicio de la profesión de profesor de universidad.

9.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos

de carrera en activo estarán exentos de justificar tales condiciones

y requisitos, debiendo presentar certificación de la Administración

de que dependan acreditativa de su condición de funcionario y

de cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

10. Nombramiento

10.1 El rector nombrará al candidato propuesto por la

comisión, después de que dicho candidato acredite cumplir los

requisitos generales para el acceso a la función pública establecidos

en la base anterior. En caso de que el candidato propuesto no

presente en tiempo y forma la documentación requerida, el Rector

nombrará al siguiente candidato según el orden de valoración

efectuado en la propuesta, previa acreditación de los mencionados

requisitos.

10.2 Los nombramientos serán publicados en el Boletín

Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana.

10.3 En el plazo máximo de 20 días a contar desde el día

siguiente a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial

del Estado, el candidato propuesto deberá tomar posesión de la

plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario

docente universitario del Cuerpo de que se trate.

11. Recursos

11.1 Contra la propuesta de la comisión los candidatos

podrán presentar, en el plazo máximo de diez días, una

reclamación ante el Rector de la Universitat de València. Admitida

a trámite la reclamación, se suspenderán los nombramientos hasta

su resolución.

11.2 La reclamación será valorada por la Comisión de

Reclamaciones, que en un plazo de 3 meses ratificará o no la propuesta

de provisión impugnada.

11.3 La Comisión de Reclamaciones está constituida por siete

catedráticos de universidad, de diversas áreas de conocimiento,

con el reconocimiento de los períodos mínimos de actividad

investigadora que exige el RD 774/2002 para ser miembro de las

comisiones de habilitación, designados por el procedimiento previsto

en el artículo 12 del Reglamento de Selección del Personal Docente

e Investigador de la Universitat de València.

11.4 La citada Comisión valorará los aspectos puramente

procedimentales y verificará el efectivo respecto, por parte de la

Comisión de Selección del concurso, de la igualdad de condiciones

de los candidatos y de los principios de mérito y capacidad.

11.5 La resolución del Rector, previa propuesta vinculante

de la comisión de reclamaciones, agota la vía administrativa y

será impugnable directamente ante la jurisdicción

contenciosa-administrativa.

12. Protección de datos personales

Los datos personales que los concursantes suministren

mediante las instancias se incorporarán al fichero automatizado de

concursos del Servicio de Recursos Humanos (PDI), bajo la

responsabilidad de la Secretaría General de la Universitat de València,

para la gestión de las convocatorias para proveer plazas de

personal docente funcionario y la gestión de recursos administrativos

contra las propuestas de provisión de estas plazas.

Los datos de carácter personal serán tratados de acuerdo con

las previsiones del Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, en

el cual se regulan las medidas de seguridad de los ficheros

automatizados que contengan datos de carácter personal, y se

adoptarán las medidas de seguridad necesarias para garantizar la

confidencialidad y la integridad de la información. Los derechos de

acceso, de rectificación, de cancelación y de oposición podrán

ejercitarse ante el Servicio de Recursos Humanos (PDI) de la

Universitat de València (Avda. Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia).

13. Norma final

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa,

puede interponerse el recurso potestativo de reposición ante el

Rector de la Universitat de València, en el plazo de un mes, o

directamente el recurso contencioso-administrativo, ante la Sala

de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia

de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses. Ambos

plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación

de esta convocatoria. Si se optara por el recurso de reposición,

no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo en

tanto no sea resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del primero, conforme a lo previsto en los

artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Valencia, 27 de julio de 2004.-El Rector, Francisco Tomás

Vert.

ANEXO I

Código plaza: 1/2004. Número plaza: 283. Número de plazas: 1

Categoría: Catedrático de Universidad. Dedicación: T.C.

Área: Comercialización e Investigación de Mercados.

Departamento: Comercialización e Investigación de Mercados.

Centro al cual se encuentra adscrita la plaza: Facultad de

Economía.

Comisión titular:

Presidente: Ignacio Cruz Roche, C.U. Universidad Autónoma

de Madrid.

Vocal 1.o: José Enrique Bigné Alcañiz, C.U. Universitat de

València.

Vocal 2.o: María Jesús Yagüe Guillem, C.U., Universidad

Autónoma de Madrid.

Vocal 3.o: Miguel Roig Alonso, C.U. Universitat de València.

Vocal 4.o: Josep M.a Jordán Galduf, C.U. Universitat de

València.

Representante sindical: María Dolores Moreno Luzón, C.U.

Universitat de València.

Comisión Suplente:

Presidente: Martina Menguzzato Boulard, C.U. Universitat de

València.

Vocal 1.o: Luís Miguel Rivera Vilas, C.U. Universitat Politècnica

de València.

Vocal 2.o: José Luís Munuera Alemán, C.U. Universidad de

Murcia.

Vocal 3.o: Salvador Almenar Palau, C.U. Universitat de

València.

Vocal 4.o: Francisco Pérez García, C.U. Universitat de València.

Representante sindical: José Luis Monzón Campos, C.U.

Universitat de València.

Código plaza: 2/2004. Número plaza: 4543. Número de plazas: 1

Categoría: Profesor Titular de Universidad.

Dedicación: T.C.

Área: Derecho Mercantil.

Departamento: Derecho Mercantil "Manuel Broseta Pont".

Centro al cual se encuentra adscrita la plaza: Facultad de

Derecho.

Comisión titular:

Presidente: Francisco Vicent Chuliá, C.U. Universitat de

València.

Vocal 1.o: Vicente Cuñat Edo, C.U. Universitat de València.

Vocal 2.o: José Miguel Embid Irujo, C.U. Universitat de

València.

Vocal 3.o: José Viguera Rubio, C.U. Universidad de Sevilla.

Vocal 4.o: José Massaguer Fuentes, C.U. Univerrsidad Pompeu

Fabra.

Representante sindical: Isabel Gemma Fajardo García, T.U.

Universitat de València.

Comisión Suplente:

Presidente: José Antonio Gómez Segade, C.U. Universidad de

Santiago de Compostela.

Vocal 1.o: Juan Hernández Martí, T.U. Universitat de València.

Vocal 2.o: Josefina Boquera Matarredona, T.U. Universitat de

València.

Vocal 3.o: Ignacio Lojendio Osborne, C.U. Universidad de

Sevilla.

Vocal 4.o: Andrés Juan Recalde Castells, C.U. Universitat

Jaume I de Castelló.

Representante sindical: Ana Isabel Lois Caballé, T.U.

Universitat de València.

ANEXO II (ver imagen página 28686).

ANEXO III

1. Datos personales:

Apellidos y nombre: ............................................

Fecha expedición D.N.I./Pasaporte: ............................

Número del documento: ........................................

Nacimiento (provincia y localidad): ..............................

Fecha nacimiento: ............... Nacionalidad: ...............

Residencia: Provincia: ............. Código postal: .............

Localidad: .....................................................

Domicilio: .....................................................

Teléfono: ................ Dirección electrónica: ................

Facultad o Escuela actual: ......................................

Departamento o Unidad docente actual: .........................

Categoría actual como profesor funcionario o contratado: .......

2. Títulos académicos (Clase, Organismo y Centro de

Expedición, Fecha de Expedición, Calificación si la hubiere).

3. Puestos docentes desempeñados (Categoría, Organismo o

Centro, Régimen dedicación, Actividad, Fecha de nombramiento

o contrato, Fecha Cese o Terminación).

4. Actividad docente desempeñada (Asignatura, Organismo,

Centro y Fecha).

5. Actividad investigadora desempeñada (Programas y

Puestos).

6. Publicaciones -libros- (Título, Fecha de publicación,

Editorial).

7. Publicaciones -artículos- (Título, Revista, Fecha de

publicación, Número de páginas). Indicar trabajos en prensa jutificando

su aceptación por la Revista editora).

8. Otras publicaciones.

9. Otros trabajos de investigación.

10. Proyectos de investigación subvencionados.

11. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos

(Indicar título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter nacional

o internacional).

12. Patentes.

13. Cursos y seminarios impartidos (con indicación del

centro, organismo, materia, actividad desarrollada y fecha).

14. Cursos y seminarios recibidos (con indicación del centro,

organismo, materia y fecha de celebración).

15. Becas, ayudas y premios recibidos (con posterioridad a

la licenciatura).

16. Actividades en empresas y profesión libre.

17. Otros méritos docentes o de investigación.

18. Otros méritos.

ANEXO IV

Criterios generales de evaluación que deben observar las

comisiones que deben resolver los concursos de acceso a plazas

de funcionario de los Cuerpos Docentes Universitarios

Para la valoración de los candidatos en los concursos de acceso

a plazas de funcionario docente, las comisiones fijarán unos

criterios que en todo caso atribuirán los siguientes valores a los

méritos de los candidatos:

Catedráticos de Universidad:

Investigación: 60%.

Docencia Universitaria: 20%.

Otros méritos: 10%.

Conocimiento de la lengua propia de la Universidad de

Valencia: 10%.

En el caso de extranjeros que puedan acceder a la función

pública, de acuerdo con la legislación aplicable, un requisito para

poder concursar será, el conocimiento debidamente acreditado,

de cualquiera de las dos lenguas oficiales a la Universidad de

Valencia.

Catedráticos de Escuela Universitaria y Titulares de

Universidad:

Investigación: 50%.

Docencia Universitaria: 30%.

Otros méritos: 10%.

Conocimiento de la lengua propia de la Universidad de

Valencia: 10%.

En el caso de extranjeros que puedan acceder a la función

pública, de acuerdo con la legislación aplicable, un requisito para

poder concursar será, el conocimiento debidamente acreditado,

de cualquiera de las dos lenguas oficiales a la Universidad de

Valencia.

Titulares de Escuela Universitaria:

Investigación: 30%.

Docencia Universitaria: 50%.

Otros méritos: 10%.

Conocimiento de la lengua propia de la Universidad de

Valencia: 10%.

En el caso de extranjeros que puedan acceder a la función

pública, de acuerdo con la legislación aplicable, un requisito para

poder concursar será, el conocimiento debidamente acreditado,

de cualquiera de las dos lenguas oficiales a la Universidad de

Valencia.

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