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Documento BOE-A-2004-14814

Orden EHA/2716/2004, de 1 de julio, de autorización de la fusión por absorción de Swiss Life (España), Sociedad Anónima de Seguros, Sociedad Unipersonal por parte de Vida Caixa S.A. de Seguros y Reaseguros, declarándose la extinción y cancelación en el registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Swiss Life (España), Sociedad Anónima de Seguros, Sociedad Unipersonal.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 10 de agosto de 2004, páginas 28689 a 28689 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-14814

TEXTO ORIGINAL

Las entidades Swiss Life (España), Sociedad Anónima de Seguros, Sociedad Unipersonal y Vida Caixa S.A. de Seguros y Reaseguros han presentado ante la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones solicitud de autorización administrativa para llevar a cabo la fusión por absorción de Swiss Life (España), Sociedad Anónima de Seguros, Sociedad Unipersonal por parte de Vida Caixa S.A. de Seguros y Reaseguros.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada, se desprende que las citadas entidades han dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y 72 del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, en relación con la operación de fusión.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, he resuelto:

Primero.

Autorizar la fusión por absorción de Swiss Life (España), Sociedad Anónima de Seguros, Sociedad Unipersonal, por parte de Vida Caixa S.A. de Seguros y Reaseguros.

Segundo.

Declarar la extinción y cancelación en el Registro administrativo de entidades aseguradoras de la entidad Swiss Life (España), Sociedad Anónima de Seguros, Sociedad Unipersonal, de conformidad con lo previsto en el artículo 72.3 del citado Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 1 de julio de 2004.—El Ministro, P. D. (Orden EHA/1112/2004, de 28 de abril y Orden ECO/2498/2002, de 3 de octubre, B.O.E. 10-10-2002), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

Ilmo. Sr. Director General de Seguros y Fondos de Pensiones.

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