Vista la Sentencia N.o 137/2003, de la Sección Quinta de la
Audiencia Provincial de Cádiz, de 24 de noviembre de 2003, que
condenó a D. Juan Blanco Rubio, funcionario de carrera de la
Escala Subalterna de Organismos Autónomos, como autor, entre
otros, de un delito de cohecho, a la pena, entre otras, de
inhabilitación especial para el ejercicio de empleo o cargo público
por tiempo de tres años.
En cumplimiento de la citada Sentencia, y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 37.2, párrafo segundo, del Texto
Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado
por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, según redacción dada
por el artículo 105, dos, de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre,
de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en cuanto
a los efectos de la pena de inhabilitación especial, esta
Subsecretaría acuerda:
Declarar la pérdida de la condición de funcionario de la Escala
Subalterna de Organismo Autónomos de D. Juan Blanco Rubio,
DNI 06496666, con la anotación correspondiente en el Registro
Central de Personal, y notificación al interesado.
Madrid, 29 de julio de 2004.-La Subsecretaria, Soledad López
Fernández.
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