El Real Decreto 334/2004, de 27 de febrero (B.O.E del 28),
por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y
adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que
imparten las enseñanzas escolares del sistema educativo y en el Cuerpo
de Inspectores de Educación, en su artículo 32.1 dispone que,
concluida la fase del prácticas y comprobado que todos los
aspirantes declarados aptos en dicha fase reúnen los requisitos
generales y específicos de participación establecidos en la convocatoria,
las Administraciones educativas aprobarán los expedientes de los
procedimientos selectivos, que harán públicos en la misma forma
que se hizo pública la convocatoria y remitirán las listas de
seleccionados en los diferentes cuerpos al Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte, a efectos de su nombramiento y expedición
de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera.
Aprobado por Orden 7 de junio de 2004 de la Consejería de
Educación y Ordenación Universitaria de la Junta de Galicia (Diario
Oficial de Galicia del 24), el expediente de los procedimientos
selectivos de ingreso y acceso a los Cuerpos de Profesores de
Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de
Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores Técnicos
de Formación Profesional, convocados por Orden de 28 de febrero
de 2003 (D.O.G. del 14 de marzo).
De conformidad con lo establecido en el citado artículo 32.1
del Real Decreto 2334/2004, de 27 de febrero, el artículo 17
de la Ley Articulada de Funcionarios Civiles del Estado y el Real
Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre, de atribuciones de
competencias en materia de personal.
Este Ministerio, a propuesta de la Consejería de Educación
y Ordenación Universitaria de la Junta de Galicia, ha dispuesto:
Primero.-Nombrar funcionarios de carrera de los Cuerpos de
Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de
Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas
y Profesores de Música y Artes Escénicas, a los seleccionados
en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 28
de febrero de 2003 , que aparecen relacionados en el Anexo a
esta Orden, con indicación del número de registro de personal
que les corresponde.
Segundo.-Los nombrados a través de la presente Orden se
considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo
de la Administración del Estado por el que han superado el
procedimiento selectivo, con efectos de 1 de septiembre de 2004.
Tercero.-Contra esta Orden que es definitiva en la vía
administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante
la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica
6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Asimismo, la presente Orden podrá ser recurrida
potestativamente en reposición, en el plazo de un mes ante el mismo órgano
que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos
116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero.
Madrid, 23 de julio de 2004.-La Ministra, P.D. Orden
ECI/1217/2004, de 3 de mayo (B.O.E del 6), el Subsecretario,
Fernando Gurrea Casamayor.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
ANEXO (ver imágenes páginas 28804 a 28809).
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